Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2005 (06/02/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 6 de febrero de 2005

En fe de lo cual, se firma el presente Acuerdo en Luxemburgo, en cuatro originales, dos en idioma espanol y dos en idioma MORDAZA, a los ............ dias del mes de ............. del ano dos mil tres. Por el Gobierno de la Republica del Peru: MORDAZA URRUTIA Embajador extraordinario et plenipotenciario Por el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo: MORDAZA GOERENS Ministro de la Cooperacion y Accion Humanitaria 02209

Tecnica y Cientifica entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Federativa del Brasil, suscrito el ocho de octubre de 1975; El Acuerdo para la Conservacion de la MORDAZA y Fauna de los Territorios Amazonicos de la Republica del Peru y la Republica Federativa del Brasil, suscrito en noviembre de 1975; Que existe interes comun en acelerar el desarrollo economico y social de ambos Paises basado en el mejor aprovechamiento de sus recursos naturales; Acuerdan lo siguiente: ARTICULO I El presente Acuerdo Complementario tiene por objetivo establecer las bases y mecanismos de cooperacion interinstitucional como parte del MORDAZA de integracion subregional, a fin de contribuir a un mejor aprovechamiento de los recursos naturales renovables de ambos Paises con la finalidad de acelerar el desarrollo social y economico, preservando el medio ambiente y los ecosistemas amazonicos.

Ratifican Acuerdo Complementario al Convenio Basico de Cooperacion Tecnica y Cientifica entre Peru y Brasil, en el area de recursos naturales y medio ambiente
DECRETO SUPREMO Nº 023-2005-RE
EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el "Acuerdo Complementario al Convenio Basico de Cooperacion Tecnica y Cientifica entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Federativa del Brasil en el Area de Recursos Naturales y Medio Ambiente", fue suscrito en la MORDAZA de Brasilia, Republica Federativa del Brasil, el 20 de agosto del 2004; Que es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 7º y 118º inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru, y el articulo 2º de la Ley Nº 26647; DECRETA: Articulo 1º.- Ratifiquese el "Acuerdo Complementario al Convenio Basico de Cooperacion Tecnica y Cientifica entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Federativa del Brasil en el Area de Recursos Naturales y Medio Ambiente", suscrito en la MORDAZA de Brasilia, Republica Federativa del Brasil, el 20 de agosto del 2004. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de enero del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores ACUERDO COMPLEMENTARIO AL CONVENIO BASICO DE COOPERACION TECNICA Y CIENTIFICA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL EN EL AREA DE RECURSOS NATURALES Y MEDIO AMBIENTE El Gobierno de la Republica del Peru Y El Gobierno de la Republica Federativa del Brasil (en adelante denominadas las Partes) CONSIDERANDO: Que sus relaciones de cooperacion han sido fortalecidas y amparadas por el Convenio Basico de Cooperacion

ARTICULO II
1. El Gobierno del Peru designa: a) A la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional -APCI-, como responsable de la coordinacion, seguimiento y evaluacion de las acciones resultantes del presente Acuerdo Complementario. b) Al Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, como responsable de la ejecucion de las acciones resultantes del presente Acuerdo Complementario. 2. El Gobierno de la Republica Federativa del Brasil designa: a) Al Ministerio de Relaciones Exteriores como responsable de la coordinacion y seguimiento de este Acuerdo Complementario; y, a la Agencia Brasilena de Cooperacion -ABC- de la evaluacion e implementacion de las acciones resultantes. b) Al Instituto Brasileno de Medio Ambiente y Recursos Naturales Renovables -IBAMA- como responsable de la ejecucion de las acciones resultantes del presente Acuerdo Complementario. ARTICULO III A fin de lograr el objetivo planteado en el presente Acuerdo Complementario, las Partes fomentaran los siguientes objetivos especificos: a) Fortalecer e impulsar la preparacion y capacitacion de los recursos humanos dedicados a la gestion de los recursos naturales y proteccion del medio ambiente. b) Apoyar el reforzamiento de las instituciones publicas y privadas que trabajan en programas relacionados con el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, la conservacion de la biodiversidad y del medio ambiente. c) Promover y desarrollar la investigacion y consultoria conducentes al mejoramiento de las actividades relacionadas al manejo de los recursos naturales y medio ambiente. d) Ampliar el conocimiento sobre el manejo de los recursos naturales y la proteccion del medio ambiente via el intercambio de experiencias adquiridas que involucre la participacion activa de autoridades nacionales, locales, regionales, asi como la poblacion en general. e) Implementar un sistema de comunicacion e informacion interinstitucional que promueva la eficiencia en la gestion de los recursos naturales renovables, asi como en la supervision y control de los mismos. f) Fortalecer la cooperacion entre los paises de la MORDAZA amazonica, con miras a potenciar su participacion en los acuerdos internacionales sobre recursos naturales y medio ambiente. ARTICULO IV 1. Las entidades ejecutoras elaboraran, conjuntamente, propuestas de proyectos, detallando los objetivos, justificacion, costos, esquemas de financiamiento, plazos de ejecucion y demas condiciones.