Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2000 (17/02/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, jueves 17 de febrero de 2000

NORMAS LEGALES

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Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-1996-97; y, en uso de la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 003-98; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco Wiese Sudameris la apertura de las Oficinas Especiales ubicadas en: - Carretera Panamericana Sur km. 26.5, distrito de Lurin, provincia y departamento de Lima; y, - Av. MORDAZA MORDAZA Nº 2362, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunta de Banca 1908 RESOLUCION SBS Nº 0079-2000 MORDAZA, 8 de febrero del 2000 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Wiese Sudameris para que esta Superintendencia autorice la apertura de la Agencia San MORDAZA ubicada en la MORDAZA MORDAZA MORDAZA esquina con la Av. MORDAZA Derteano s/n, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica la apertura de la citada Agencia; Estando a lo informado por el Intendente de Analisis y Supervision de Intermediarios Financieros "C" mediante el Informe Nº ASIF "C" 018-OT/2000; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-1996-97; y, en uso de la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 003-98; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco Wiese Sudameris la apertura de la Agencia San MORDAZA ubicada en la MORDAZA MORDAZA MORDAZA esquina con la Av. MORDAZA Derteano s/n, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunta de Banca 1906

sus modificatorias y ampliatorias, Leyes Nºs. 26614, 26797, 26880, las mismas que se enmarcan en la transparencia de la gestion academica y administrativa, y la excelencia academica; Que, con fecha 4 de octubre de 1999 se expidio la Resolucion Nº 0848-99-PCR-UNE, mediante la cual, se declara la nulidad ipso jure de dieciseis (16) Resoluciones Decanales expedidas irregularmente por los ex Decanos de las Facultades de Humanidades y Ciencias de esta Universidad y como consecuencia de dicho acto administrativo, se deja sin efecto legal Resoluciones Rectorales, que ratificaron la aprobacion irregular de dichos Titulos Profesionales de Licenciado en Educacion por la Modalidad Automatica conforme al Articulo 22º de la Ley Nº 23733 Ley Universitaria, modificado por el Articulo 1º del Decreto Legislativo Nº 739 concordante a los incisos b) y c) del Articulo 43º, y 45º, 109º del Decreto Supremo Nº 002-94-JUS - T.U.O. de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, modificado por las Leyes Nºs. 26654, 26810, 26960; Que, el Articulo 4º de la Resolucion Nº 0848-99-PCR-UNE de fecha 4 de octubre de 1999, constituye la Comision Ad Hoc, encargada de adoptar y sugerir las acciones academicas y administrativas, tendientes a lograr la regularizacion de la situacion academica de los Bachilleres, que optaron irregularmente el Titulo Profesional de Licenciado en Educacion por la Modalidad Automatica. Dicha Comision Ad Hoc, con fecha 27 de enero del 2000 eleva el Informe Nº 001-2000-C.A. a la Presidencia de Comision de Reorganizacion de esta Universidad, recomendando las modalidades apropiadas para que los Bachilleres descritos en el Articulo 1º de la Resolucion Nº 0848-99-PCRUNE de fecha 4 de octubre de 1999, con la finalidad que logren regularizar su situacion academica, conforme a Ley y demas normas academicas; De conformidad con el Articulo 22º e inciso b) del Articulo 33º de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, modificada por el Decreto Legislativo Nº 739; y, En uso de sus atribuciones conferidas en el Articulo 4º de la Ley Nº 26457, modificado por el Articulo 3º de la Ley Nº 26614 y sus ampliatorias Leyes Nºs. 26797 y 26880 y a lo dispuesto en la Resolucion Suprema Nº 411-97-PCM, de fecha 21 de agosto de 1997; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR las recomendaciones contenidas en el Informe Nº 001-2000-C.A de fecha 27 de enero del 2000, expedida por la Comision Ad Hoc, constituida mediante el Articulo 4º de la Resolucion Nº 0848-99-PCR-UNE de fecha 4 de octubre de 1999. Articulo 2º.- DISPONER: Que, los veinte Bachilleres que a continuacion se indican: FACULTAD DE HUMANIDADES 1) 2) 3) 4) 5) 6) 7) 8) 9) 10) 11) 12) 13) 14) 15) 16) MORDAZA MORDAZA, Luz Zoraya SOLER MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA HUARANCA MORDAZA, MORDAZA Osvaldina MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA COYOTUPAC, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA CANTURIN, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA FACULTAD DE CIENCIAS: 1) 2) 3) 4) DEL RIO SAMPEN, MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Joselito MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA

UNIVERSIDADES
Establecen disposiciones para que bachilleres de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA regularicen situacion academica
UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACION MORDAZA MORDAZA y MORDAZA PRESIDENCIA RESOLUCION Nº 0908-2000-PCR-UNE Chosica, 1 de febrero del 2000 VISTO el Informe Nº 001-2000-C.A de fecha 27 de enero del 2000, expedida por la Comision Ad Hoc, constituida mediante el Articulo 4º de la Resolucion Nº 0848-99-PCR-UNE de fecha 4 de octubre de 1999. CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA se encuentra en MORDAZA de reorganizacion academica y administrativa por mandato imperativo de la Ley Nº 26457,

Deberan someterse al Programa de Actualizacion como requisito para optar el Titulo Profesional de Licenciado en Educacion y Licenciado en Administracion en la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA o a las otras modalidades prescritas por el Articulo 22º de la Ley Nº 23733 Ley Universitaria. Articulo 3º.- DISPONER: Que los citados Bachilleres indicados en el articulo precedente, no estan obligados a sufragar costo alguno, por el MORDAZA de titulacion. Articulo 4º.- DISPONER: Que, los Bachilleres, tienen como plazo improrrogable, a fin de presentar su peticion ante la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA y acogerse a cualquiera de las modalidades senaladas en el articulo precedente, hasta el 31 de diciembre del presente ano. Los Bachilleres que no presenten su peticion dentro del plazo MORDAZA senalado, deberan acogerse a las modalidades de Titulacion vigentes despues de la fecha indicada. Articulo 5º.- Dar por concluida las funciones de la Comision Ad Hoc, constituida mediante el Articulo 4º de la Resolucion Nº 0848-99-PCR-UNE de fecha 4 de octubre de 1999.