Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2015 (02/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Miércoles 2 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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circulación de personas y la migración, medio ambiente y cambio climático; Que, es necesario que el Director de Protección y Asistencia al Nacional, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, asista a la citada reunión, a fin de asegurar un seguimiento diplomático y político adecuado de la posición del Perú en el marco de ese mecanismo; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.° 4196, del Despacho Viceministerial, de 20 de agosto de 2015; y los Memorandos (DGC) N.° DGC0953/2015, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, de 18 de agosto de 2015; y (OPR) N.° OPR0265/2015, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 27 de agosto de 2015, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.º 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 0472002-PCM, modificado por Decreto Supremo N.º 0562013-PCM; la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modificatorias; la Ley N.º 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento; y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N.º 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Carlos Manuel Vallejo Martell, Director de Protección y Asistencia al Nacional, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 8 al 10 de setiembre de 2015, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0053774 Negociación de Acuerdos Migratorios, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasaje Viáticos aéreo clase N.° de Total Viátipor día económica días cos US$ US$ US$ 580,00 370,00 3+1 1 480,00

Que el Decreto Supremo N° 016-2007-RE, del 24 de marzo de 2007, establece disposiciones relativas a la publicidad de las resoluciones del Consejo de Seguridad que se adopten en el marco del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas; Que, el 26 de marzo de 2015, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aprobó la Resolución 2211 (2015), referida a la situación relativa a la República Democrática del Congo, siendo ésta de obligatorio cumplimiento para los Estados Miembros de las Naciones Unidas conforme a lo señalado en la Carta de la Organización; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Publicar, para conocimiento y debida observancia de sus disposiciones un resumen de los párrafos sustantivos de las partes considerativa y resolutiva de la Resolución 2211 (2015) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, referida a la situación relativa a la República Democrática del Congo. El texto completo de dicha resolución se encuentra publicado en el portal de Internet de la Organización de las Naciones Unidas (www.un.org). Artículo 2°.- Sin carácter restrictivo, entiéndase que las instituciones involucradas en el cumplimiento de la Resolución 2211 (2015) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas son las siguientes: Ministerio de Defensa Ministerio del Interior Superintendencia Nacional Administración Tributaria

de

Aduanas

y

de

Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores Resumen Sustantivo de la Resolución del Consejo de Seguridad N° 2211 (2015) "Resolución 2211 (2015) Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 7415ª sesión, celebrada el 26 de marzo de 2015 El Consejo de Seguridad, ... Reafirmando su decidido compromiso con la soberanía, la independencia, la unidad y la integridad territorial de la República Democrática del Congo y de todos los Estados de la región, y poniendo de relieve la necesidad de respetar plenamente los principios de no injerencia, buena vecindad y cooperación regional, ... Observando que el este de la República Democrática del Congo ha seguido sufriendo de ciclos recurrentes de conflicto y violencia persistente por parte de grupos armados, tanto congoleños como extranjeros, recordando la importancia estratégica de la aplicación del Marco para la Paz, la Seguridad y la Cooperación en la República Democrática del Congo y la Región (Marco PSC), y reiterando su llamamiento a todos los signatarios a que cumplan sin demora, plenamente y de buena fe sus compromisos respectivos en el marco de dicho acuerdo, a fin de hacer frente a las causas profundas del conflicto, poner fin a los ciclos recurrentes de violencia y promover el desarrollo regional duradero, Alentando a que continúen los esfuerzos del Secretario General de las Naciones Unidas, la Conferencia Internacional sobre la Región de los Grandes Lagos (CIRGL), la Comunidad de África Meridional para el Desarrollo (SADC) y la Unión Africana por restaurar la paz y la seguridad en el este de la República Democrática del Congo, alentando al Gobierno de la República Democrática del Congo a que asegure una estrecha y continua cooperación con ellos y otros asociados internacionales, y reconociendo los esfuerzos del Gobierno de la República

Nombres y Apellidos Carlos Manuel Vallejo Martell

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar a la Ministra de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1281235-2

Disponen publicar un resumen de los párrafos sustantivos de las partes considerativa y resolutiva de la Resolución 2211 (2015) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, referida a la situación relativa a la República Democrática del Congo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0775/2015-RE Lima, 31 de agosto de 2015