Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2014 (04/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano Martes 4 de marzo de 2014

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los plazos establecidos en las normas tributarias debera considerarse lo siguiente:(...) b)Los plazos expresados en dias se entenderan referidos a dias habiles", por lo que se hace necesario publicar el calendario de vencimientos; Que, los Arbitrios Municipales del presente ejercicio se encuentran regulados en la Ordenanza Nº 295 2013/ MDI y ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 2631 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicados el 28 de Diciembre de 2013, que aprueba el Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo para el ejercicio 2014; Que, la citada Ordenanza prorroga las tasas y costos aprobadas con la Ordenanza Nº 272-2012/MDI y ratificada con Acuerdo de Concejo Nº 2222 MML publicadas el 23 de Diciembre del 2012 cuya vigencia fue para el ejercicio 2013, la misma que incrementa con IPC las tasas y costos aprobadas para el ejercicio 2012 con Ordenanza Nº 2542011-MDI y ratificada con Acuerdo de Concejo Nº 1603 MML publicadas el 30 de Diciembre del 2011. Que, las citadas Ordenanza fueron emitidas en base a los parametros de caracter vinculante establecidos por el Tribunal Constitucional mediante las sentencia recaidas en los expedientes Nº 041-2044-AI/TC y Nº0532004-AI/TC; sin embargo en su aplicacion la variacion resultante entre las tasas aprobadas el 2011, cuyo periodo de vigencia es el 2012; con Ordenanza 221-2010 MDI, ratificada con Acuerdo de Concejo Nº 518 MML, cuya vigencia fue para el periodo 2011, hubo un incremento para los predios de MORDAZA habitacion superiores al 100% por lo que se decidio poner topes a estos incrementos en forma gradual, de manera tal que al tercer ano de vigencia se podria realmente cobrar las tasas aprobadas con la Ordenanza Nº 254-2011-MDI prorrogadas con las ordenanzas de los anos siguientes, habiendo resultado necesario subvencionar parte de los costos de arbitrios de los predios que reflejen un incremento sustancial en el presente ejercicio, a efectos de que el impacto sea asumido progresivamente en cada ejercicio por los contribuyentes hasta alcanzar un nivel optimo que evite perjuicios economico para los mismos. Para el presente ejercicio segun el informe Nº 0272014-SGTIC de la Subgerencia de Informatica realizada la corrida de la emision de Arbitrios Municipales 2014 con los valores establecidos sin topes en la Ordenanza Nº 2952013/MDI, se encuentra que existen 2,200 contribuyentes cuyos incrementos respecto a lo emitido con topes el 2013, son disparatados superando el 30% de incremento y en muchos casos llegando hasta 1000%, por lo que consideramos necesario equilibrar el crecimiento de la emision estableciendo como tope MORDAZA de incremento total en los arbitrios el 30% respecto a lo emitido el 2013. Que, es politica de esta gestion edilicia incentivar el cumplimiento oportuno del pago de los tributos de los contribuyentes de la Municipalidad Distrital de Independencia, y una manera efectiva de hacerlo es a traves de descuentos por el pago puntual anual o semestral por adelantado de los tributos contenidos en la cuponera de pagos, asi como mediante los sorteos publicos tributario, topes a los arbitrios municipales y otros beneficios como casos de caracter social y de los predios de uso MORDAZA habitacion y que cuenten con un ambiente con un solo uso de actividad economica; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el Articulo 9º numeral 8), de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal con el MORDAZA por MAYORIA, con diez (10) votos a favor: MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Munoz, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Bustios, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Castaneda, MORDAZA MORDAZA y con una (01) abstencion: MORDAZA Quispe; y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, acordo lo siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE INCENTIVOS POR PRONTO PAGO, CALENDARIO DE PAGOS Y SORTEOS PUBLICOS TRIBUTARIOS Y FIJAR TOPEN EN EL INCREMENTO DE ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2014 Articulo 1º.- Objetivo y finalidad Aprobar los incentivos tributarios para el pronto pago del Impuesto Predial y Arbitrios 2014, el calendario de pagos y sorteos publicos tributarios, asi como fijar tope en

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Establecen incentivos por pronto pago, calendario de pagos y sorteos publicos tributarios, asimismo fijan tope en el incremento de Arbitrios Municipales para el ejercicio 2014
ORDENANZA Nº 299-2014-MDI Independencia, 20 de febrero del 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA; POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE INDEPENDENCIA EN SESION ORDINARIA DE LA FECHA: VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 027-2014-SGTIC/GM/MDI de la Subgerencia de la Tecnologia de Informacion y la Comunicacion, el Memorandum Nº 092-2014-GR/MDI de la Gerencia de Rentas y el Memorandum Nº 085-2014-GAL/MDI de la Gerencia de Asesoria Legal; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en los Articulos 74º,194º y 195º de la Constitucion Politica del Peru y con los Articulos 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972 , los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujecion al ordenamiento juridico; otorgandole potestad para administrar sus bienes y rentas estableciendo que mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley, correspondiendole al Concejo Municipal la funcion normativa que se ejerce a traves de Ordenanzas, las mismas que tienen rango de ley, conforme al Articulo 200º numeral 4 de la Constitucion Politica del Peru; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-13-EF, otorga a los gobiernos locales potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencia y derechos municipales, asi como exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley, asimismo en su Art. 41º sobre Condonacion, precisa que excepcionalmente, los gobiernos podran condonar, con respecto de los tributos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonacion tambien podra alcanzar el tributo; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado mediante Decreto Supremo Nº1562004-EF en su Articulo 69º precisa que la determinacion por servicios publicos o Arbitrios debe sujetarse a los criterios de racionalidad que permitan determinar el monto por servicio prestado, asimismo en su Articulo 15º precisa: "El Impuesto podra cancelarse de acuerdo a las siguientes alternativas: a)Al contado hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano; b)En forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales. En este caso, la primera cuota sera equivalente a un MORDAZA del Impuesto total resultante y debera pagarse hasta el ultimo dia habil del mes de febrero. Las cuotas restantes seran pagadas hasta el ultimo dia habil de los meses de MORDAZA, agosto y noviembre (...)"; Que, siendo los arbitrios municipales de determinacion mensual, sin embargo es pertinente establecer las fechas para su cancelacion y en concordancia con la MORDAZA XII del TUO del Codigo Tributario, aprobado por D.S. 13313-EF, a merito de la cual se preve que : "Para efecto de