Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2003 (06/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, jueves 6 de febrero de 2003

NORMAS LEGALES

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siciones y los principios de simplificacion administrativa, con el proposito de evitar que las entidades de la Administracion Publica generen barreras burocraticas que impidan u obstaculicen, ilegal o irracionalmente, el acceso o permanencia de los agentes economicos en el mercado. II.- MORDAZA DE FORMULARIOS O FORMATOS PARA LA TRAMITACION DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Atendiendo a las distintas caracteristicas de los procedimientos administrativos y con el proposito de garantizar los principios de informalismo, celeridad y simplicidad5 , el ordenamiento juridico ha establecido que el administrado pueda presentar sus escritos en papel simple6 y, asimismo, que bajo determinados supuestos las entidades puedan exigir la MORDAZA de formularios o formatos. En lo que se refiere a la potestad de las entidades de la Administracion Publica para exigir la MORDAZA de formularios o formatos para la tramitacion de procedimientos administrativos, esta se deriva de lo dispuesto en los articulos 154.1 y 154.2 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. En efecto, el articulo 154.1 dispone que las entidades de la Administracion Publica podran establecer el empleo de formularios de libre reproduccion y distribucion gratuita, a fin de que los administrados cumplan con proporcionar informacion estandarizable y en los casos de tramitacion de procedimientos administrativos de aprobacion automatica7 . Asimismo, el articulo 154.2 del citado cuerpo legal establece el empleo de formularios impresos y otros metodos que permitan el rapido despacho de los asuntos, cuando deba resolverse una serie numerosa de expedientes homogeneos y en los casos de actuaciones o resoluciones recurrentes previamente autorizadas8 . Esta potestad de las entidades de la Administracion Publica tiene por finalidad contribuir con el cumplimiento del MORDAZA de celeridad en la tramitacion de los procedimientos administrativos. En funcion a lo expuesto, la Administracion Publica puede exigir la MORDAZA de formularios o formatos cuando se trate de dar cumplimiento al acopio de informacion estandarizable, en la tramitacion de aprobacion automatica, en el caso de tramitacion de procedimientos administrativos homogeneos que MORDAZA tramitados en gran numero y siempre con el objetivo de dotar de celeridad a los mismos. III.- MATERIALIZACION DE LA EXIGENCIA La exigencia de MORDAZA de formularios o formatos por parte de las entidades de la Administracion Publica debe efectuarse de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Procedimiento Administrativo General, salvo la existencia de una ley especial9 . Al respecto, el articulo 36.2 dispone que las entidades de la Administracion Publica podran exigir a los administrados el cumplimiento de procedimientos, la MORDAZA de documentos, el suministro de informacion o el pago de derechos de tramitacion, siempre que los mismos consten en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA). Esta limitacion incluye a los formularios o formatos requeridos a los ciudadanos para la tramitacion de los procedimientos administrativos que se sigan en las diversas entidades de la Administracion Publica, tal como expresamente lo senala el articulo 37 de la referida Ley 10 . En consecuencia, para que las entidades de la Administracion Publica puedan exigir la MORDAZA de formularios o formatos a los ciudadanos en la tramitacion de sus procedimientos administrativos, requieren que los mismos hayan sido incorporados como una exigencia en su respectivo MORDAZA, el cual, a su vez, debe encontrarse debidamente aprobado y publicado. Finalmente, es importante senalar que, de acuerdo a lo establecido por el articulo 154.1 de dicho cuerpo normativo, los formatos o formularios pueden ser exigidos gratuitamente tambien en aquellos casos en que los particulares deban suministrar informacion para cumplir con las exigencias legalmente establecidas. IV.- PROHIBICION DE COBROS POR FORMULARIOS O FORMATOS Como se menciono, el articulo 154.1 de la Ley del Procedimiento Administrativo General establece la posibilidad de generalizar el empleo de formatos o formularios de libre

reproduccion por parte del administrado (copia simple en reemplazo de los originales) y/o distribucion gratuita, en aquellos procedimientos efectuados de manera sistematica y MORDAZA por parte de los administrados, a partir de los cuales se suministra de informacion estandarizable a la Administracion Publica en cumplimiento de exigencias legales. En otras palabras, en aquellos casos en los que la administracion MORDAZA establecido la exigencia de la MORDAZA de formatos o formularios, estos deben: (i) ser de distribucion gratuita o (ii) ser facilitados para su reproduccion. El supuesto de distribucion gratuita consiste en que la entidad de la Administracion Publica debe proveer al administrado el formulario o formato cuando este se lo solicite, sin que deba pagar precio alguno por su entrega. El supuesto de libre reproduccion implica que cualquier administrado puede obtener una reproduccion del formato o formulario y utilizarlo validamente en reemplazo del original. Para tal efecto la entidad debe garantizar la existencia de mecanismos que permitan el conocimiento publico de

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LEY Nº 27444, LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL. Titulo Preliminar. Articulo IV.- Principios del Procedimiento Administrativo. 1. El procedimiento administrativo se sustenta fundamentalmente en los siguientes principios, sin perjuicio de la vigencia de otros principios generales del derecho administrartivo: (...) 1.6. MORDAZA de Informalismo.- Las normas de procedimiento deben ser interpretadas en forma favorable a la admision y decision final de las pretensiones de los administrativos, de modo que sus derechos e intereses no MORDAZA afectados por la exigencia de aspectos formales que puedan ser subsanados dentro del procedimiento (...). 1.9. MORDAZA de Celeridad.- Quienes participan en el procedimiento deben ajustar su actuacion de tal modo que se dote al tramite de la MORDAZA dinamica posible, evitando actuaciones procesales que dificulten su desenvolvimiento o constituyan meros formalismos, a fin de alcanzar una decision en tiempo razonable (...). 1.13. MORDAZA de Simplicidad.- Los tramites establecidos por la autoridad administrativa deberan ser sencillos, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria; es decir, los requisitos exigidos deberan ser racionales y proporcionales a los fines que se persigue cumplir.

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LEY Nº 27444, LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL. Articulo 114.1.- El escrito es presentado en papel simple acompanado de una MORDAZA conforme y legible, salvo que fuera necesario un numero mayor para notificar a terceros. La MORDAZA es devuelta al administrado con la firma de la autoridad y el sello de recepcion que indique fecha, hora y lugar de presentacion. LEY Nº 27444, LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL. Articulo 154.1.- Las entidades disponen del empleo de formularios de libre reproduccion y distribucion gratuita, mediante los cuales los administrados, o algun servidor a su pedido, completando datos o marcando alternativas planteadas proporcionan informacion usual que se estima suficiente, sin necesidad de otro documento de presentacion. Particularmente se emplea cuando los administrados deban suministrar informacion para cumplir con las exigencias legales y en los procedimientos de aprobacion automatica". LEY Nº 27444, LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL. Articulo 154.2.- Tambien son utilizados cuando las autoridades deben resolver una serie numerosa de expedientes homogeneos, asi como para las actuaciones y resoluciones recurrentes, que MORDAZA autorizadas previamente. LEY Nº 27444, LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL. Tercera disposicion complementaria y final.- La presente Ley es supletoria a las leyes, reglamentos y otras normas de procedimientos existentes en cuanto no la contradigan o se oponga, en cuyo caso prevalecen las disposiciones especiales.

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10 LEY Nº 27444, LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL. Articulo 37º.- Todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobacion, segun sea el caso, de su Texto Unico de Procedimientos Administrativos, el cual comprende: (...) 8. Los formularios que MORDAZA empleados durante la tramitacion del respectivo procedimiento administrativo.