Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2019 (12/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano / Sábado 12 de octubre de 2019

NORMAS LEGALES

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Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", el cual establece que la supervisión consolidada de los conglomerados financieros o mixtos constituye una forma de atenuar los riesgos para el ahorrista, se efectúan visitas de inspección a las empresas que forman parte del conglomerado financiero al cual pertenece el Banco de Crédito del Perú; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, así como en la Directiva SBS Nº SBS-DIR-ADM-085-22 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2019; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Nelson Manuel Chávez Espinoza y John Carlos Guzmán Chambi, Jefe de Supervisión de Banca y Supervisor de Banca, respectivamente, del Departamento de Supervisión Bancaria C de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas, y de la señora Adriana Reinoso De Godoy, Supervisor Principal de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones I del Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones de la Superintendencia Adjunta de Riesgos, de la SBS, del 13 al 25 de octubre de 2019, y de la señorita Eneida Lizveth Olivares Atahualpa, Supervisor Principal de Riesgos LAFT II del Departamento de Supervisión de Riesgos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo de la Superintendencia Adjunta de Riesgos de la SBS, del 15 al 25 de octubre de 2019, a la ciudad de Panamá, República de Panamá, para participar en el evento señalado en la parte considerativa de la presente Resolución, quienes dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su reincorporación, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 2º.- Autorizar los gastos que irrogue la presente participación con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2019, de acuerdo a lo siguiente: Pasajes aéreos Viáticos US$ 2 368,24 US$ 15 435,00

(ASSAL) para participar en el Seminario Regional sobre Capacitación de Supervisores de Seguros de Latinoamérica ASSAL - IAIS, organizado conjuntamente con la IAIS y la Superintendencia General de Seguros (SUGESE) de Costa Rica; y (iii) Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del Ministerio de Economía y Empresa de España para participar en el Colegio Internacional de Supervisores del Grupo MAPFRE, eventos que se realizarán del 14 al 18 de octubre de 2019 en la ciudad de San José, República de Costa Rica, cuyo objetivo es promover debates sobre políticas relacionadas con temas actuales y emergentes en el sector de seguros global y regional; abordar temas actuales en materia de regulación y supervisión de seguros; y continuar e incrementar el intercambio de información con relación a las principales áreas de riesgo de las entidades pertenecientes al Grupo MAPFRE. Asimismo, se participará como expositor en la Sesión 1 "Building a Resilient Insurance Industry Enhancing Resilience in the Prudential Framework Country Example" de la citada reunión y en las Sesiones 3 "Seguro Agropecuario: Inclusión y Cambio Climático" y 4 "Conducta de Mercado" del citado seminario; La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) tiene a su cargo la regulación y supervisión de los sistemas financiero, de seguros, privado de pensiones y cooperativo y contribuye con la prevención y detección del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo; y que los temas que se desarrollarán en el referido evento redundarán en beneficio del sistema financiero nacional, así como en el ejercicio de las funciones de supervisión y regulación; y que es miembro de la Asociación de Supervisores de Seguros de América Latina (ASSAL), organismo internacional que agrupa a las máximas autoridades supervisoras de la actividad de seguros de Latinoamérica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, así como en la Directiva SBS Nº SBS-DIR-ADM-085-22 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2019; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Carlos Francisco Izaguirre Castro, Superintendente Adjunto de Seguros de la SBS, del 13 al 18 de octubre de 2019 a la ciudad de San José, República de Costa Rica, para participar en los eventos señalados en la parte considerativa de la presente Resolución, quien dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 2º.- Autorizar los gastos que irrogue la presente participación con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2019, de acuerdo a lo siguiente: Pasaje aéreo Viáticos US$ 902,21 US$ 1 575,00

Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1816063-1

Autorizan viaje de funcionario a Costa Rica, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SBS Nº 4685-2019 Lima, 11 de octubre de 2019 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido las invitaciones de: (i) Financial Stability Institute (FSI) - Bank for International Settlements (BIS) para participar en la Third HighLevel Meeting (HLM) on Global Insurance Standards and Supervisory Priorities in the Americas, organizada conjuntamente con la International Association of Insurance Supervisors (IAIS) y ASSAL; (ii) Asociación de Supervisores de Seguros de América Latina

Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1816064-1