Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2012 (06/05/2012)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 52

465874

NORMAS LEGALES
ANEXO
CRONOGRAMA RESUMEN DE EJECUCION DE ACTIVIDADES DE LAS FASES DEL MORDAZA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO - ANO FISCAL 2013

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 6 de MORDAZA de 2012

Nº ACTIVIDADES (PROCESO ANO 2012) 1 PREPARACION COMUNICACION E INVITACION PARA LA PARTICIPACION EN EL MORDAZA SENSIBILIZACION CONVOCATORIA PUBLICA IDENTIFICACION E INSCRIPCION DE AGENTES PARTICIPANTES ACCIONES DE CAPACITACION APROBACION Y DIFUSION DE LA ORDENANZA MUNICIPAL CONFORMACION DEL EQUIPO TECNICO PREPARACION DE MATERIALES PARA TALLERES 2 CONCERTACION ELABORACION Y APROBACION DEL PLAN DE ACTIVIDADES TALLER RENDICION DE CUENTAS Y PDC TALLER DE DIAGNOSTICO IDENTIFICACION, PRIORIZACION DE PROBLEMAS Y CRITERIOS DE PRIORIZACION DE ALTERNATIVAS DE SOLUCION. IDENTIFICACION DE PROYECTOS EVALUACION TECNICA DE PROYECTOS 3 COORDINACION ENTRE NIVELES DE GOBIERNO REUNION DE COORDINACION: GOBIERNO REGIONAL Y ALCALDES 4 FORMALIZACION FORMALIZACION DE ACUERDOS Y COMPROMISOS INFORME DE EVALUACION DE CUMPLIMIENTO DE ACUERDOS

ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL. AGO. SET. OCT. NOV. DIC.

5 11 5 11 11 2 11 11

18 18 18 25 15 15

22 22

784679-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Regulan el deficit de estacionamientos en el distrito
ORDENANZA Nº 231
San MORDAZA de Lurigancho,16 de MORDAZA de 2012 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Memorandum Nº 415 -2012-GM/MDSJL de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 145-12-GAJ-MDSJL de la Gerencia de Asesoria Juridica, y el Memorandum N° 037-2012-SGOPGDU/MDSJL de la Subgerencia de Obras Privadas; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional, acorde con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece que las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en tal sentido, gozan de facultades normativas y reglamentarias, ejerciendo la jurisdiccion en el ambito de su circunscripcion territorial; Que, el Articulo 79° Numeral 3.6 de la Ley N° 27972 Ley Organica de Municipalidades, senala como funciones especificas de las municipalidades distritales, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, el de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y

realizar las fiscalizacion de las habilitaciones urbanas, construccion de inmuebles, declaratoria de fabrica, apertura de establecimientos comerciales e industriales, entre otros; Que, el Articulo 88° de la Ley N° 27972 - Ley Organica de Municipalidades, indica como una de las atribuciones que corresponde a las municipalidades provinciales y distritales dentro del territorio de su jurisdiccion, el de velar por el uso de la propiedad inmueble en MORDAZA con el bien comun y dentro del ambito de su competencia; Que, el Articulo 60° de la MORDAZA A.010 Capitulo IX Titulo III.1 del Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA - 66 Normas Tecnicas del Reglamento Nacional de Edificaciones, menciona que toda edificacion debera proyectarse con una dotacion minima de estacionamiento dentro del lote en que se edifica, de acuerdo a su uso y segun lo establecido en el Plan Urbano; siendo que el Articulo 61° de la precitada MORDAZA Tecnica, refiere que los estacionamientos estaran ubicados dentro de la misma edificacion a la que sirven, y solo en casos excepcionales por deficit de estacionamiento, se ubicaran en predios distintos; Que, el Articulo 2° de la Ordenanza N° 1081 Ordenanza sobre el Reajuste Integral de la Zonificacion de los Usos del Suelo del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, aprueba las Especificaciones Normativas de la Zonificacion contemplados en el Anexo N° 2 y en la Ordenanza N° 1015MML respectivamente, en donde aparece la dotacion de estacionamientos vehiculares acorde al uso del suelo; Que, durante el avance de los diversos procedimientos administrativos en materia de desarrollo MORDAZA, la Corporacion Municipal ha detectado la existencia de un gran numero de establecimientos comerciales y/o de servicios y otros que no cuentan con espacios minimos para estacionamientos o presentan limitaciones tecnicas en su uso, lo que constituye un obstaculo para el crecimiento inmobiliario reflejado en la poblacion del distrito de San MORDAZA de Lurigancho durante los ultimos anos; Que, dentro de las competencias reconocidas a la Administracion, aparece el de promover el desarrollo economico y MORDAZA de la jurisdiccion, lo cual se canaliza a traves de la promocion de la inversion publica y privada, que permita el uso y la administracion eficiente de los recursos