Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2020 (04/07/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

Sábado 4 de julio de 2020 /

El Peruano

modificado por los Decretos Supremos Nº 045-2020-PCM, Nº 046-2020-PCM, Nº 051-2020-PCM, Nº 053-2020-PCM, Nº 057-2020-PCM, Nº 058-2020-PCM, Nº 061-2020-PCM, Nº 063-2020-PCM, Nº 064-2020-PCM, Nº 068-2020-PCM, Nº 072-2020-PCM, Nº 083-2020-PCM y Nº 094-2020-PCM se declaró el Estado de Emergencia en todo el territorio del Perú dictando medidas de aislamiento social obligatorio e inmovilización para enfrentar la pandemia del Coronavirus (COVID-19), ante los altos indicadores de contagio y fallecidos por esta enfermedad, prorrogándolo hasta el 31 de julio de 2020 mediante Decreto Supremo Nº 116-2020-PCM; Que, según el Informe Nº 022-2020-GSAT/MDSA la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, solicita que la Ordenanza Nº 000280/MDSA y la Ordenanza Nº 000282/ MDSA sean prorrogadas por mantenerse vigente el Estado de Emergencia hasta el 31 de julio de 2020 mediante Decreto Supremo Nº 116-2020-PCM, debido que los contribuyentes no cumplieron con pagar a la Municipalidad Distrital de Santa Anita sus adeudos tributarios hasta la fecha como es debido. Siendo indispensable en la coyuntura sanitaria y económica en la que nos encontramos, brindar a los contribuyentes facilidades y estímulos para que puedan cumplir con sus obligaciones tributarias; Que, con Informe Nº 209-2020-GAJ-MDSA la Gerencia de Asesoría Jurídica emite su opinión favorable para la emisión del proyecto de Decreto de Alcaldía, cuyo objeto es la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 000280/ MDSA que aprueba las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, incentivos de pronto pago para el ejercicio 2020 y actualización de datos con carácter de declaración jurada y la Ordenanza Nº 000282/ MDSA que aprueba el beneficio tributario y administrativo de "Paga Fácil 2020", ambas hasta el 31 de julio de 2020; Que, el artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF dispone que el plazo para el pago de la deuda tributaria puede ser prorrogado, con carácter general, por la Administración Tributaria; Que, mediante Proveído Nº 211-2020-MDSA/GM la Gerencia Municipal remite los documentos para la proyección respectiva del Decreto de Alcaldía que prorrogue los beneficios del Pronto Pago y Paga Fácil; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de julio de 2020 la vigencia de la Ordenanza Nº 000280/MDSA publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 14 de febrero de 2020 en los siguientes conceptos:
· · · · · · Pago al contado Impuesto Predial Hasta el 31 de Julio 2020 Pago Fraccionado 1º y 2º Cuota del Impuesto Predial Hasta el 31 de Julio 2020 1º,2º,3º,4º,5º y 6º Cuota de los Arbitrios Municipales Hasta el 31 de Julio 2020 Único Pago Derechos de Emisión Hasta el 31 de Julio 2020 Régimen de incentivos de "Pronto Pago" fecha límite Hasta el 31 de Julio 2020 Declaración Jurada de Autoavalúo y/o actualización Hasta el 31 de Julio 2020 de datos.

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Ordenanza Municipal que define los giros afines o complementarios entre sí para el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento en el distrito de Ventanilla
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2020/MDV Ventanilla, 11 de junio de 2020. EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo virtual (en atención al Decreto de Urgencia Nº 26-2020, el mismo que faculta a los empleadores del sector público y privado a la realización de actividades de manera remota, es decir de manera virtual), de fecha 11 de junio de 2020, el Memorándum Nº 301-2020/MDV-GM de la Gerencia Municipal, el Informe Legal Nº 68-2020/MDV-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 143-2020/MDV-GSCYGRD de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastre, el Informe Nº 139-2020/MDVGSCyGRD-SGFyC de la Subgerencia de Fiscalización y Control, el Informe Nº 25-2020/MDV-GDE, Memorando Nº 117-2020/MDV-GDE, de la Gerencia de Desarrollo Económico, el Informe Nº 44-2020/MDV-GDE-SGPE de la Subgerencia de Promoción Empresarial, respecto al proyecto de Ordenanza Municipal que define los giros afines o complementarios entre sí para el otorgamiento de licencias de funcionamiento en el distrito de Ventanilla, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Informe Nº 25-2020/MDV-GDE la Gerencia de Desarrollo Económico, corre traslado del Informe Nº 44-2020/MDV-GDE-SGPE de la Subgerencia de Promoción Empresarial, los cuales requieren opinión legal y técnica respecto al alcance del Decreto Supremo Nº 9-2020-PRODUCE, por el cual se modifica el Decreto Supremo Nº 11-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos para determinar los giros afines o complementarios entre sí para el otorgamiento de licencias de funcionamiento y listado de actividades simultáneas y adicionales que pueden desarrollarse con la presentación de una declaración jurada ante las Municipalidades; Que, mediante Memorando Nº 143-2020/MDVGSCYGRD de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastre, traslada el Informe Nº 139-2020/MDV-GSCYGRD-SGFyC, de la Subgerencia de Fiscalización y Control, bajo el cual emite su opinión favorable, y hace de conocimiento la modificación e incorporación del Anexo I ­ Formato de solicitud para cambio de giro de negocio, el cual refiere a la Declaración Jurada para cambio de Giro de negocio siempre y cuando forme parte del Listado de actividades simultáneas y adicionales que pueden desarrollarse con la presentación de una declaración jurada antes las Municipalidades; con la finalidad que las personas tanto naturales como jurídicas que tengan negocios puedan generar ingresos y recursos para vivir ante la pandemia; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley No 27972, Ley Orgánica de Municipalidades dispone que los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del sector público; adicionalmente a ello, acorde con lo previsto en el artículo 79 numeral 3.6.4 de la citada ley; las municipalidades distritales en materia de organización del espacio físico y

Artículo Segundo.- PRORROGAR hasta el 31 de julio de 2020 la vigencia de la Ordenanza Nº 000282/ MDSA publicada en el diario oficial El Peruano el 01 de abril de 2020 que aprueba los Beneficios Tributarios y Administrativos denominados "PAGA FÁCIL 2020". Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, a la Gerencia de Administración y Finanzas, a la Subgerencia de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria, a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones y a la Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria, el estricto cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía, en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación la publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Anita: www.munisantanita.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSÉ LUIS NOLE PALOMINO Alcalde 1869774-1