Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2019 (12/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Sábado 12 de octubre de 2019

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, dispone que son prestadores de los servicios de saneamiento, entre otras, las empresas prestadoras de servicios de saneamiento, que pueden ser públicas de accionariado estatal, públicas de accionariado municipal, privadas o mixtas; Que, el párrafo 52.1 del artículo 52 del Decreto Legislativo citado en el considerando precedente, dispone que el Directorio de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal está compuesto por un (1) representante, titular y suplente, de las municipalidades accionistas, propuesto a través de Acuerdo de Concejo Municipal; un (1) representante, titular y suplente, del gobierno regional, propuesto por el Consejo Regional a través del Acuerdo de Consejo Regional; y un (1) representante, titular y suplente, de la Sociedad Civil, propuesto por los colegios profesionales, cámaras de comercio y universidades, según sus estatutos o normas pertinentes; Que, mediante el Acuerdo Regional Nº 141-2019-GRPCRP de fecha 31 de julio de 2019, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Puno, acuerda proponer a tres (03) candidatos para ejercer el cargo de Director, titular y suplente, respectivamente, ante el Directorio de EMSAPUNO S.A., en representación del citado Gobierno Regional; Que, conforme a lo dispuesto por los párrafos 53.2 y 53.5 del artículo 53 del mencionado Decreto Legislativo, la designación del representante del Gobierno Regional es efectuada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, a través de Resolución Ministerial, considerando a los candidatos propuestos por el Consejo Regional, teniendo dicha resolución mérito suficiente para su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas de la oficina registral correspondiente, siendo el único documento necesario para dicho fin; Que, el párrafo 63.3 del artículo 63 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1280, aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA y modificatorias dispone que la revisión, evaluación y designación del director, titular y suplente, representante del gobierno regional la realiza el MVCS, a través de Resolución Ministerial, entre la terna de candidatos aptos propuestos por el gobierno regional en cuyo ámbito opera la empresa prestadora pública de accionariado municipal; estableciendo en su párrafo 63.5 que, para tal efecto, el gerente general de la empresa prestadora de servicios de saneamiento pública de accionariado municipal solicita, entre otros, al gobierno regional que remita al MVCS el expediente de los candidatos a director, titular y suplente, propuestos a través del Acuerdo de Consejo Regional respectivo; el MVCS efectúa la revisión y evaluación correspondiente, de acuerdo a las disposiciones y los plazos que para dicho fin apruebe el Ente Rector; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 8 y 9 del "Procedimiento para la Designación y Vacancia de Directores de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal", aprobado por Resolución Ministerial Nº 228-2018-VIVIENDA, la plataforma virtual es una herramienta tecnológica mediante la cual los proponentes registran a sus candidatos y se publican los resultados de la revisión y evaluación de los expedientes, siendo la Dirección de Saneamiento de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, la responsable de la implementación del citado procedimiento, así como de la administración de la Plataforma Virtual y de la gestión y custodia del banco de datos de Directores; Que, mediante el Memorándum N° 938-2019-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS, la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, con el sustento del Informe N° 264-2019-VIVIENDA/VMCSDGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento opina que revisado y evaluado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normatividad aplicable respecto de los tres candidatos propuestos por el Gobierno Regional de Puno para integrar el Directorio de EMSAPUNO S.A., este debe estar conformado por el señor Juan Walter Tudela

Mamani como Director titular, y por el señor Héctor Efraín Flores Ortega como Director suplente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento y modificatorias, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA y modificatorias; el "Procedimiento para la Designación y Vacancia de Directores de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal", aprobado por Resolución Ministerial Nº 228-2018-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designación del Director Titular de EMSAPUNO S.A. Designar al señor Juan Walter Tudela Mamani, como Director Titular, en representación del Gobierno Regional de Puno, en el Directorio de la Empresa Municipal de Saneamiento Básico de Puno Sociedad Anónima EMSAPUNO S.A. Artículo 2.- Designación del Director Suplente de EMSAPUNO S.A. Designar al señor Héctor Efraín Flores Ortega, como Director Suplente, en representación del Gobierno Regional de Puno, en el Directorio de la Empresa Municipal de Saneamiento Básico de Puno Sociedad Anónima - EMSAPUNO S.A. Artículo 3.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento, a la Contraloría General de la República y a la Empresa Municipal de Saneamiento Básico de Puno Sociedad Anónima - EMSAPUNO S.A., para conocimiento y fines pertinentes. Artículo 4.- Publicación y difusión Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/ vivienda), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO YAÑEZ WENDORFF Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1816099-3

ORGANISMOS EJECUTORES

SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Aprueban programación de pagos de prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional, correspondientes a solicitudes de prestaciones económicas de sepelio al Calendario abril 2019
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 155-2019/SIS Lima, 11 de octubre de 2019 VISTOS: El Informe N° 083-2019-SIS-OGTI-US/GPU con Proveído N° 827-2019-SIS/OGTI de la Oficina General