Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2003 (06/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

MORDAZA, jueves 6 de febrero de 2003
EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
POR TANTO:

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Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Que, conforme a lo establecido en el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades son los organos del Gobierno Local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que el articulo 41º del Codigo Tributario senala que excepcionalmente los Gobiernos Locales podran condonar con caracter general el interes moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administren; Que, es politica de la nueva administracion MORDAZA, otorgar el MORDAZA de facilidades a los contribuyentes para regularizar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias formales y sustanciales vencidas, libres del pago de los componentes de la obligacion principal, asi como tambien de las sanciones administrativas; POR CUANTO: El Concejo Provincial de Huaral , en Sesion Extraordinaria de fecha 15 de enero del 2003; en uso de las facultades conferidas por el Inc. 3) del articulo 36 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, por unanimidad aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- CONCEDER el Beneficio de Regularizacion Tributaria y Administrativa por esta unica vez en el presente ejercicio en favor de los contribuyentes de la provincia de Huaral, a partir del 2 de enero del presente ano. DEUDA TRIBUTARIA: OTORGAR con caracter general la condonacion de intereses, recargos, reajustes y multas correspondiente al Impuesto Predial. MULTAS ADMINISTRATIVAS CONCEDER el beneficio de abonar solamente S/. 10.00 (DIEZ Y 00/100 NUEVOS SOLES) de la deuda por papeletas de Infraccion al Reglamento de MORDAZA, de Transporte Publico; impuestas al 31 de diciembre del ano 2002. Articulo Segundo- Se incluyen en este beneficio todas aquellas deudas pendientes de pago vencidas al 31 de diciembre del ano 2002, descritas en el articulo primero, e incluidas las que se encuentran en via coactiva, condonandose los gastos, costas y/o aranceles coactivos la que se suspendera automaticamente a la fecha en la que el deudor se acoja a los beneficios de la presente ordenanza. Articulo Tercero.- Conforme a la presente Ordenanza se entiende que los contribuyentes que se acojan al presente beneficio de regularizacion hacen expreso reconocimiento de su deuda con la Municipalidad, por lo que no podran presentar futuras reclamaciones, respecto a las deudas incluidas en dicho pago. Los contribuyentes que tuvieran reclamaciones pendientes por los tributos o multas que son materia del presente beneficio, para acogerse a este beneficio deberan desistirse de las mismas, presentando para tal efecto una MORDAZA del cargo de la solicitud de desistimiento, debidamente MORDAZA por la Unidad de Administracion Documentaria, el mismo que se anexara al expediente administrativo. Articulo Cuarto.- Al 28 de febrero del 2003 fecha de vencimiento del plazo del beneficio de regularizacion que p o r l a p re se n te O r denanz a s e c onc ede, la Municipalidad procedera inmediatamente a ejecutar la cobranza total de la deuda pendiente de pago, incluyendo las sanciones tributarias, los intereses moratorios y el integro de las multas adeudadas, utilizando en los casos que fuera necesario el procedimiento de cobranza coactiva. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Unidad de Relaciones Publicas e Imagen Institucional su difusion, y a la Oficina de Administracion Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial de Huaral 02245

Amplian beneficios tributarios otorgados mediante la Ordenanza Nº 0012003-MPH
ORDENANZA Nº 002-2003-MPH
Huaral, 22 de enero del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: El Concejo Provincial de Huaral en Sesion Ordinaria de fecha 22 de enero del 2003, bajo la presidencia del senor MORDAZA y con la totalidad de los senores regidores, se trato como punto de agenda la ampliacion del Beneficio Especial de Regularizacion Tributaria y Administrativa; CONSIDERANDO: Que, en virtud a la Ordenanza Nº 001-2003-MPH de fecha 15 de enero de 2003, se concede el beneficio de regularizacion tributaria aplicado a todos los contribuyentes del distrito que adeudan el Impuesto Predial; Que, a fin de asegurar un MORDAZA de saneamiento de los ingresos tr ibutar ios basicamente por las transferencias de inmuebles y vehiculos, la formalizacion de establecimientos comerciales industriales y de servicios y la construccion de vivienda, resulta necesario la adopcion de medidas extraordinarias de caracter economico y financiero y darle a la recaudacion un caracter equitativo; Que, tambien resulta necesario atender a las demandas de los usuarios del servicio publico de limpieza, conociendo de las limitaciones en su prestacion acaecidos en la gestion anterior; Que, estando a lo MORDAZA expuesto, en virtud de lo establecido en el Texto Unico del Codigo Tributario aprobado por Derecho Supremo Nº 135-99-EF y estando a lo dispuesto por el Articulo 109º, numeral 3) del Articulo 36º y numeral 2) del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, se ha expedido la siguiente Ordenanza: SE DECRETA: Articulo Primero.- AMPLIAR los beneficios tributarios establecidos en el Articulo Primero de la Ordenanza Nº 001-2003-MPH de condonacion de los reajustes, intereses moratorios y multas hasta el 28 de febrero del 2003, al Impuesto de Alcabala, Vehicular y Espectaculos Publicos No Deportivos. Articulo Segundo.- REDUCIR en un 50% el monto de los Arbitrios Municipales que se adeudan por los ejercicios 1999, 2000, 2001 y 2002, siendo extensivo el mismo beneficio por la obtencion de la Licencia de funcionamiento y de construccion de Vivienda. Articulo Tercero.- La forma de pago de la deuda que se establezca como consecuencia del presente beneficio podra ser cancelada: 1.- Al Contado. 2.- Pago Fraccionado, con la escala siguiente: Deuda Tributaria:
Desde S/. 1.00 Desde S/. 301.00 Desde S/. 601.00 Desde S/. 901.00 Desde S/. 1,201.00 hasta S/. 300.00 hasta S/. 600.00 hasta S/. 900.00 hasta S/. 1,200.00 a mas MORDAZA 3 MORDAZA 5 MORDAZA 8 MORDAZA 10 MORDAZA 12 cuotas cuotas cuotas cuotas cuotas

El beneficio del Fraccionamiento Tributario lo solicitara el Titular de la Deuda Tributaria o en su defecto el repre-