Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2003 (06/02/2003)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 69

MORDAZA, jueves 6 de febrero de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 238683

Articulo Decimo Segundo.- ORGANOS EJECUTORES Las Oficinas de Rentas, Administracion, Informatica e Imagen Institucional quedan encargadas de la ejecucion y difusion de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02210

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Autorizan realizacion de matrimonio civil masivo en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2003-AL/MDSMP
San MORDAZA de Porres, 31 de enero de 2003 EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES Visto, el Informe Nº 016-2003-DRC-DSS/MDSMP, de la Division de Registro Civil, solicitando la realizacion del I Matrimonio Civil Masivo 2003; "POR EL DIA DEL MORDAZA Y LA AMISTAD" CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales como parte del Estado tienen el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio como institucion natural y fundamental de la sociedad de conformidad con lo dispuesto en el Art. 4º de la Constitucion Politica del Peru; Que, el articulo 233º del Codigo Civil establece la regularizacion juridica de la familia que tiene por finalidad contribuir a su consolidacion y fundamentalmente en MORDAZA con los principios y normas estipuladas en nuestra Constitucion Politica; Que, es facultad de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, ayudar a aquellos vecinos del distrito que se encuentran aun en una situacion de hecho y requieren formalizar su situacion conyugal, facilitando para ello el procedimiento establecido; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el Art. 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Articulo Primero.- Autorizar la realizacion del I MATRIMONIO CIVIL MASIVO DEL 2003 "POR EL DIA DEL MORDAZA Y LA AMISTAD" a realizarse el dia 14 de febrero del 2003 en la explanada del Palacio Municipal a horas: 11.00 a.m. Articulo Segundo.- Senalar como requisitos indispensables para contraer Matrimonio Civil, los siguientes: 1.- Partida de Nacimiento original de ambos contrayentes, con una vigencia de un (1) ano para MORDAZA y Callao y de seis (6) anos para provincias. 2.- MORDAZA de L.E. o D.N.I. fedateada de ambos contrayentes y de sus dos (2) testigos que no MORDAZA familiares. 3.- Certificado Medico Prenupcial. 4.- MORDAZA de Consejeria de Prevencion contra el SIDA. 5.- Una foto tamano carne actualizada de ambos. Articulo Tercero.- De conformidad con el Art. 252º del Codigo Civil se dispensa a los contrayentes de la publicacion del Aviso Matrimonial. Articulo Cuarto.- Establecer como pago unico por todo concepto la suma de CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50.00), por Acta Matrimonial. Articulo Quinto.- Mantengase los demas requisitos exigidos cuando se trate de menores de edad, viudos, divorciados y extranjeros. Articulo Sexto.- Encargar a la Direccion de Servicios Sociales, a la Division de Registro Civil, el estricto cumplimiento del presente Decreto. Articulo Septimo.- Encargar a la Oficina de Imagen Institucional la publicacion y difusion del presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02395

Determinan fechas de pago del impuesto predial y arbitrios municipales
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001
San MORDAZA de Lurigancho, 30 de enero de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO; CONSIDERANDO: Que, la Ley de Tributacion Municipal, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 776 establece en su articulo 15º que el pago del Impuesto Predial podra efectuarse al contado, hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiendose pagar la primera cuota hasta el ultimo dia del mes de febrero y las cuotas restantes hasta el ultimo dia habil de los meses de MORDAZA, agosto y noviembre, reajustadas de acuerdo a la variacion acumulada del Indice de Precios al Por Mayor; Que, asimismo, el articulo 8º de la Ordenanza Nº 003 del 31.1.01 que regula el Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Relleno Sanitario para la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, modificada por la Ordenanza Nº 001 de fecha 29 de enero del 2003, establece que la obligacion de pago de las cuotas bimestrales vence el ultimo dia habil de los meses de febrero, MORDAZA, junio, agosto, octubre y diciembre, pudiendose, mediante Decreto, establecerse una prorroga; Que, siendo ello asi, resulta necesario establecer las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios para el ejercicio 2003; Estando a las facultades previstas por el articulo 47º numeral 6) de la Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL; determinense las fechas de pago del Impuesto Predial del ejercicio 2003, segun el siguiente detalle: Pago al contado Pago fraccionado Primera Cuota MORDAZA Cuota Tercera Cuota Cuarta Cuota : : : : : : 28 de febrero 31 de MORDAZA 28 de febrero 31 de MORDAZA 29 de agosto 29 de noviembre

Articulo Segundo.- VENCIMENTO PARA EL PAGO DE ARBITRIOS; determinense las fechas de pago de las cuotas bimestrales de los arbitrios correspondientes al ejercicio 2003, segun el siguiente detalle: Primera cuota MORDAZA cuota Tercera cuota Cuarta cuota MORDAZA cuota Sexta cuota : : : : : : 28 de febrero 30 de MORDAZA 30 de junio 29 de agosto 31 de octubre 31 de diciembre

Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02211