Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2000 (17/02/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 17 de febrero de 2000

Otorgan licencia a empresa para operar planta de congelado destinada a la actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 019-2000-PE/DNPP MORDAZA, 15 de febrero del 2000 Visto el escrito con Registro Nº CE-00249003 de fecha 23 de diciembre de 1999 presentado por la empresa PRODUCTOS DE LOS ANDES S.A. CONSIDERANDO: Que los Articulos 43º inciso d) y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establecen que para la operacion de plantas de procesamiento pesquero se requiere de la licencia correspondiente, la que constituye un derecho que el Ministerio de Pesqueria otorga a nivel nacional; Que por Resolucion Ministerial Nº 315-96-PE del 7 de junio de 1996, se otorgo a PRODUCTOS DE LOS ANDES S.A., autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero, para desarrollar la actividad de congelado de recursos hidrobiologicos, a ubicarse en la Av. MORDAZA Mz. T2, lote Nº 16 - U.B. Nº 02, MORDAZA Nor-Oeste de la MORDAZA de Casma, provincia de Casma, departamento de MORDAZA, con la capacidad proyectada de 6 t/dia; Que mediante Resolucion Directoral Nº 231-98-PE/DNPP del 17 de diciembre de 1998, se declaro improcedente la solicitud presentada por PRODUCTOS DE LOS ANDES S.A. para la obtencion de la licencia de operacion de su planta de congelado, instalada en su establecimiento industrial pesquero, citado en el considerando anterior; Que a traves del escrito del visto, la empresa PRODUCTOS DE LOS ANDES S.A. solicita licencia para la operacion de la citada planta; Que la Direccion del Medio Ambiente mediante Oficio Nº 193-98-PE/DIREMA del 5 de marzo de 1998, ratificado por el Oficio Nº 822-99-PE/DIREMA del 23 de diciembre de 1999, manifiesta que la recurrente ha cumplido con implementar las medidas de mitigacion aprobadas en su Estudio de Impacto Ambiental; Estando a lo informado por la Direccion de Normas de la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 002-2000-PE/DNPP-Dn de fecha 10 de enero del 2000, el cual sustenta la procedencia tecnica de lo solicitado y senala que la recurrente ha cumplido con los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 26 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-99-PE y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con los Articulos 43º inciso d) y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, los Articulos 55º y 60º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0194-PE y modificado por Decreto Supremo Nº 09-94-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a PRODUCTOS DE LOS ANDES S.A. licencia para la operacion de su planta de congelado destinada a la actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos para el consumo humano directo, en el establecimiento industrial pesquero ubicado en la Av. MORDAZA Mz. T2, lote Nº 16 - U.B. Nº 02, MORDAZA Nor-Oeste de la MORDAZA de Casma (Panamericana Norte Km. 376), provincia de Casma, departamento de MORDAZA, con la siguiente capacidad instalada: Congelado : 6 t/dia La planta de congelado incluye una camara para el almacenamiento de productos congelados con una capacidad de 53 t. Articulo 2º.- PRODUCTOS DE LOS ANDES S.A., debera operar su planta de congelado con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo debera contar con un sistema de control del MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final y cumplir con ejecutar las medidas de mitigacion planteadas en su Estudio de Impacto Ambiental y verificadas por la Direccion de Medio Ambiente, segun consta en el Oficio Nº 822-99-PE/DIREMA de fecha 23 de diciembre de 1999. Articulo 3º.- Incorporar al anexo Nº III, "Plantas de Procesamiento Pesquero - Congelado" de la Resolucion Ministerial Nº 39498-PE a la planta de congelado de la empresa PRODUCTOS DE LOS ANDES S.A. ubicada en Casma con una capacidad de 6 t/dia.

Articulo 4º.- El incumplimiento de lo establecido en el Articulo 2º de la presente Resolucion sera causal de caducidad del derecho otorgado. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion Directoral a la Direccion Regional de Pesqueria Ancash. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Procesamiento Pesquero (e) 1826

Aprueban cambio de nombre de titular de licencia de operacion para desarrollar actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 020-2000-PE/DNPP MORDAZA, 15 de febrero del 2000 Visto el escrito de Registro Nº CE-00163001, del 10 de noviembre de 1999, presentado por PESCA PERU TAMBO DE MORDAZA NORTE S.A.; CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 380-95-PE del 12 de MORDAZA de 1995, se otorgo a la EMPRESA NACIONAL PESQUERA S.A. - PESCA PERU licencia de operacion para que desarrolle la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos para la produccion de harina de pescado, en su Unidad Operativa Nº 4107, con una capacidad de 132 t/h de procesamiento de materia prima, ubicada en el distrito de Tambo de MORDAZA, provincia de Chincha, departamento de Ica, en base a la cual en el MORDAZA del MORDAZA de inversion privada en el ambito de las empresas que conforman la actividad empresarial del Estado, se creo la empresa PESCA PERU TAMBO NORTE S.A.; Que por Resolucion Ministerial Nº 107-94-PE de 17 de marzo de 1994, se precisa que durante la vigencia de la licencia para la operacion de cada planta de procesamiento, la transferencia en propiedad o cambio de posesion del establecimiento industrial pesquero, conlleva la transferencia de dicha licencia en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada; Que mediante el escrito del visto, PESCA PERU TAMBO DE MORDAZA NORTE S.A. solicita cambio del titular de operacion otorgada a la EMPRESA NACIONAL PESQUERA S.A. - PESCA PERU, mediante la Resolucion citada en el primer considerando, por cuanto la Unidad Operativa Nº 4107 ha pasado a formar parte de su patrimonio; Estando a lo informado por la Direccion de Normas de la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero a traves del Informe Nº 178-99-PE/DNPP-Dn del 26 de noviembre de 1999, que sustenta la procedencia tecnica de lo solicitado y que concluye que la recurrente ha cumplido con los requisitos exigidos en el Procedimiento Nº 25 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-99-PE y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en los Articulos 43º inciso d), 45º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca; los Articulos 59º y 60º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, modificado mediante el Decreto Supremo Nº 09-94-PE, y la Resolucion Ministerial Nº 107-94-PE; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el cambio de nombre de titular de la licencia de operacion otorgada a EMPRESA NACIONAL PESQUERA S.A. - PESCA PERU, mediante la Resolucion Ministerial Nº 380-95-PE, a favor de PESCA PERU TAMBO DE MORDAZA NORTE S.A. para que se dedique al procesamiento de recursos hidrobiologicos para la produccion de harina de pescado, en su establecimiento ubicado en el distrito de Tambo de MORDAZA, provincia de Chincha, departamento de Ica, con la siguiente capacidad instalada: Harina de pescado : 132 t/h de procesamiento de materia prima. Articulo 2º.- La empresa PESCA PERU TAMBO DE MORDAZA NORTE S.A. debera operar su establecimiento industrial pesquero con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el