Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2019 (12/10/2019)


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NORMAS LEGALES

Sábado 12 de octubre de 2019 /

El Peruano

Mario Juvenal López Chávarri, Director General para Asuntos Económicos, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 16 al 18 de octubre de 2019, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0090930 Integración y Negociaciones Económicas Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasajes Aéreos Viáticos Total Número Clase por día viáticos de días Económica USD USD USD 385.00 370.00 3+1 1,480.00

Nombres y Apellidos

Mario Juvenal López Chávarri

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático presentará al Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO MEZA-CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores 1815096-1

Autorizan a la APCI el gasto por concepto de pasajes y viáticos de servidores civiles de PROMPERÚ que viajarán a Honduras, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0702/RE-2019 Lima, 7 de octubre de 2019 VISTO: El Memorándum (APC) N° APC00334/2019, de 18 de setiembre de 2019, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI y el Memorándum (DCI) N° DCI00630/2019, de 20 de setiembre de 2019, de la Dirección de Cooperación Internacional; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley N° 27692 y sus normas modificatorias, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI, es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, que ejecuta, programa y organiza la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, la cual se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo, y por consiguiente, goza de los beneficios tributarios que la ley establece; Que, el literal c) del artículo 2 de la Ley de Cooperación Técnica Internacional, aprobada por Decreto Legislativo N° 719, y sus normas modificatorias, establece que la Cooperación Técnica Internacional es el medio por el cual el Perú brinda preparación técnica, científica y cultural a peruanos en el país o en el extranjero, y a los extranjeros en el Perú; Que, la Quincuagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019

prorroga la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019, de la Sexagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, que autoriza a la APCI financiar con cargo a su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al tesoro público, la adquisición de pasajes, viáticos y seguros personales que permita el desplazamiento de personal peruano hacia el exterior para brindar asistencia técnica y capacitación, así como también para facilitar el desplazamiento de extranjeros hacia el Perú para recibir asistencia técnica y capacitación, ambos de corta duración; Que, asimismo, la citada Sexagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693 establece que los gastos que se efectúen en el marco de lo establecido por dicha disposición deberán contar previamente con una autorización aprobada mediante resolución del titular del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, la cooperación entre la República de Perú y la República de Honduras se enmarca en el Convenio Básico de Cooperación Técnica, suscrito en Tegucigalpa el 26 de junio de 1977, a través del cual se estableció que ambos países, en forma conjunta, elaborarán y ejecutarán Programas de Cooperación Técnica mediante una Comisión Mixta; Que, en la IV Reunión de la Comisión Mixta de Cooperación Técnica Peruana - Hondureña se aprobó el Programa de Cooperación Bilateral Perú - Honduras 20192021, conformado por cinco (5) proyectos, entre ellos, el proyecto denominado "Intercambio de experiencias en Inteligencia de Mercados y la prospectiva Comercial entre funcionarios de PROMPERÚ y la Secretaría de Desarrollo Económico de Honduras"; Que, en el marco del mencionado proyecto, se ha programado la actividad denominada "Intercambio de experiencias entre funcionarios de PROMPERÚ y SDE en Tegucigalpa, para tratar temas relacionados con la Inteligencia de Mercados y la Prospectiva Comercial" que se llevará a cabo en la ciudad de Tegucigalpa, República de Honduras, del 20 al 24 de octubre de 2019, cuyas instituciones ejecutoras son la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (PROMPERÚ) de la República del Perú y la Secretaría de Desarrollo Económico de Honduras (SDE) de la República de Honduras; Que, en la referida actividad la asistencia técnica y capacitación que brindará PROMPERÚ contribuirá al fortalecimiento de las capacidades técnicas de la SDE de Honduras en temas relacionados a la inteligencia de mercados para la promoción de exportaciones y la generación de información estadística y comercial, con la finalidad de elaborar una hoja de ruta que permita la implementación formal de un departamento de Inteligencia de Mercados en la SDE, lo que permitirá la generación de datos estadísticos y de inteligencia comercial con los socios actuales y en el comercio de Nación Más Favorecida (NMF) que sirva de apoyo a los procesos de negociación y administración de sus acuerdos comerciales vigentes incluyendo análisis de preferencias arancelarias en el contexto de los diferentes acuerdos comerciales con los que Honduras cuenta; Que, en dicha actividad participarán los servidores civiles de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (PROMPERÚ) de la República del Perú, de nacionalidad peruana, Cynthia Guadalupe Aliaga Samanéz y Luis Andrés Bravo Ochoa, quienes brindarán asistencia técnica y capacitación en la ciudad de Tegucigalpa, República de Honduras; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que irrogue el desplazamiento de los mencionados servidores civiles serán cubiertos con el presupuesto institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI; Que, mediante Memorándum N° 0776-2019-APCI/ OGA, de 13 de setiembre de 2019, la Oficina General de Administración de la APCI informó respecto del importe de los pasajes aéreos y viáticos a ser autorizados; asimismo, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la APCI, mediante Memorándums N° 0418-2019-APCI/OPP, de 10 de setiembre de 2019 y N° 0422-2019-APCI/OPP, de 12 de setiembre de 2019, indicó que se cuenta con