Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2012 (06/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 6 de MORDAZA de 2012

mediante Decreto de Alcaldia que establezca la Prorroga de los Plazos senalados en la Ordenanza Municipal Nº 0232011-MPH y el Decreto de Alcaldia Nº 001-2012-MPH. Que, mediante Informe Legal Nº 401-2012-MPH/OAJ de fecha 27 de MORDAZA del 2012 la Gerencia de la Oficina de Asesoria Juridica, opina que en merito a las atribuciones del MORDAZA previstas en el Articulo 20º numeral 6 y mediante Decreto de Alcaldia, se establezcan las normas reglamentarias y/o complementarias, para la aplicacion de la Ordenanza Municipal Nº 023-2011-MPH y la Modificacion del Decreto de Alcaldia Nº 001-2012, en el cual se contemple una prorroga o ampliacion de los plazos establecidos inicialmente en la referida ordenanza, ya que dicha disposicion beneficiara a la poblacion de la provincia de Huaral. Estando a lo expuesto, a las normas vigentes senaladas y en uso de sus atribuciones conferidas por el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Unico.- MODIFICAR el Decreto de Alcaldia Nº 001-2012-MPH de fecha 28 de Febrero del 2012, ampliando la prorroga del plazo establecido en el Articulo 11º de la Ordenanza Municipal Nº 023-2011-MPH, bajo el siguiente criterio: a) Pago de la Primera Cuota al contado parte de los administrados hasta el 31 de MORDAZA del 2012. b) Pago efectivo en cuotas, hasta cuatro (4) cuotas trimestres. A ser pagadas de acuerdo al siguiente cronograma:
CUOTA PERIODO VENCIMIENTO Hasta el 31 de MORDAZA del 2012 Hasta el 25 de MORDAZA 2012 Hasta el 28 de Setiembre 2012

Primera Enero-Febrero-Marzo 2012 MORDAZA Abril-Mayo-Junio 2012 Tercera Julio-Agosto-Setiembre 2012 Cuarta

Octubre-Noviembre-Diciembre 2012 Hasta el 30 de Noviembre 2012

Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial

784682-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUISPICANCHI
Aprueban el Plan de Desarrollo MORDAZA del Centro Poblado de Quincemil del distrito de Camanti
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 05-2012-MPQ/U
Urcos, 13 de febrero del 2012. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE QUISPICANCHI. POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Provincia de Quispicanchi, en Sesion Ordinaria de fecha 10 de Febrero de 2012, acordo emitir la siguiente Ordenanza Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º la Constitucion Politica del Peru modificada por Ley Nº 27680. En concordancia con los Articulos I y II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 que establece que las Municipalidades son Organos de Gobierno promotores del Desarrollo Local, con personeria de derecho publico con plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, gozan de autonomia politica economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que el inciso 6) del Articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru establece que es competencia de los Gobiernos Locales. Planificar el Desarrollo MORDAZA y Rural de sus circunscripciones incluyendo zonificacion urbanismo y el acondicionamiento territorial.

Que de acuerdo al articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972 estipula que es competencia de las Municipalidades la organizacion del Espacio Fisico y Usos del Suelo en sus respectivas jurisdicciones siendo funcion exclusiva de la Municipalidad Provincial el aprobar el Plan de Desarrollo MORDAZA, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificacion de areas Urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demas planes especificos. Que, estando a lo dispuesto por los articulos 21º, 22º, 23º, 24º y 25, del Decreto Supremo Nº 027-2003VIVIENDA, referido al reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo MORDAZA, mediante los cuales dispone el procedimiento a seguir para la aprobacion del Plan de Desarrollo MORDAZA Distrital. Que, en este sentido, teniendo en consideracion que el Plan de Desarrollo MORDAZA y Rural Distrital debe sujetarse al Plan Provincial es necesario que exista concordancia entre los Planes de Desarrollo Distrital y Provincial. Que mediante Ordenanza Nº 10-2011-MDC/CM la Municipalidad Distrital de Camanti Aprueba el Plan de Desarrollo MORDAZA del Centro Poblado de Quincemil. Que mediante oficio Nº 126-2011-Q/C-MDC/A la Municipalidad Distrital de Camanti remite la Ordenanza Municipal Nº 10-2011-MDC/CM, de Aprobacion del Plan de Desarrollo MORDAZA del Centro Poblado de Quincemil del Distrito de Camanti. Que mediante Informe tecnico Nº 16-2011-DDURMPQ-U de fecha 14 de MORDAZA del 2011 del jefe de la Division de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Quispicanchi da la conformidad al Plan de Desarrollo MORDAZA del Centro Poblado de Quincemil. Que mediante oficio Nº 012-2012-A-MDC-Q la Municipalidad Distrital de Camanti solicita aprobacion del Plan de Desarrollo MORDAZA del Centro Poblado de Quincemil. Que a traves de Dictamen Legal Nº 042-2012-MPQ/AL de fecha 09 de febrero del 2012, la Oficina de Asesoria Juridica es de la Opinion que en merito al informe tecnico y a la Ordenanza Municipal Nº 10-2011-MDC/CM los Informes Tecnicos favorables emitidos por la Division de Desarrollo MORDAZA y rural resulta viable desde el punto de vista Legal recomendar la aprobacion del Plan de Desarrollo MORDAZA del Centro Poblado de Quincemil del Distrito de Camanti. Que, habiendose cumplido con el procedimiento de Aprobacion senalado en el Articulo 11º del Decreto Supremo Nº 027-2003-VIVIENDA, verificandose asimismo que el Proyecto del Plan de Desarrollo MORDAZA del Centro Poblado de Quincemil del Distrito de Camanti cumple con las exigencias tecnicas Normativas vigentes, conforme es de apreciarse en los informes citadas en parrafos anteriores, corresponde su aprobacion mediante Ordenanza por parte del Concejo Municipal determinandose su vigencia por un plazo de cinco (5) anos computados desde su publicacion conforme lo establece el Articulo 12º del citado dispositivo. Que, sometido a las deliberaciones correspondientes el Concejo Municipal por unanimidad y de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 9º inciso 5) y Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con dispersa de la Aprobacion del Acta aprobo la siguiente: ORDENANZA "QUE APRUEBA EL PLAN DE DESARROLLO MORDAZA DEL CENTRO POBLADO DE QUINCEMIL DEL DISTRITO DE CAMANTI" Articulo Primero.- APROBAR "EL PLAN DE DESARROLLO MORDAZA DEL CENTRO POBLADO DE QUINCEMIL DEL DISTRITO DE CAMANTI" que forma parte de la presente Ordenanza el mismo que tendra una vigencia de cinco (5) anos a partir de la publicacion de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- COMUNICAR a la Municipalidad Distrital de Camanti a efecto que adopte las acciones administrativas que correspondan para la difusion, Implementacion y gestion del Plan de Desarrollo MORDAZA del Centro Poblado de Quincemil del Distrito de Camanti. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente Ordenanza conforme lo dispuesto en el inciso 1) del Articulo 44º de la Ley 27972. a cargo de la Municipalidad Distrital de Camanti y en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) MORDAZA Institucional de la Municipalidad Provincial de Quispicanchi: (www.quispicanchi.gob pe) y MORDAZA institucional de la Municipalidad Distrital de Camanti POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MANDURA MORDAZA MORDAZA

783330-1