Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2012 (06/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 6 de MORDAZA de 2012

Articulo 4º.- Iniciativa Ambiental Preventiva En la Etapa de Iniciativas Ambientales que tienen por objeto mejorar la calidad del medio ambiente del Sector, los propietarios de los predios que conformaban la Ex Escuela de Aviacion Civil, Aeroclub de Collique e INDAER PERU S.A., deberan considerar el Tratamiento de Aguas Grises para su reuso en el mantenimiento de areas verdes; tambien consideraran el Sistema Segregado de Recojo de Residuos Solidos y otras que establece el Estudio de Impacto Ambiental. Articulo 5º.- Dotacion del servicio de Agua Potable Correspondera a SEDAPAL S.A., integrante del Sector Vivienda, Construccion y Saneamiento prever la dotacion de agua potable y alcantarillado (servicios de necesidad publica y de preferente interes social), previa a la expedicion de las correspondientes Licencias de Edificacion, a ejecutarse en el Sector denominado Ex Escuela de Aviacion Civil del Peru. Articulo 6º.- Modulos de Servicios Comunitarios En las areas comunes de las zonas residenciales de los Conjuntos Residenciales de vivienda multifamiliar se implementaran Modulos de Servicios Comunitarios (tales como topicos, guarderias, salones de juego, ludoteca o afines) que permitan elevar la calidad de MORDAZA de la poblacion residente. Articulo 7º.- Sistema Vial de la ZRE-3 Apruebese el Plano del Sistema Vial de la MORDAZA de Reglamentacion Especial (ZRE-3) correspondiente al Sector denominado Ex Escuela de Aviacion Civil del Peru, conforme al Plano del Anexo Nº 02 que forma parte de la presente Ordenanza, debiendo integrarse los tramos de las vias Colectoras denominadas Av. MORDAZA MORDAZA Belaunde de seccion C-55 y Av. MORDAZA MORDAZA de seccion C-49 al Sistema Vial Metropolitano aprobado con Ordenanza Nº 341-MML. Articulo 8º.- Planeamiento Integral Aprobar el Planeamiento Integral del Sector denominado Ex Escuela de Aviacion Civil del Peru, conforme al Plano del Anexo Nº 03 que forma parte de la presente norma. CAPITULO III PARAMETROS URBANISTICOS Y EDIFICATORIOS Articulo 9º.- Parametros Los Parametros Urbanisticos y Edificatorios relativos al area libre, exigible a los propietarios y/o promotores para la obtencion de la correspondiente Licencia de Edificacion para Conjuntos Residenciales se precisan en el Cuadro Nº 2 del Anexo Nº 04. Para las edificaciones con colindancia inmediata al Aporte Reglamentario de Recreacion Publica (parques), no seran exigibles los retiros. CAPITULO IV APORTES REGLAMENTARIOS Articulo 10º.- Obligacion de los propietarios Los propietarios y/o promotores de los predios que se encuentran dentro del Sector senalado en el Articulo 2º de esta Ordenanza, tienen la obligacion de iniciar y concluir con el MORDAZA de Habilitacion MORDAZA de su propiedad, de conformidad con lo establecido en la presente Ordenanza y la MORDAZA de los Estudios de Impacto Vial (Ordenanzas Nº 1268-MMl y Nº 1404-MML) e Impacto Ambiental (Ley Nº 27446 y Decreto Legislativo Nº 1078), en lo que corresponda. Aquellos procesos de Habilitacion MORDAZA en tramite, se adecuaran a la presente MORDAZA, en tanto no cuenten con acto administrativo firme. Articulo 11º.- Aportes Reglamentarios exigibles La ubicacion referencial de los Aportes Reglamentarios exigibles se senala en el Anexo Nº 01, que integra la presente norma. Se prohibe la redencion en dinero de los Aportes Reglamentarios. Articulo 12º.- Calculo y Porcentaje de los Aportes Reglamentarios Los Aportes Reglamentarios para los predios materia

del MORDAZA de Habilitacion MORDAZA seran calculados en funcion a la totalidad del area del predio de acuerdo a lo establecido en la MORDAZA GH.020, articulo 27º, MORDAZA parrafo del Reglamento Nacional de Edificaciones ­ R.N.E y en los porcentajes establecidos para los Usos Permitidos, detallados en el Cuadro Nº 1 del Anexo Nº 04 integrante de esta norma. El area ocupada de la Ex Escuela de Aviacion Civil del Peru por tener un valor presencial, formara parte de los Aportes Reglamentarios para Educacion, determinandose el area definitiva en el MORDAZA de Habilitacion Urbana. Asi mismo, el Aporte Reglamentario para Servicios Publicos Complementarios (Municipalidad Distrital), de los predios que conformaban la Ex Escuela de Aviacion Civil, Aeroclub de Collique e INDAER PERU S.A., sera destinado a Comisaria y Cuartel de Bomberos; este Aporte Reglamentario debera colindar con el Aporte Reglamentario para Educacion constituido por la Ex Escuela de Aviacion Civil del Peru ­ Collique, segun Plano contenido en el Anexo Nº 01. La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA destinara para Equipamiento Metropolitano los Aportes Reglamentarios para el Fondo de Renovacion MORDAZA ­ FOMUR; para cuyo efecto la Municipalidad Distrital de Comas, en la emision de las resoluciones de Licencia de Habilitacion MORDAZA y de aprobacion de Recepcion de Obras de Habilitacion MORDAZA debera consignar dicha obligacion. Articulo 13º.- Entrega anticipada del Aporte Reglamentario para Equipamiento Metropolitano Una vez aprobado el Proyecto de Habilitacion MORDAZA mediante el correspondiente acto administrativo, este constituira el titulo suficiente para que el propietario y/o promotor del MORDAZA de Habilitacion MORDAZA cumpla con su obligacion de entrega anticipada del Aporte Reglamentario para Equipamiento Metropolitano, formulando la rogatoria de Independizacion del mismo ante la IX MORDAZA Registral ­ Sede MORDAZA, a nombre de la Municipalidad Metropolitana de Lima. DISPOSICION TRANSITORIA Unica: Cuartel de Bomberos y Comisaria Con la finalidad de dotar de infraestructura adecuada y necesaria al Sector denominado Ex Escuela de Aviacion Civil del Peru, en los Aportes Reglamentarios de Servicios Publicos Complementarios (Municipalidad Distrital), correspondiente a los predios que conformaban la ex Escuela de Aviacion Civil, Aeroclub de Collique e INDAER, la Municipalidad Distrital de Comas, en calidad de organo receptor de dichos Aportes Reglamentarios, los destinara para un Cuartel de Bomberos y una Comisaria, en coordinacion con el Cuerpo de Bomberos del Peru y Policia Nacional del Peru ­ PNP, respectivamente. La edificacion del Cuartel de Bomberos y Comisaria estara a cargo de los propietarios de dichos predios; correspondiendo a los organos publicos competentes la implementacion y equipamiento de los mismos. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Derogar las Ordenanza Nº 1415-MML y Nº 1455-MML Derogar la Ordenanza Nº 1415-MML que establece los Usos de Suelo permitidos y aprueba el Sistema Vial del area correspondiente al articulo 13º de la Ordenanza Nº 1015MML; asi como la Ordenanza Nº 1455-MML que modifica la Ordenanza Nº 1415-MML. Segunda.- Publicacion en la Pagina Web La presente Ordenanza y sus Anexos seran publicados en la Pagina Web de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, de conformidad con lo previsto en la Resolucion Ministerial Nº 200-2010-PCM que aprueba la Directiva Nº 001-2010PCM/SGP. Tercera.- Vigencia La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.