Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2012 (06/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 6 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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De conformidad con la Ley N° 29605 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE/ de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley Nº 29812­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru y a lo acordado con el Ministro de Defensa. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar, con eficacia anticipada, la autorizacion de viaje a que se refiere la Resolucion Suprema Nº 196-2011-DE/FAP de fecha 25 de MORDAZA de 2011, en el sentido de considerar la permanencia en Mision de Estudios, en los Estados Unidos de MORDAZA, del Cadete de MORDAZA Ano FAP MORDAZA MORDAZA ALOR MORDAZA, del 01 de enero al 31 de diciembre de 2012; a merito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru, efectuara los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Ano Fiscal 2012, de acuerdo a los conceptos siguientes: Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US $ 500.00 x 12 meses x 01 persona = US $ 6,000.00 Total a pagar = US $ 6,000.00 Articulo 3º.- El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el extranjero, se MORDAZA por dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE-SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, y con cargo al respectivo presupuesto institucional del ano fiscal correspondiente. Articulo 4º.- El Oficial designado debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultado obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 5º.- La presente autorizacion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA OTAROLA PENARANDA Ministro de Defensa

1) MORDAZA PRINCIPAL: MORDAZA N° 4518-2009, en el cual Whitehead Moto Fides de Italia, actualmente Whitehead Alenia Sistemi Subacquei S.p.A ­ WASS, ha interpuesto acciones judiciales ante el Tribunale Ordinario di Livorno (Sezione Civile) contra el Ministerio de Defensa del Peru, Banco de la Nacion del Peru y el Istituto Banca Nazionale Del Lavoro, solicitando la resolucion del contrato suscrito entre WASS y el Ministerio del Peru por incumplimiento del Estado; ademas el pago de una indemnizacion por supuestos danos y perjuicios ascendentes a la suma de 50´092,205.00 Euros (Cincuenta millones noventa y dos mil doscientos cinco con 00/100 Euros) y, exigiendo la entrega de ciento cuatro (104) pagares para que MORDAZA ejecutados. 2) MORDAZA EJECUTIVO: MORDAZA N° 3178-2009, en el cual Whitehead Alenia Sistemi Subacquei S.p.A ­ WASS, ha interpuesto acciones judiciales ante el Tribunale Ordinario di Livorno (Sezione Civile), en contra del Banco de la Nacion del Peru, exigiendo que se emita una Orden de Pago por diez pagares que tenian por un monto aproximado de 4´370,357.76 (Cuatro millones trescientos setenta mil trescientos cincuenta y siete con 76/100 Euros). 3) MORDAZA DE OPOSICION A LA EJECUCION: MORDAZA 1293-2010, en el cual el Banco de la Nacion del Peru, ha interpuesto acciones judiciales contra Whitehead Alenia Sistemi Subacquei S.p.A ­ WASS y el Ministerio de Defensa del Peru en su calidad de responsable civil, siendo que en este MORDAZA se cuestiona la validez de los diez pagares a que nos hemos referido en el numeral precedente. 4) MORDAZA DE URGENCIA - INMOVILIZACION DE GARANTIA: MORDAZA N° 2654-2009, en el cual Whitehead Alenia Sistemi Subacquei S.p.A ­ WASS, demanda al Ministerio de Defensa del Peru, Banco de la Nacion del Peru; y al Istituto Banca Nazionale Del Lavoro, para que las garantias nominales que otorgaron como contraparte de la cuota inicial pagada por el Estado Peruano (Aproximadamente 2 millones de US $) para que se inicie la produccion de misiles, no pudieran ser ejecutadas; para ello argumenta que el Contrato no se encuentra resuelto. Dichas garantias permanecen aun en el Istituto Banca Nazionale Del Lavoro. 5) MORDAZA CAUTELAR - SECUESTRO DE PAGARES: MORDAZA N° 3188-2009, en el cual Whitehead Alenia Sistemi Subacquei S.p.A ­ WASS, demanda al Ministerio de Defensa del Peru, Banco de la Nacion del Peru y al Istituto Banca Nazionale Del Lavoro, para que este ultimo no devuelva al Ministerio de Defensa del Peru los ciento cuatro (104) pagares que mantiene en custodia y que fueron entregados por el Banco de la Nacion del Peru como garantia del pago por los misiles. 6) MORDAZA PENAL QUERELLA: MORDAZA N° 2267-2010 por el cual el Ministerio de Defensa del Peru, intento demostrar que Whitehead Alenia Sistemi Subacquei S.p.A ­ WASS cometio los delitos de Apropiacion Ilicita y Abuso de Llenado de Hoja en MORDAZA en su propio beneficio con la participacion del Istitute Banca Nazionale Del Lavoro. Atendiendo a lo manifestado, el Ministerio Publico considera que la denuncia formulada carece de relevancia penal (Arts. 487 y 491 del c.p.), el Tribunal de Livorno ha resuelto el archivamiento del MORDAZA Penal ­ Juicio para la Indagacion Preliminar, Procedimiento N° 2267/10 R.G. mod 44, por Resolucion del 9 de enero de 2012. Que, mediante Decreto Legislativo N° 1068 se crea el Sistema de Defensa Juridica del Estado con la finalidad de fortalecer, unificar y modernizar la defensa juridica del Estado en el ambito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, organos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones, dispositivo legal que en su Articulo 14° establece que el Procurador Publico Ad Hoc asume la defensa juridica del Estado en los casos que la especialidad asi lo requiera, siendo su designacion de caracter temporal; Que, mediante Resolucion Suprema N° 061-2012-JUS, se da por concluida la designacion del Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Procurador Ad Hoc para el Caso WASS; y, que mediante Resolucion de la Presidencia del Consejo de Defensa Juridica del Estado N° 036-2012-JUS/CDEJ del 20 de MORDAZA de 2012, se resuelve encargar al Sr. Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA las funciones de Procurador

785218-15

Autorizan viaje de Procurador Publico Ad Hoc a la Republica Italiana, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 185-2012-DE/
MORDAZA, 05 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, ante los Tribunales de Livorno - Republica Italiana, se siguen los siguientes procesos en el denominado Caso Whitehead Alenia Sistemi Subacquei S.p.A ­ WASS, vinculados directa o colateralmente con el Ministerio de Defensa del Peru: