Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2012 (06/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 6 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES
528 841,00 -----------------528 841,00 ========== En Nuevos Soles

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GASTOS CORRIENTES 2.0. Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA

: Gobierno Central 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil 001 : INDECI-Instituto Nacional de Defensa Civil ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5.000502 : Atencion de Desastres y Apoyo a la Rehabilitacion y a la Reconstruccion 1 : Recursos Ordinarios

GASTOS CORRIENTES 2.4. Donaciones y Transferencias TOTAL EGRESOS

528 841,00 -----------------528 841,00 ==========

Articulo 2°.- Procedimiento para la aprobacion institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1° de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitara a la Direccion General del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruira a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3°.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el articulo 1° del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de MORDAZA del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas

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Autorizan el otorgamiento de los recursos del FONIPREL en el MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 058-2011 para el financiamiento de las solicitudes seleccionadas y aprobadas en el MORDAZA periodo de MORDAZA
DECRETO SUPREMO N° 068-2012-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 058-2011 se autorizo de manera excepcional al Fondo de Promocion a

la Inversion Publica Regional y Local ­ FONIPREL, para asignar directamente recursos a favor de las entidades prestadoras de servicios de saneamiento municipales, a favor de los gobiernos locales y a favor de los gobiernos regionales, para la elaboracion de estudios de preinversion y sus estudios tecnicos complementarios, correspondientes a los proyectos de inversion publica de dichas entidades, debiendo suscribir un documento de compromiso ante la Direccion General de Politica de Inversiones del Ministerio de Economia y Finanzas, previo cumplimiento de los criterios y requisitos que establezca el Ministerio de Economia y Finanzas; Que, para efecto del financiamiento de los estudios a que se refiere el considerando precedente, mediante el citado Decreto de Urgencia Nº 058-2011 se autorizo a la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico a abrir una cuenta de caracter intangible con cargo a los recursos del Tesoro Publico hasta por el monto de CIEN MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 100 000 000,00); Que, el numeral 19.2 del articulo 19º del Decreto de Urgencia Nº 058-2011, dispone que la Secretaria Tecnica del FONIPREL evalua y selecciona las solicitudes de financiamiento recibidas e informa mensualmente a la Presidencia del Consejo Directivo del FONIPREL, para su aprobacion; Que, asimismo, el numeral 19.3 del articulo 19º del Decreto de Urgencia Nº 058-2011 dispone que mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, se autoriza el otorgamiento de los recursos del FONIPREL a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y entidades prestadoras de servicios de saneamiento cuyas solicitudes MORDAZA seleccionadas y que hayan suscrito el documento de compromiso ante la Direccion General de Politica de Inversiones; Que, el numeral 8.1 del articulo 8º de las Disposiciones Complementarias para la Implementacion y Operatividad del Capitulo II del Decreto de Urgencia Nº 058-2011, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 790-2011-EF/15, establece que las Entidades tendran un plazo de ocho (08) dias habiles para presentar sus solicitudes de financiamiento, conforme al cronograma senalado en el Anexo Nº 01; asimismo, dispone que el periodo de MORDAZA de solicitudes se repetira mensualmente hasta completar el numero de solicitudes asignado por Entidad o agotar los recursos a que se refiere el articulo 19º numeral 19.1 del Decreto de Urgencia Nº 058-2011; Que, el MORDAZA periodo de MORDAZA de solicitudes de financiamiento para estudios de preinversion se llevo a cabo del 09 de enero de 2012 al 18 de enero de 2012, realizandose la seleccion respectiva por parte de la Direccion General de Politica de Inversiones en su calidad de Secretaria Tecnica del FONIPREL; Que, con fecha 24 de febrero de 2012, la Presidencia del Consejo Directivo del FONIPREL aprobo las solicitudes de financiamiento seleccionadas por la Direccion General de Politica de Inversiones, presentadas por 188 entidades, las cuales ascienden a la suma total de VEINTITRES MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 23 285 503,00); Que, de las entidades cuyas solicitudes de financiamiento resultaron aprobadas en el MORDAZA periodo de MORDAZA, 153 entidades suscribieron el documento de compromiso ante la Direccion General de Politica de Inversiones del Ministerio de Economia y Finanzas, y presentaron la documentacion obligatoria establecida en el Anexo N° 06 de Disposiciones Complementarias para la Implementacion y Operatividad del Capitulo II del Decreto de Urgencia Nº 058-2011, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 790-2011-EF/15, ascendiendo dichas solicitudes a la suma total de DIECIOCHO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS DIEZ Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 18 262 910,00); Que, por otro lado, segun el numeral 9.6 del articulo 9 de las Disposiciones Complementarias para la Implementacion y Operatividad del Capitulo II del Decreto de Urgencia Nº 058-2011, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 7902011-EF/15, las entidades cuyas solicitudes resultaron seleccionadas en un periodo determinado y que no suscriban el documento de compromiso ante la Direccion General de Politica de Inversiones del Ministerio de Economia y Finanzas, en el plazo establecido en la citada disposicion, podran hacerlo en el siguiente periodo establecido para el mismo fin; Que, mediante Decreto Supremo Nº 040-2012-EF, se autorizo el otorgamiento de los recursos del FONIPREL en el MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 058-2011 para el financiamiento de las solicitudes seleccionadas y aprobadas en el primer periodo de MORDAZA correspondiente a 62 entidades de las 69 cuyas solicitudes resultaron seleccionadas, debido a que 7 entidades no cumplieron con