Norma Legal Oficial del día 01 de agosto del año 2013 (01/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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RESIDUO LIQUIDO.- Efluente residual evacuado desde las instalaciones de un establecimiento productivo o de servicios de caracter publico o privado, cuyo destino directo o indirecto son los cuerpos de agua receptores. RESIDUO SOLIDO URBANO.- Es el sobrante o resto de las actividades humanas desarrolladas en los predios de la MORDAZA, considerados por sus generadores como inutil, indeseable o desechable, que se presenta en estado solido o semisolido. Tambien se incluye dentro de esta definicion aquel residuo proveniente de las actividades del aseo de calles, plazuelas y monumentos. RESIDUOS NO PELIGROSOS.- Son aquellos desechos solidos que no se encuentran estipulados como peligrosos en el anexo 6 del reglamento de la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Solidos. RESIDUOS PELIGROSOS.- La calificacion de residuos peligrosos se realizara de acuerdo a los anexos 4 y 5 del Reglamento de la Ley General de Residuos Solidos, Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM. El Ministerio de Salud, puede declarar como peligroso, en coordinacion con el sector competente y mediante resolucion ministerial, puede declarar como peligroso a otros residuos, cuando presenten algunas de las caracteristicas establecidas en el articulo 22 de la Ley General de Residuos Solidos o en el anexo 6 del decreto supremo Nº 057-2004-PCM. REUTILIZACION.- Toda actividad que permita reaprovechar directamente el bien, articulo o elemento que constituye el residuo solido, con el objeto de que cumpla el mismo fin para el cual fue elaborado originalmente. SEGREGACION.- accion de agrupar determinados componentes o elementos fisicos de los residuos solidos para ser manejados en forma especial. SEGREGADOR DE RESIDUOS INORGANICOS.- Es la persona que se dedica a la recuperacion de objetos, materiales u otros residuos inorganicos de los cuales pueden obtener valor economico. SEGREGADOR DE RESIDUOS ORGANICOS.- Es la persona que se dedica a recolectar residuos organicos producto de las actividades humanas desarrolladas en los predios de la ciudad. TRATAMIENTO.- Cualquier MORDAZA, metodo o tecnica que permita modificar la caracteristica fisica, quimica o biologica del residuo solido, a fin de reducir o eliminar su potencial peligro de causar danos a la salud y el ambiente. Articulo 4.MUNICIPALIDAD OBLIGACIONES DE LA

El Peruano Jueves 1 de agosto de 2013

Articulo 5.OBLIGACIONES ORGANIZACIONES DE RECICLADORES

DE

LAS

a) Cumplir con la normatividad vigente y autorizaciones correspondientes establecidas por el sector y por la municipalidad, de conformidad a lo establecido en la presente Ordenanza. b) Estar inscritos en el Registro Municipal de Organizaciones de Recicladores y Operadores de Residuos Solidos. c) Participar de la elaboracion, diseno e implementacion del servicio de recoleccion selectiva de residuos solidos. d) Remitir a la Municipalidad, un reporte mensual indicando la cantidad de residuos solidos recuperados para su reaprovechamiento, almacenamiento, acondicionamiento y/o comercializacion. e) Cumplir con lo establecido por la municipalidad, respecto de los sectores, rutas, horarios de circulacion y frecuencias de recoleccion de residuos reaprovechables. f) Supervisar/vigilar que los recicladores de su organizacion cuenten con los implementos y equipos previstos en la presente Ordenanza. g) Participar en las campanas de mejoramiento de la limpieza, areas verdes y otros que la Municipalidad organice y coordine oportunamente. h) Cumplir con las normas vigentes en la materia. TITULO II REGISTRO MUNICIPAL DE ORGANIZACIONES DE RECICLADORES Y OPERADORES DE RESIDUOS SOLIDOS - REMOR CAPITULO I COVOCATORIA PARA LA INSCRIPCION Articulo 6.- CONVOCATORIAPARALAINSCRIPCION EN EL REGISTRO MUNICIPAL PARA LA INSCRIPCION DE LOS OPERADORES DE RESIDUOS SOLIDOS Y DE LAS ORGANIZACIONES DE RECICLADORES 6.1 La convocatoria para la formalizacion esta dirigida tanto a los Operadores de Residuos Solidos como las Organizaciones de recicladores con personeria juridica que desarrollan actividades de recoleccion y transporte de residuos solidos. 6.2 La Municipalidad por intermedio de la Subgerencia de Gestion de Residuos Solidos y Saneamiento Ambiental, realizara la convocatoria para la formalizacion en el Registro Municipal de los Operadores de Residuos Solidos y establece las Organizaciones de Recicladores en las que podran participar: a) Operadores de Residuos solidos que pertenezcan a una Organizacion de recicladores que desarrolla actividades de recoleccion de residuos solidos. b) Organizaciones de recicladores con personeria juridica legalmente establecidas e inscritas en los registros publicos. 6.3 La convocatoria se realizara a traves del MORDAZA institucional de la Municipalidad (www.munilince.gob. pe) y un medio de comunicacion masivo, asi como con comunicacion a la Federacion Nacional de Recicladores del Peru - FENAREP, en el cual constara la fecha, la hora y el lugar en el que se MORDAZA inicio a la inscripcion en el Registro Municipal de Operadores de Residuos Solidos y de las Organizaciones de Recicladores. 6.4 Las inscripciones en el Registro Municipal de Operadores de Residuos Solidos y de las Organizaciones de Recicladores se realizaran hasta cubrir los predios ubicados en la jurisdiccion del distrito de Lince, de conformidad con la MORDAZA de caracterizacion que sera aprobada mediante Decreto de Alcaldia. CAPITULO II INSCRIPCION DE OPERADORES DE RESIDUOS SOLIDOS Articulo 7.- INSCRIPCION EN EL REGISTRO Es aquel procedimiento que los Operadores de Residuos Solidos deberan seguir para lograr su inscripcion en el

a) Es responsable de ejecutar acciones para la formalizacion de recicladores y recoleccion selectiva de residuos solidos. b) Implementar el Plan de Recoleccion Selectiva de residuos solidos. c) Implementar un servicio de recoleccion selectiva de residuos solidos operado por organizaciones de recicladores formalizados. d) Ejecutar acciones de difusion, sensibilizacion y educacion ambiental. e) Implementar el mecanismo legal, tecnico, operativo y administrativo para la formalizacion de los recicladores. f) Implementar el mecanismo de incentivos para la promocion de la segregacion en la fuente de los residuos solidos g) Fiscalizar el adecuado manejo selectivo de los residuos solidos. h) Promover, conjuntamente con la autoridad competente, la realizacion de campanas de vacunacion contra el Tetanos, Hepatitis B dirigidas a recicladores/as. i) Emitir un reporte anual de los avances en la implementacion del Plan de Recoleccion Selectiva de residuos solidos, el cual debera ser remitido al Ministerio del Ambiente -- MINAM.