Norma Legal Oficial del día 01 de agosto del año 2013 (01/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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propuesta de integracion a la trama MORDAZA mas cercana, y segun lo establecido en el Reglamento Nacional de Edificaciones- RNE. Asimismo, el numeral 23.2 del articulo MORDAZA citado indica que los Planeamientos Integrales son aprobados por las municipalidades distritales, en los casos que establece el Reglamento Nacional de EdificacionesRNE, como condicion previa para la aprobacion de los proyectos de Habilitaciones Urbanas establecidas en la Ley Nº 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones y sus reglamentos; Que, la MORDAZA G.040, del Reglamento Nacional de Edificaciones, Definiciones, Articulo Unico, indica que el Planeamiento MORDAZA, es el que comprende la organizacion del uso del suelo, la zonificacion y vias, de uno o varios predios rusticos, cuyo objetivo es establecer las caracteristicas que deberan tener los proyectos de Habilitacion MORDAZA a realizarse en etapas sucesivas; y la MORDAZA GH. 020, Articulo 39º del RNE, indica que el Planeamiento Integral aprobado tendra una vigencia de 10 anos. Disposicion legal por la que el Planeamiento Integral de las parcelaciones semirusticas "Las Casuarinas", "Lomas de Monterrico", "Laderas de Monterrico" y "Panedia", aprobado por la Ordenanza Nº 103-MSS, publicada el 1 de junio de 2002, ha vencido; Que, el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que "Las Ordenanzas de las municipalidades, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion, supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. Mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley. (...)". Asimismo el Articulo 9º inciso 8) de la misma MORDAZA, senala que corresponde al Concejo Municipal "Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos"; Que, mediante Informe Nº 318-2013-SGPUC-GDUMSS del 17.07.2013, la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, adjunta el Memorandum Nº 034-2013SFC-APU y el Informe Nº 190-2013-SGPUC-GDU-GRP, ambos de fecha 16.07.2013, haciendolos suyos en todos sus extremos, senala que las parcelaciones semirusticas "Las Casuarinas", "Lomas de Monterrico", "Laderas de Monterrico" y "Panedia", tienen Zonificacion Residencial de Densidad Muy Baja (RDMB), aprobada por la Ordenanza Nº 912-MML; con una altura MORDAZA de edificacion de 2 pisos de acuerdo a la Ordenanza Nº 265-MSS; con viviendas unifamiliares de extension superficial considerable, que por sus caracteristicas fisicas y la condicion de semirusticas, ha priorizado la conservacion de jardines en los frentes de lotes, que se integran con el tratamiento de la fachada, otorgandole una caracteristica particular al sector; asimismo, se indica que segun el Plano del Sistema Vial del Distrito, aprobado mediante Ordenanza Nº 181-MSS, las secciones viales de las parcelaciones semirusticas, corresponden a vias Locales Secundarias, de uso exclusivo para el acceso a dichas propiedades, siendo el flujo vehicular y peatonal minimo, sin continuidad, y que no es utilizado para conectarse con otros sectores del distrito; tambien se indica que en el Planeamiento Integral aprobado con la Ordenanza Nº 103-MSS, de fecha 01.06.2002, y su modificatoria la Ordenanza Nº 153-MSS, que establecian las secciones viales para las parcelaciones semirusticas de "Las Casuarinas", "Lomas de Monterrico", "Laderas de Monterrico" y "Panedia", ha caducado, sin que los modulos de vereda y berma hayan sido acondicionados conforme a dicho planeamiento; siendo utilizados como jardines, con arboles, arbustos y en algunos casos cuenta con senderos peatonales y/o elementos de MORDAZA peatonal sobre los jardines, los cuales resulta necesario preservar por el grado de consolidacion y fines ecologicos, aprobando el Planeamiento Integral correspondiente, conforme a la propuesta de secciones viales del Plano adjunto (Lamina L-01); Que, con Informe Nº 224-2013-GDU-MSS del 19.07.2013, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, expresa su conformidad a lo opinado por la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, a traves del Informe Nº 318-2013-SGPUC-GDU-MSS, y remite el proyecto de Ordenanza sobre el Planeamiento Integral de las parcelaciones semirusticas "Las Casuarinas", "Lomas de

El Peruano Jueves 1 de agosto de 2013

Monterrico", "Laderas de Monterrico" y "Panedia", para la prosecucion del tramite respectivo; Que, a traves del Informe Nº 532-2013-GAJ-MSS del 19.07.2013 la Gerencia de Asesoria Juridica, senala que respecto a la prepublicacion del presente proyecto de Ordenanza, corresponde exonerarse de dicha publicacion en aplicacion del articulo 14º, numeral 3, inciso 3.2 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, el cual indica que cuando la entidad por razones debidamente fundamentadas, en el proyecto de MORDAZA, considere que la pre publicacion de la MORDAZA es impracticable, innecesaria o contraria a la seguridad o al interes publico; por ser un mecanismo de gestion para el mejor ordenamiento del territorio distrital. Asimismo, teniendo en cuenta la documentacion obrante y la normativa vigente, concluye emitiendo opinion favorable respecto a la presente propuesta de Ordenanza, correspondiendo elevar los actuados ante el Concejo Municipal, para su aprobacion conforme a sus facultades; Que, mediante Memorandum Nº 641-2013-GMMSS de fecha 19.07.2013, la Gerencia Municipal senala encontrar conforme el presente proyecto de Ordenanza; Estando al Dictamen Conjunto Nº 07-2013-CDL-CAJMSS, de las Comisiones de Desarrollo Local y Asuntos Juridicos, al Informe Nº 532-2013-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, en uso de las facultades establecidas en los Articulos 9º numerales 8) y 9), 39º y 40º de la Ley Nº 27972; el Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, aprobo por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLANEAMIENTO INTEGRAL DE LAS PARCELACIONES SEMIRUSTICAS "LAS CASUARINAS", "LOMAS DE MONTERRICO", "LADERAS DE MONTERRICO" Y "PANEDIA" Articulo Primero.- APROBAR el Planeamiento Integral para las parcelaciones semirusticas "Las Casuarinas", "Lomas de Monterrico", "Laderas de Monterrico" y "Panedia", que contiene zonificacion y vias locales. Articulo Segundo.- ESTABLECER como Secciones Viales de las parcelaciones semirusticas "Las Casuarinas", "Lomas de Monterrico", "Laderas de Monterrico" y "Panedia" las siguientes: A. VIAS LOCALES PREFERENCIALES: A.1 MORDAZA El Cascajal: Tramo entre la MORDAZA Las Colinas hasta su empalme con la MORDAZA Jacaranda. Seccion D-D, 12.00 ml A.2 MORDAZA Las Colinas: Tramo entre la avenida Tomasal y la MORDAZA El Cascajal Seccion F-F, 10.00 ml B. VIAS LOCALES SECUNDARIAS: B. 1 MORDAZA Cerro San MORDAZA, con seccion variable: Tramo entre la avenida Tomasal y la MORDAZA El Cascajal Seccion B-B, 16.60 ml Tramo entre la MORDAZA El Cascajal y la MORDAZA Las Laderas. Seccion C-C, 18.00 ml Tramo entre la MORDAZA Las Laderas y el pasaje Los Montes. Seccion D-D, 12.00 ml Tramo entre el Pasaje Los MORDAZA y la MORDAZA Las Colinas Seccion E-E, 11.00 ml Tramo entre MORDAZA Las Colinas y el final Seccion G-G, 9.00 ml B. 2 MORDAZA Las Laderas, con seccion variable: Tramo entre la MORDAZA Las Poncianas y la MORDAZA Cerro San MORDAZA Seccion D-D, 12.00 ml Tramo entre la MORDAZA Cerro San MORDAZA y la MORDAZA La Cuesta. Seccion E-E, 11.00 ml Tramo entre la MORDAZA La Cuesta y la MORDAZA Las Colinas