Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2019 (12/10/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 34

34

NORMAS LEGALES

Sábado 12 de octubre de 2019 /

El Peruano

del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que "La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)"; Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que "(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y el presente Reglamento"; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM señala que "Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (...)"; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y modificatorias; la Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú y modificatorias. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú César Augusto Torres Rondinel, del 14 al 18 de octubre de 2019, a la ciudad de Sochi de la Federación de Rusia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos Viáticos Importe US$ Días Personas Total US$ 3 546,00 X X 1 = 3 546,00 540,00 X 3 X 1 = 1 620,00

impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1816308-1

Autorizan viaje de representante de MIGRACIONES a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1553-2019-IN Lima, 11 de octubre de 2019 VISTOS, el Oficio N° 000587-2019-GG/MIGRACIONES de la Gerencia General de la Superintendencia Nacional de Migraciones y el Informe N° 002551-2019/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante OF. RE(CON) N° 2-10-E/1689 de fecha 25 de setiembre de 2019, el Director de Política Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores, comunicó a la Superintendencia Nacional de Migraciones la realización de reuniones del Grupo de Trabajo de Movimiento de Personas y Facilitación de Tránsito Migratorio y del Subgrupo de Seguridad de la Alianza del Pacífico, a celebrarse el 15 y 16 de octubre de 2019, en la ciudad de Santiago de la República de Chile, solicitando se designe al representante que integrará la delegación peruana; Que, el artículo 170 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 15202019-IN, establece que los organismos públicos adscritos al Ministerio del Interior están sujetos a los lineamientos técnicos del Sector Interior, con quien coordinan sus objetivos y estrategias, encontrándose entre ellos, la Superintendencia Nacional de Migraciones; Que, con Informe N° 000685-2019-AJ/MIGRACIONES de fecha 09 de octubre de 2019, la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Migraciones, estima conveniente se prosiga con el trámite de la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del señor Luis Fernando Moreno Berríos, Gerente de la Gerencia de Política Migratoria, para que participe como representante de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, en las reuniones antes indicadas, toda vez que tiene como objetivo el fortalecimiento de la calidad de los servicios migratorios brindados a las personas nacionales y extranjeras, como parte de las posibles propuestas a tratar en el mencionado evento; asimismo, la asistencia a este evento contribuirá al desarrollo de políticas conjuntas en aspectos migratorios; Que, los conocimientos y experiencias a adquirirse como resultado de la participación del mencionado comisionado en el evento indicado se encuentran en el ámbito de competencia de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno) y viáticos, son asumidos por la Unidad Ejecutora 001: Superintendencia Nacional de Migraciones, del Pliego 073: Superintendencia Nacional de Migraciones, conforme lo precisa el Memorando N° 003403-2019-AF/MIGRACIONES de la Oficina General de Administración y Finanzas y el Informe N° 000340-2019-ADF-PP/MIGRACIONES de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES;

Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de