Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2019 (12/10/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 12
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NORMAS LEGALES
Sábado 12 de octubre de 2019 /
El Peruano
de 2019 del Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos derivados por pasajes aéreos de ida, retorno y viáticos en Misión de Estudios en el Extranjero que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2019, de la Unidad Ejecutora Nº 005 Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; lo cual incluye para el presente evento el pago de pasajes aéreos internacionales de ida y retorno, y viáticos por Misión de Estudios en el Extranjero en concordancia a lo establecido en el inciso a) y b) del artículo 7 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 002-2015-DE de fecha 28 de enero de 2015 que determina la jerarquía y uso de normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio de Defensa; y, Estando a lo propuesto por el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al personal militar FAP que se detalla a continuación, para que participen en el Taller SITFAA del 2019, que se llevará a cabo en la Base Aérea de Davis Monthan, ciudad de Tucson, estado de Arizona, Estados Unidos de América, del 14 de octubre de 2019 al 17 de octubre de 2019; así como su salida del país 13 de octubre de 2019 y su retorno el 18 de octubre de 2019.
Técnico de Primera FAP NSA: S-60672491 Técnico de Segunda FAP NSA: S-60751793 Técnico de Segunda FAP NSA: S-60824396 Técnico de Segunda FAP NSA: S-60839897 ERINSON GONZALO ROMERO HINOSTROZA DNI: 18032149 FRANCISCO BLADIMIR TORRE FERNANDEZ DNI: 09768984 JHONNY ORLANDO VILLACREZ ARISTA DNI: 43447427 PEDRO ANIBAL TASAYCO ARIAS DNI: 21882890
Artículo 5.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER MARTOS RUIZ Ministro de Defensa 1816046-1
Autorizan viaje de personal naval para participar como integrantes del Estado Mayor Multinacional a bordo del USS WASP (LHD 1) durante la Fase II
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1383-2019 DE/MGP Lima, 11 de octubre de 2019 Visto, el Oficio Nº 5377/51 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 10 de octubre del 2019; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 470/MAAG/NAVSEC de fecha 7 de octubre del 2019, el Jefe de la Sección Naval del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América informa al Comandante General de la Marina, que los Oficiales de la Marina de Guerra del Perú que participarán como integrantes del Estado Mayor Multinacional a bordo del USS WASP (LHD 1) durante la FASE II, se realizará desde el Puerto de Valparaíso, República de Chile, el 13 de octubre del 2019, desembarcando en la Ciudad de Río de Janeiro, República Federativa de Brasil, el 1 de noviembre del 2019; Que, con Oficio Nº 1647/41 de fecha 9 de octubre del 2019, el Comandante General de Operaciones del Pacífico propone al personal naval que se indica en la parte resolutiva de la presente resolución, para que participe en la mencionada actividad; lo que permitirá incrementar los conocimientos, procedimientos y experiencias; así como, fortalecer, acrecentar y consolidar los vínculos de amistad, camaradería y cooperación existentes entre los países participantes; considerando además el beneficio de estrechar los lazos de amistad en la relación estratégica entre la Marina de Guerra del Perú y la Marina de los Estados Unidos de América; Que, de acuerdo con el Documento Nº 257-2019 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasaje aéreo internacional y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los Incisos a) y b) del Artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación; así como, su retorno un (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan
Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2019, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes aéreos: Lima-Arizona (Estados Unidos de América)-Lima: US $ 1,872.14 X 04 personas (Incluye TUUA) = US $ 7,488.56 Viáticos US $ 440.00 X 04 días X 04 personas = US $ 7,040.00 Total a Pagar = US $ 14,528.56.00
Artículo 3.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria.