Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2015 (02/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

Miércoles 2 de setiembre de 2015 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DE SANTA MARÍA DEL MAR
Aprueban modificación del TUPA de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 01-2015-MSMM EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTA MARÍA DEL MAR Santa María del Mar, 31 de agosto de 2015 VISTOS: El Informe Nº 052-2015-OPP/MDSMM recepcionado por la Jefa de Asesoría Jurídica con fecha 28 de agosto del 2015, remitido por la Jefa de Planeamiento y Presupuesto, Memorándum Nº 181-2015-SG/MSMM de fecha 20 de agosto de 2015 remitido por la Secretaria General al Gerente Municipal y el Informe Nº 105 - 2015AJ/MSMM de fecha 31 de agosto de 2015 remitido por la Jefa de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades; establecen que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, teniendo en cuenta que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que el Artículo 36º, numeral 3 y Artículo 38º numeral 5 de la Ley Nº 27444 Ley de Procedimientos Administrativos señala que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplificación de los mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, y que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar mediante Decreto de Alcaldía en caso de los gobiernos locales; Que, el Artículo 42 de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 154-2011-MSMM de fecha 10 de agosto del 2011 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 10 de noviembre del 2011, la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar aprueba su Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA; Ordenanza que fue ratificada por la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Acuerdo de Concejo Nº 1291 de fecha 27 de octubre del 2011 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 10 de noviembre del 2011; Que, mediante Oficio Nº 340 ­ 2015/INDECOPI ­ CEB, la Secretaria Técnica de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas de INDECOPI, comunica a la Municipalidad de Santa María del Mar que en ejercicio de las facultades que le han sido conferidas a la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del INDECOPI a través del Artículo 26 BIS del Decreto Ley Nº 25868 y de conformidad con el Artículo 1º del Decreto Legislativo Nº 807, Ley de Facultades, Normas y Organización del Indecopi, la Secretaria Técnica viene realizando una investigación con la finalidad de identificar barreras burocráticas presuntamente ilegales o irracionales. La investigación se encuentra relacionada con los procedimientos administrativos vinculados con edificaciones que se encuentren sujetos a la Ley Nº 29090 ­ Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas

y Edificaciones, y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos publicado en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Santa María y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas. Que, los procedimientos que han sido observados en el Oficio Nº 340 ­ 2015/INDECOPI ­CEB de fecha 19 de agosto de 2015 son; Certificado de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, Licencia de edificación modalidad A, ampliación de Vivienda familiar modalidad A que no supere los 200m2, Licencia de edificación Modalidad C (aprobación con evaluación previa de la Comisión Técnica) y Anteproyecto en consulta. La observación fue hecha a los requisitos y plazos estipulados para estos procesos, indicando que no se encontraban acorde a lo estipulado en la Ley Nº 29090 ­ Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones y su reglamento, y la Ley Nº 30230, Ley que establece medidas tributarias simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país. Que, mediante Memorando Nº 181 ­ 2015-SG/ MSMM de fecha 20 de agosto de 2015, la Secretaria General solicitó información a la Gerencia Municipal sobre la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad. Que, mediante Informe Nº 052-2015-OPP/MDSMM de fecha 28 de agosto de 2015 la Jefa de Planeamiento y Presupuesto concluye que las "modificaciones de los procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) detallados, se sustentan en la Ley Nº 30230, Ley 29090 y el Decreto Supremo Nº008 ­ 2013-VIVIENDA, dichas normas detallan claramente los lineamientos Con el cual se deben de modificar en el TUPA, por lo cual la Oficina de Planeamiento y Presupuesto considera de gran importancia la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de la Entidad Municipal, en el marco de las normas precisadas, con lo cual el TUPA de la Municipalidad se encuentra en el marco de la Política de Simplificación Administrativa y de la Modernización Municipal, de igual forma del fortalecimiento de la Institucionalidad de la Gestión Municipal (...)". Que, mediante Informe Nº 105-2015-AJ/MSMM de fecha 31 de agosto de 2015, la Jefa de Asesoría Jurídica considera que del análisis del contenido del Oficio Nº 340 2015/INDECOPI ­CEB, respecto de las observaciones efectuadas a los requisitos y plazos establecidos para alguno de los procedimientos que estipula el TUPA de la Municipalidad de Santa María del Mar, es procedente su modificación debido a que los requisitos y/o plazos establecidos para los procedimientos observados en el Oficio Nº 340- 2015/ INDECOPI ­CEB no corresponden con los requisitos y plazos que estipula la Ley Nº 29090 ­ Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones y su reglamento, por lo tanto indica que es procedente efectuar la modificación de los requisitos estipulados para los procedimientos observados en el Oficio Nº 340 2015/INDECOPI ­CEB remitido por la Secretaria Técnica de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del INDECOPI. Asimismo indica que se debe proceder con la elaboración del Decreto de Alcaldía en el que se resuelva la modificación de los requisitos y plazos de los procedimientos observados en el Oficio Nº 340 2015/INDECOPI ­CEB. En uso de las atribuciones conferida en el Artículo 20º, así como el Artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR las siguientes Modificaciones al Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar aprobado por la Ordenanza Nº 154-2011MSMM, bajo los siguientes considerandos: 1. DISPONER las siguientes Modificaciones al Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar aprobado por la Ordenanza Nº 154-2011-MSMM y modificatorias, precisada en los 6 anexos que forman parte integrante del presente Decreto de Alcaldía.