Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2015 (02/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Miércoles 2 de setiembre de 2015 /

El Peruano

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Autorizan viaje de funcionaria del Ministerio a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 171-2015-JUS Lima, 1 de setiembre de 2015 VISTO, Oficio Nº 784-2015-JUS/DGDP, de la Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia; CONSIDERANDO: Que, mediante comunicación electrónica del 14 de agosto de 2015, la representante de Relaciones Institucionales en el Ámbito Internacional, de la Defensoría General de la Nación Argentina, convoca al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a participar en la Reunión del Consejo Directivo de la Asociación Interamericana de Defensorías Públicas AIDEF así como en la Reunión con los integrantes del Consejo Directivo de la AIDEF, a llevarse a cabo del 02 al 05 de setiembre de 2015, en la ciudad de Santiago, República de Chile; Que, la Asociación Interamericana de Defensorías Públicas - AIDEF, está integrada por instituciones estatales de Defensa Pública y Asociaciones de Defensores Públicos que tienen a su cargo la representación, asesoría y defensa técnica en juicio de personas según las leyes, constituciones y tratados internacionales vigentes en cada país, cuyo objetivo es la coordinación de las entidades asociadas, para unificar criterios de defensa pública, capacitación en materia de defensa para coadyuvar al desarrollo intelectual y profesional de cada miembro de las entidades asociadas; Que, las mencionadas reuniones tienen por objetivo convalidar el "Manual Regional Ejecución de la Pena para Defensorías Públicas" y el "Manual sobre mujeres privadas de libertad", así como la participación del Perú en proyectos de asistencia técnica gestionados a través de la AIDEF y la firma de las actas correspondientes; Que, teniendo en cuenta la importancia y trascendencia de los eventos antes mencionados, resulta de interés institucional autorizar el viaje de la señora abogada María de Lourdes Zamudio Salinas, Directora General de la Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia, para que participe en representación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en los mencionados eventos; Que, los gastos que genere dicho viaje serán asumidos con cargo al presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 011-2012JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y sus modificatorias; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje la señora abogada María de Lourdes Zamudio Salinas, Directora General de la Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia, del 03 al 05 de setiembre de 2015, a la ciudad de Santiago, República de Chile, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, serán cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes Viáticos x 03 días

US$ 1 349.89 US$ 1 110.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, la profesional citada en el artículo 1º de la presente Resolución deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros GUSTAVO ADRIANZÉN OLAYA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1282168-5

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican Enmienda al Anexo del Memorando de Entendimiento entre las Naciones Unidas y el Gobierno de la República del Perú respecto de la contribución al Sistema de Acuerdos de Fuerzas de Reserva de las Naciones Unidas
DECRETO SUPREMO Nº 044-2015-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la "Enmienda al Anexo del Memorando de Entendimiento entre las Naciones Unidas y el Gobierno de la República del Perú respecto de la contribución al Sistema de Acuerdos de Fuerzas de Reserva de las Naciones Unidas", fue formalizada mediante intercambio de Notas, Nota 7-1-S/110 de la Misión Permanente del Perú ante las Naciones Unidas, de fecha 10 de julio de 2015; y Nota DPKO/ OMA/2015/0811 del Secretariado de la Naciones Unidas, de fecha 23 de julio de 2015; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República a celebrar y ratificar Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase la "Enmienda al Anexo del Memorando de Entendimiento entre las Naciones Unidas y el Gobierno de la República del Perú respecto de la contribución al Sistema de Acuerdos de Fuerzas de Reserva de las Naciones Unidas" formalizada mediante intercambio de Notas, Nota 7-1S/110 de la Misión Permanente del Perú antes las Naciones Unidas, de fecha 10 de julio de 2015; y Nota DPKO/OMA/2015/0811 del Secretariado de las Naciones Unidas, de fecha 23 de julio de 2015. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores