Norma Legal Oficial del día 01 de agosto del año 2013 (01/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Jueves 1 de agosto de 2013

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Segundo. Que la Resolucion Administrativa Nº 0292008-CE-PJ, del 30 de enero de 2008 y sus modificatorias, establece que la finalidad de la Comision Nacional de Descarga Procesal es conducir el seguimiento y monitoreo de la descarga procesal de los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes a nivel nacional; y proponer al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las acciones complementarias que permitan operativizar dicha actividad. En tanto, las Comisiones Distritales tienen como finalidad monitorear el funcionamiento de los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes, a fin de coadyuvar al logro del objetivo institucional, dando cuenta a la Comision Nacional de Descarga Procesal, para cuyos fines se aprobaron los instrumentos normativos, lineamientos y procedimientos que optimicen el funcionamiento de los organos jurisdiccionales materia de evaluacion. Tercero. Que la Directiva N° 001-2012-CEPJ, denominada "Lineamientos Uniformes para el Funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales de Descarga Procesal", aprobada por Resolucion Administrativa N° 031-2012-CE-PJ, del 2 de marzo del presente ano, y modificada por Resoluciones Administrativas N° 084-2012-CE-PJ, N° 135-2012-CE-PJ y N° 177-2012-CE- PJ y N° 231-2012-CE-PJ, de fechas 8 de MORDAZA, 9 de MORDAZA, 17 de setiembre y 15 de noviembre de 2012, respectivamente, han establecido normas para la organizacion y funcionamiento de la Comision Nacional de Descarga Procesal y Comisiones Distritales de Descarga Procesal, a fin de alcanzar una mas efectiva descongestion de expedientes. Cuarto.Que, asimismo, con la ResolucionAdministrativa Nº 245-2012-CE-PJ, de fecha 5 de diciembre 2012, se aprobaron los estandares de expedientes resueltos a nivel nacional en sedes principales de Cortes Superiores de Justicia del pais; y por Resolucion Administrativa N° 062-2013-CE-PJ, del 3 de MORDAZA de 2013, se aprobaron los estandares de produccion de expedientes resueltos de organos jurisdiccionales que no son sedes principales de Cortes Superiores; y se dispone que los destaques, reubicaciones o encargo de funciones jurisdiccionales a labores administrativas no estan permitidos, salvo peticion sustentada a la Comision Nacional de Descarga Procesal, que se encargara de aprobar o desestimar el pedido. Quinto. Que por Resoluciones Administrativas N° 0202013-P-CE-PJ, del 29 de enero de 2013; N° 072-2013-CEPJ, del 25 de MORDAZA de 2013; y N° 098-2013-CE-PJ, del 31 de MORDAZA del ano en curso, se prorrogo el funcionamiento de diversos organos jurisdiccionales de descarga procesal hasta el 31 de MORDAZA de 2013, disponiendose ademas que las Comisiones Distritales de Descarga Procesal cumplan con monitorear el funcionamiento y produccion de los organos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal; asi como emitir informe de la labor realizada por los organos jurisdiccionales permanentes y transitorios. Sexto. Que del analisis de la informacion estadistica oficial, se observa que a nivel nacional la produccion de ciertos organos jurisdiccionales es menor al estandar establecido, y en ese sentido las Comisiones Distritales de Descarga Procesal deben avocarse a impulsar una mayor eficiencia de los organos jurisdiccionales que han registrado produccion menor al estandar o estudiar las posibles causas que conllevaron a obtener dicho resultado, debiendo informar y plantear soluciones tecnicas a la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal. Setimo. Que la Comision Nacional de Descarga Procesal ha consolidado las solicitudes de las Cortes Superiores de Justicia y ha realizado la evaluacion de las propuestas en base a la informacion estadistica registrada disponible en los sistemas informaticos del Poder Judicial a la fecha; asi como en base a los datos del Inventario Nacional, estableciendo asi la capacidad operativa de cada Corte Superior en la administracion de organos jurisdiccionales y la capacidad de optimizacion de recursos para la mejora de la productividad y eficiencia a nivel nacional, teniendo en cuenta la escasez de recursos presupuestales disponibles. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 5252013 de la trigesima sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, Walde MORDAZA, MORDAZA

Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ DICSCAMEC, ahora SUCAMEC. 9. Conforme a los articulos 7 y 16 del Decreto Legislativo Nº 1127, la estructura organica de la SUCAMEC considera como organo de la Alta Direccion al Gerente General, quien debera ser designado por el Superintendente Nacional. 10. De conformidad con lo dispuesto en la Tercera Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 004-2013-IN, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la SUCAMEC, el Superintendente Nacional podra disponer las acciones complementarias para la implementacion del MORDAZA ROF, asi como aprobar las disposiciones necesarias para su aplicacion. 11. En cumplimiento a las disposiciones mencionadas en los considerandos precedentes y para el normal desarrollo de la SUCAMEC, resulta necesario designar al Gerente General, quien se constituira en la MORDAZA autoridad administrativa de la institucion. 12. De conformidad con las facultades conferidas por la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos, el Decreto Legislativo Nº 1127, la Resolucion Suprema Nº 064-2013-IN y el Decreto Supremo Nº 004-2013-IN. SE RESUELVE: Designar al senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Zumaeta, como Gerente General de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC, considerado como cargo publico de confianza. Registrese, comuniquese y publiquese. DERIK MORDAZA LATORRE MORDAZA Superintendente Nacional 968871-1

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Prorrogan plazo de funcionamiento de diversos organos jurisdiccionales transitorios de diversos Distritos Judiciales y dictan disposiciones complementarias
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 140-2013-CE-PJ MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2013 VISTO: El Oficio N° 302-2013-P-CNDP-CE-PJ cursado por el Presidente de la Comision Nacional de Descarga Procesal, remitiendo propuesta de prorroga de organos jurisdiccionales transitorios en merito al acuerdo adoptado por la referida comision. CONSIDERANDO: Primero. Que la facultad de prorrogar, convertir y reubicar organos jurisdiccionales, asi como aprobar la demarcacion de los Distritos Judiciales y la modificacion de sus ambitos de competencia territorial, conforme a lo dispuesto en el articulo 82°, numerales 25) y 26), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, ha sido conferida al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; por lo que su puesta en practica a traves de resoluciones administrativas constituyen actos de administracion.