Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2003 (06/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA

NORMAS LEGALES
PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES - ANO 2003

MORDAZA, jueves 6 de febrero de 2003

Nº 1.-

MORDAZA DE MORDAZA ADJUDICACION DIRECTA DE MENOR CUANTIA ADJUDICACION DIRECTA DE MENOR CUANTIA

OBJETO OBRA

SINTESIS DE ESPECIFICACIONES TECNICAS MANTENIMIENTO DE PISTAS BALNEARIO Y MORDAZA MORDAZA PISTA DE ACCESO A LA ENTRADA PRINCIPAL DEL BALNEARIO

MORDAZA DE MONEDA M.N. SOLES M.N. SOLES

VALOR ESTIMADO 220,000.00 63,530.00

FUENTE DE FINANCIAMIENTO FONCOMUN FONCOMUN

FECHA PROBABLE DE CONVOCATORIA MARZO DEL 2003 AGOSTO DEL 2003

2.-

OBRA

NOTA: Segun lo dispuesto en la Ley Nº 27879, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003, en su Arts. 32º, 32.1 inciso a); la Adjudicacion Directa para el caso de la contratacion de Obras es considerada si el valor referencial es inferior a S/. 900,000.00

02318

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Aprueban Ordenanza que regula las Elecciones de las Juntas Directivas Centrales de Asentamientos Humanos
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000018 Callao, 31 de octubre de 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesion de fecha 31 de octubre de 2002; aprobo la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL ORDENANZA QUE REGULA LAS ELECCIONES DE LAS JUNTAS DIRECTIVAS CENTRALES DE ASENTAMIENTOS HUMANOS TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- La presente ordenanza regula la programacion, organizacion y realizacion de las elecciones y revocatoria de las Juntas Directivas Centrales de los asentamientos humanos reconocidos e informales comprendidos en la Provincia Constitucional del Callao. Articulo 2º.- La Municipalidad Provincial del Callao a traves de la Direccion General de Asentamientos Humanos garantizara la oportuna y transparente eleccion de la representacion comunal, sin perjuicio de la autonomia de cada asentamiento para la organizacion de los procesos electorales a traves del comite electoral. Del mismo modo que en el ejercicio legitimo de las funciones y atribuciones de la Junta Directiva Central. Articulo 3º.- El derecho de MORDAZA se ejerce en razon de un titular acreditado por cada lote, siendo el sufragio directo y secreto, excepto en aquellos asentamientos con ciento cincuenta lotes o menos, en cuyo caso el sufragio se ejercera de manera directa y nominal. Articulo 4º.- La Direccion General de Asentamientos Humanos aprobara semestralmente el cronograma por zonas para la convocatoria de elecciones de Comite Electoral y Junta Directiva Central respectivamente, senalando fecha, hora y lugar en oficio cursado a la Junta Directiva vigente para la eleccion de Comite Electoral y a este para la eleccion de nueva Junta, sin perjuicio de la difusion interior de la comunidad, utilizando los medios que se consideren necesarios y suficientes.

Mediante Decreto de Alcaldia se estableceran los Asentamientos Humanos Marginales comprendidos en cada MORDAZA, para los efectos de lo dispuesto en el parrafo anterior. Articulo 5º.- La eleccion de Juntas Directivas Centrales en asentamientos humanos con mas de 150 lotes de vivienda, solo podra realizarse los dias domingos. En el resto de casos, podra realizarse durante cualquier dia de la semana, a partir de las 18.00 horas. La eleccion de los miembros del Comite Electoral en cualquier caso sera cargo por cargo y por votacion nominal de los presentes en asamblea general. Dicha eleccion debera contar con presencia de veedores municipales, los que se solicitaran con una anticipacion de 15 dias calendario. Articulo 6º.- Se declarara electa la lista que obtenga mayoria simple de los votos validamente emitidos. En caso de lista unica los votos a favor de la misma deberan ser superiores a los votos en blanco. Articulo 7º.- La Junta Directiva Central tendra un periodo de vigencia de dos anos contados a partir de la notificacion de la Resolucion Directoral de reconocimiento. En caso de existir impugnaciones o apelaciones administrativas, la Resolucion Directoral de reconocimiento surtira todos sus efectos en aplicacion de lo dispuesto en la Ley Nº 27444. Asimismo, de existir impugnacion en la via judicial se estara a lo dispuesto en los articulos 540º y 541º del Codigo Procesal Civil. Articulo 8º.- El cronograma de elecciones debera elaborarse teniendo en cuenta la cercania o colindancia de los asentamientos, de modo que puedan realizarse mas de un MORDAZA eleccionario por vez, economizando recursos y desplazamientos de los veedores. Asi mismo el cronograma debe procurar la distribucion equilibrada de los procesos durante cada ano. Articulo 9º.- La Municipalidad Provincial del Callao convocara a Asamblea General de Pobladores: a. Cuando MORDAZA vencido el periodo de mandato de la Junta Directiva Central y esta no hubiese convocado a la Asamblea General de Pobladores para elegir al Comite Electoral, conforme lo establece la presente Ordenanza Municipal y demas dispositivos que le MORDAZA aplicables. b. Cuando los miembros de la Junta Directiva Central incurran en inconducta funcional. c. Cuando la Junta Directiva Central no se encuentre en ejercicio de sus funciones. d. Cuando por circunstancias de fuerza mayor o urgencia, en caso de riesgo inminente por fenomenos naturales, o hechos que pongan en peligro la seguridad de los pobladores, afecten la tranquilidad y el orden publico, se requiere la presencia de la poblacion en Asamblea General. TITULO II DE LAS SECRETARIAS Articulo 10º.- La Junta Directiva Central estara conformada por los siguientes cargos: a. Secretaria General. b. Subsecretaria General. c. Secretaria de Organizacion. d. Secretaria de Economia. e. Secretaria de Actas y Archivo.