Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2014 (04/03/2014)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 44

518086
MORDAZA, y en consecuencia, REVOCAR la Resolucion N.º 004-2013-2JEE-LIMAESTE/JNE, del 18 de noviembre de 2013, emitida por el MORDAZA MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Este, y reformandola, declarar INFUNDADA la tacha presentada por MORDAZA MORDAZA Corro MORDAZA, en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, administrador de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de MORDAZA Este, ubicada en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, con motivo de las Nuevas Elecciones Municipales para las autoridades del Concejo Metropolitano de MORDAZA, realizadas el 24 de noviembre de 2013. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1056502-3

El Peruano Martes 4 de marzo de 2014

CSJ-P, emitido por el presidente de la Sala Mixta Unica de Emergencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, quien informa que por medio de la Resolucion N.º 8, de fecha 6 de febrero de 2014, se resolvio confirmar la Resolucion N.º 4, de fecha 17 de enero de 2014, que declaro fundado el requerimiento de revocatoria de la comparecencia con restricciones por el de prision preventiva, disponiendose, en consecuencia, la prision preventiva contra MORDAZA MORDAZA Quille MORDAZA en el MORDAZA incoado contra dicho ciudadano, por el delito contra la Administracion Publica, en la modalidad de peculado doloso (fojas 97 a 122). CONSIDERANDOS 1. Conforme a lo dispuesto en el articulo 25, numeral 3, de la LOM, el ejercicio del cargo de MORDAZA o regidor se suspende, por acuerdo de concejo, por el tiempo que dure el mandato de detencion. Asimismo, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones considera que basta que el mandato de detencion MORDAZA sido emitido y se encuentre vigente para que concurra la causal de suspension del ejercicio del cargo, como ya ha sido expuesto en las Resoluciones N.º 920-2012-JNE, N.º 928-2012-JNE, N.º 931-2012-JNE, N.º 932-2012-JNE, N.º 1077-2012-JNE, N.º 1129-2012-JNE, entre otras, en las que el MORDAZA Nacional de Elecciones ha valorado que el mandato de detencion sea actual y que MORDAZA sido ordenado de manera oportuna por el organo jurisdiccional competente. 2. Respecto de la situacion juridica del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Quille MORDAZA, se aprecia de autos que se encuentra bajo la medida de prision preventiva, situacion juridica que ha sido dispuesta por el Juzgado de Investigacion Preparatoria de El Collao - Ilave, disposicion que fue confirmada por la Sala Penal Unica Mixta de Emergencia de la Corte Superior de Justicia de Puno. 3. Asimismo, se ha informado que el acuerdo tomado en sesion extraordinaria, de fecha 31 de enero de 2014, ha sido notificado a MORDAZA MORDAZA Quille MORDAZA, en fecha 31 de diciembre de 2013, y que contra el mismo no se ha interpuesto medio impugnatorio alguno. 4. No obstante los defectos formales en los que se ha incurrido durante la tramitacion del procedimiento de suspension, no puede desconocerse la existencia de un mandato de detencion vigente, MORDAZA si el propio organo jurisdiccional ha comunicado directamente a este organo colegiado la resolucion jurisdiccional que dispone la prision preventiva del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Quille Gomez. La regulacion procedimental de la suspension de autoridades municipales debe ser interpretada atendiendo a la finalidad constitucional y legitima que esta persigue: garantizar la continuidad y normal desarrollo de la gestion municipal, que puede resultar entorpecida por la imposibilidad del MORDAZA o regidor de ejercer las funciones y competencias propias de su cargo. Atendiendo a ello, resultaria inoficioso que se declare la nulidad de un acuerdo de concejo, toda vez que el resultado que se obtendria seria el mismo, ya que la cuestion se circunscribe a dar cumplimiento a lo dispuesto por una resolucion judicial emitida por el juez penal. Por tales motivos, tomando en consideracion que el articulo 14.2.3 de la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que son actos administrativos afectados por vicios no trascendentes y que ameritan ser conservados, tales como aquellos cuya realizacion correcta no hubiera impedido o cambiado el sentido de la decision final en aspectos importantes; y en aras de optimizar los principios de economia y celeridad procesales, este organo colegiado considera que debe disponerse la suspension del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Quille Gomez. 5. En ese contexto, al existir un mandato de detencion vigente, y en aplicacion del articulo 25, numeral 3, de la LOM, corresponde suspender provisionalmente a MORDAZA MORDAZA Quille MORDAZA en el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Pilcuyo. En ese sentido, conforme lo dispone el articulo 24 de la LOM, que establece que al burgomaestre lo reemplaza el MORDAZA MORDAZA, que es el primer regidor habil que sigue en su propia lista electoral, corresponde convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cardoza, con Documento Nacional de Identidad N.º 42455195, para que asuma, de forma provisional el

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de MORDAZA y regidora de la Municipalidad Distrital de Pilcuyo, provincia de El Collao, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 0132-2014-JNE Expediente N.º J-2014-0214 PILCUYO - EL COLLAO - MORDAZA MORDAZA, veinticinco de febrero de dos mil catorce VISTO el Oficio N.º 0022-2014/ECHC-PR-MDPCM, de fecha 17 de febrero de 2014, por medio del cual MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cardoza, regidor de la Municipalidad Distrital de Pilcuyo, provincia de El Collao, departamento de MORDAZA, solicita que se acredite a los ciudadanos no convocados para completar la totalidad de los miembros del mencionado concejo edil. ANTECEDENTES Con fecha 18 de febrero de de 2014, por medio del Oficio N.º 0022-2014/ECHC-PR-MDP-CM, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cardoza, regidor de la Municipalidad Distrital de Pilcuyo remite el acta de sesion extraordinaria, de fecha 31 de enero de 2014, en la que se acuerda suspender a MORDAZA MORDAZA Quille MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Pilcuyo, provincia de El Collao, departamento de MORDAZA, por la causal establecida en el articulo 25, numeral 3, de la Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), decision que se plasmo en el Acuerdo de Concejo Municipal N.º 01-2014-CM/MDP (fojas 35 a 45). Asimismo, por medio del oficio del visto, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cardoza remite la notificacion realizada el 31 de enero de 2014, dirigida a MORDAZA MORDAZA Quille MORDAZA, por medio de la cual se le comunica que le remite MORDAZA del acta de sesion extraordinaria, de fecha 31 de enero de 2014 (fojas 47). Asi tambien, se adjunta MORDAZA del acta de sesion ordinaria, de fecha 14 de febrero de 2014, por medio de la cual, al no existir recurso impugnatorio interpuesto por MORDAZA MORDAZA Quille MORDAZA, se acuerda declarar consentido el Acuerdo de Concejo Municipal N.º 01-2014-CM/MDP, de fecha 31 de enero de 2014 (fojas 61 a 65). En razon a la situacion juridica de MORDAZA MORDAZA Quille MORDAZA, por medio del Oficio Administrativo N.º 1042014-P-CSJPU/PJ, el presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA remite el Oficio N.º 31-2014-SPA/MP-