Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2019 (12/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano / Sábado 12 de octubre de 2019

NORMAS LEGALES

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Transitorias y Finales y 14 Anexos, los mismos que como Anexo 1 forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas y Medidas Complementarias (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, el mismo que como Anexo 2 forma parte de la presente Ordenanza, actualizada a la Unidad Impositiva Tribularía ­ UIT vigente para efectos tributarios. Artículo Tercero.- DEROGAR las Ordenanzas Nº 236-2017-MVMT, Nº 237-2017-MVMT y Nº 238-2017MVMT; y la toda disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- INCORPORESE las demás Infracciones y Sanciones en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo aprobado por la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a las demás unidades orgánicas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano; y a la Subgerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo. www.munivmt.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ELOY CHAVEZ HERNANDEZ Alcalde 1815384-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE LA PERLA
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 009-2019-MDLP referente a beneficios generales extraordinarios y exoneraciones para el pago de deudas tributarias 2019 en el distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2019-MDLP La Perla, 3 de octubre de 2019 EL ALCALDE DE MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA VISTO: El Memorándum Nº 0580-2019-GATR-MDLP emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas de fecha 25 de Septiembre de 2019 con Asunto: Prórroga de la Vigencia de Ordenanza Nº 009-2019-MDLP por el 55º Aniversario del Distrito de La Perla, el Memorándum Nº 703-2019-GPP/MDLP de Gerencia de Planificación y Presupuesto de fecha 25 de Septiembre de 2019, el Informe Nº 938-2019-GAJ/MDLP de Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 30 de Septiembre de 2019, el Memorándum Nº 1547-2019-GM-MDLP de Gerencia Municipal de fecha 02 de Octubre de 2019; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305 ­ "Ley de Reforma Constitucional", precisa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 29792 ­ Ley Orgánica de Municipalidades,

que establece que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, asimismo, el artículo 42º de la Ley, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación a las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, el último párrafo del Artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, promulgado el 22 de Junio del 2013, precisa que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado con carácter general, por la Administración Tributaria; Que, la Primera Disposiciones Finales de la Ordenanza Nº 009-2019-MDLP de fecha 19 de Julio del 2019, establece: "DISPONGASE otorgar facultades al Alcalde para que pueda prorrogar la vigencia de la presente Ordenanza"; Que, mediante Memorándum Nº 0580-2019-GATRMDLP emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas de fecha 25 de Septiembre de 2019, precisa que esta Corporación Municipal expidió la Ordenanza Nº 0092019-MDLP de fecha 19 de Julio del 2019, que aprueba beneficios generales extraordinarios y exoneraciones para el pago de deudas tributarias 2019 en el Distrito de La Perla, indicando que la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 009-2019-MDLP de de fecha 19 de Julio del 2019, sea del período del 07 de Octubre de 2019 hasta el 07 de Noviembre del 2019, por motivo del 55º Aniversario del Distrito de La Perla; Que, mediante Memorándum Nº 703-2019-GPP/ MDLP de Gerencia de Planificación y Presupuesto de fecha 25 de Septiembre de 2019, concluye que se proceda a la aprobación de ampliación de la Ordenanza Nº 009-2019-MDLP de fecha de fecha 19 de Julio del 2019; Que, mediante Informe Nº 938-2019-GAJ/MDLP de Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 30 de Septiembre de 2019, opina por la procedencia de la aprobación de ampliación de la Ordenanza Nº 009-2019-MDLP de fecha de fecha 19 de Julio del 2019; Que, mediante Memorándum Nº 1547-2019-GMMDLP de Gerencia Municipal de fecha 02 de Octubre de 2019, toma conocimiento de los actuados y remite a Secretaria General los mismos, requiriendo emitir el Decreto de Alcaldía correspondiente; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas al Alcalde por el numeral 6 del artículo 20º en concordancia con el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 009-2019-MDLP de fecha 19 de Julio de 2019; la misma que será ampliada del 07 de Octubre de 2019 hasta el 07 de Noviembre del 2019, por motivo del 55º Aniversario del Distrito de La Perla. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR la publicación en el Diario Oficial El Peruano a SECRETARÍA GENERAL; derivándose a la SUBGERENCIA DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN para su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Perla (www. munilaperla.gob.pe), el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.servicioalciudadano.gob.pe) y el Portal del Estado Peruano (www.peru.pob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ANÍBAL NOVILO JARA AGUIRRE Alcalde 1815496-1