Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2003 (06/02/2003)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, jueves 6 de febrero de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 238619

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
Disponen aplicar el Programa de Promocion a la Formalizacion del Comercio Algodonero de la variedad Tanguis al periodo de cosecha 2003
DECRETO DE URGENCIA Nº 005-2003
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Articulo 88º de la Constitucion Politica del Peru, dispone que el Estado apoya preferentemente el desarrollo agrario; Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 005-2002 y modificatorias se creo el Programa de Promocion a la Formalizacion del Comercio Algodonero de la variedad Tanguis, MORDAZA 2001-2002, cuya implementacion produjo un incremento en la formalizacion del comercio algodonero, disminucion del contrabando asi como un incremento sustantivo en la recaudacion tributaria; Que, debido a los resultados alcanzados con el programa se considera necesario continuar con el MORDAZA de formalizacion y modernizacion de la cadena de produccion y comercializacion del algodon, de la variedad Tanguis, como herramienta eficaz para enfrentar la perdida de competitividad ocasionada por la informalidad y el contrabando; Que, con la finalidad de atender de manera oportuna la MORDAZA del algodon, de la variedad Tanguis, del ano 2003, ademas de la necesidad de implementar medidas en materia economica y financiera que se encuadren en el Presupuesto del ejercicio 2003, resulta necesario dictar normas de caracter extraordinario; En uso de las facultades conferidas por el inciso 19) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- OBJETO Apliquese el Programa de Promocion a la Formalizacion del Comercio Algodonero de la variedad Tanguis, creado mediante Decreto de Urgencia Nº 005-2002, al periodo de cosecha 2003. El Programa estara a cargo del Ministerio de Agricultura y contara con el apoyo tecnico de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria. Articulo 2º.- FINANCIAMIENTO DEL PROGRAMA Autoricese a la Direccion General del Tesoro Publico, del Ministerio de Economia y Finanzas, la emision de Documentos Cancelatorios - Tesoro Publico la cual sera

utilizada en la aplicacion del Programa de Promocion a la Formalizacion del Comercio Algodonero de la variedad Tanguis, periodo de cosecha 2003. El monto de la emision, asi como las caracteristicas y demas condiciones de los Documentos Cancelatorios Tesoro Publico, sera aprobado mediante Decreto Supremo, refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Agricultura, siendo financiado con cargo al presupuesto asignado al Pliego 013: Ministerio de Agricultura. Articulo 3º.- REGLAMENTACION Mediante Decreto Supremo, refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Agricultura, se estableceran entre otros aspectos el periodo de aplicacion del programa, los sujetos comprendidos en el asi como las condiciones y requisitos para su mejor aplicacion. Articulo 4º.- VIGENCIA El presente Decreto de Urgencia entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion y sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de febrero del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 02411

PCM
Autorizan viaje de Ministro y encargan la Cartera de Relaciones Exteriores al Presidente del Consejo de Ministros
RESOLUCION SUPREMA Nº 034-2003-PCM
MORDAZA, 5 de febrero de 2003 CONSIDERANDO: Que el 9 y 10 de febrero de 2003, el Ministro de Relaciones Exteriores, Embajador MORDAZA MORDAZA Tizon, viajara a la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA, Republica de Bolivia, para participar en la Reunion Binacional de Ministros de Estado del Peru y Bolivia; Que la Declaracion Presidencial del Lago Titicaca, de 26 de enero de 2002, institucionalizo la Reunion Binacional de Ministros de Estado del Peru y Bolivia, con la fina-

COLOCAR AVISO

COMUNICADO