Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2019 (12/10/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 62
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NORMAS LEGALES
Sábado 12 de octubre de 2019 /
El Peruano
que son prestadores de los servicios de saneamiento, entre otras, las empresas prestadoras de servicios de saneamiento, que pueden ser públicas de accionariado estatal, públicas de accionariado municipal, privadas o mixtas; Que, el párrafo 52.1 del artículo 52 del Decreto Legislativo citado en el considerando precedente, dispone que el Directorio de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal está compuesto por un (1) representante, titular y suplente, de las municipalidades accionistas, propuesto a través de Acuerdo de Concejo Municipal; un (1) representante, titular y suplente, del gobierno regional, propuesto por el Consejo Regional a través del Acuerdo de Consejo Regional; y un (1) representante, titular y suplente, de la Sociedad Civil, propuesto por los colegios profesionales, cámaras de comercio y universidades, según sus estatutos o normas pertinentes; Que, mediante el Acuerdo de Consejo Regional Nº 040-2019-GRA/CR de fecha 24 de mayo de 2019, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, acuerda proponer a ocho (8) candidatos al cargo de Director titular y suplente de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Ayacucho S.A. - SEDA AYACUCHO, en representación del Gobierno Regional de Ayacucho; Que, conforme a lo dispuesto por los párrafos 53.2 y 53.5 del artículo 53 del mencionado Decreto Legislativo, la designación del representante del Gobierno Regional es efectuada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través de Resolución Ministerial, considerando a los candidatos propuestos por el Consejo Regional, teniendo dicha resolución mérito suficiente para su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas de la oficina registral correspondiente, siendo el único documento necesario para dicho fin; Que, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1280, aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA, dispone en el párrafo 63.3 del artículo 63, que la revisión, evaluación y designación del director, titular y suplente, representante del gobierno regional la realiza el MVCS, a través de Resolución Ministerial, entre la terna de candidatos aptos propuestos por el gobierno regional en cuyo ámbito opera la empresa prestadora pública de accionariado municipal; y en su párrafo 63.5 establece que, para tal efecto, el gerente general de la empresa prestadora pública de accionariado municipal solicita al gobierno regional, remita al MVCS el expediente de los candidatos a director, titular y suplente, propuestos a través del Acuerdo de Consejo Regional respectivo; Que, de conformidad por lo dispuesto por los artículos 8 y 9 del "Procedimiento de Designación y Vacancia de Directores de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Publicas de Accionariado Municipal", aprobado por Resolución Ministerial Nº 228-2018-VIVIENDA, la plataforma virtual es una herramienta tecnológica mediante la cual los proponentes registran, a sus candidatos y se publican los resultados de la revisión y evaluación de los expedientes, siendo la Dirección de Saneamiento de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, la responsable de la implementación del citado procedimiento, así como de la administración de la Plataforma Virtual y de la gestión y custodia del banco de datos de Directores; Que, mediante Memorándum Nº 828-2019-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS e Informe Nº 063-2019-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS, la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento remite los Informes Nº 226 y 273-2019-VIVIENDA/VMCSDGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento, los cuales hace suyos, en los que se comunica que revisado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normatividad vigente respecto de los ocho (08) candidatos propuestos por el Gobierno Regional de Ayacucho, se concluye que seis (06) de ellos resultan aptos. Sin embargo, posteriormente dos (02) de ellos: el señor Raúl Palacios Sulca y el señor Caleb Jaules Quicaña han desistido y renunciado a la postulación (el primero comunicó mediante correo electrónico su desistimiento al citado proceso de selección, y el segundo mediante Carta
Nº 132-2019-CALEB JAULES QUICAÑA renuncia a la postulación antes mencionada); por lo que evaluados los cuatro (04) candidatos aptos restantes, en razón al puntaje obtenido por los mismos, concluyen que corresponde que el señor Marino Bautista Chávez y el señor William Yupanqui Pillihuaman sean los representantes titular y suplente respectivamente, del Gobierno Regional ante el Directorio de la empresa SEDA AYACUCHO; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento y modificatorias, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA y modificatorias; el "Procedimiento de Designación y Vacancia de Directores de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal", aprobado por Resolución Ministerial Nº 228-2018-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designación del Director Titular de SEDA AYACUCHO Designar al señor Marino Bautista Chávez, como Director Titular, en representación del Gobierno Regional de Ayacucho, en el Directorio de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Ayacucho S.A. - SEDA AYACUCHO. Artículo 2.- Designación del Director Suplente de SEDA AYACUCHO Designar al señor William Yupanqui Pillihuaman, como Director Suplente, en representación del Gobierno Regional de Ayacucho, en el Directorio de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Ayacucho S.A. - SEDA AYACUCHO. Artículo 3.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento, a la Contraloría General de la República y a la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Ayacucho S.A. - SEDA AYACUCHO, para conocimiento y fines pertinentes. Artículo 4.- Publicación y difusión Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/ vivienda), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO YAÑEZ WENDORFF Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1816099-2
Designan Directores Titular y Suplente, en representación del Gobierno Regional de Puno, en el Directorio de EMSAPUNO S.A.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 323-2019-VIVIENDA Lima, 11 de octubre de 2019 VISTOS; el Oficio Nº 347-2019-EMSAPUNO/GG de la Empresa Municipal de Saneamiento Básico de Puno Sociedad Anónima - EMSAPUNO S.A., el Memorándum Nº 938-2019-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, el Informe Nº 264-2019-VIVIENDA/VMCSDGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento; y,