Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2019 (12/10/2019)


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NORMAS LEGALES

Sábado 12 de octubre de 2019 /

El Peruano

(ZED), con el objeto de promover la estabilidad de las inversiones, fomentar el empleo, contribuir al desarrollo socioeconómico sostenible y promover la competitividad e innovación en las regiones donde se ubican; Que, teniendo en consideración lo antes señalado resulta necesario aprobar un nuevo listado y derogar el Decreto Supremo Nº 010-2013-PRODUCE. Asimismo, a efectos de responder a la necesidad de promover la inversión privada en actividades de manufactura o producción al interior de las Zonas Especiales de Desarrollo de Ilo, Matarani, Paita y Tumbes, existe la necesidad de permitir el desarrollo de las actividades de producción correspondientes a las subpartidas 7401.00.20.00 (Cobre de cementación (cobre precipitado)) y 2620.11.00.00 (Matas de galvanización que contengan principalmente cinc); Que, mediante Resolución Ministerial Nº 322-2019PRODUCE, publicada en el Diario Oficial "El Peruano", se dispuso la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el "listado negativo de mercancías comprendidas en las subpartidas nacionales respecto de las cuales los usuarios no podrán desarrollar actividades de manufactura o producción al interior de las ZED", en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, a efectos de recibir las observaciones, comentarios y/o aportes de la ciudadanía por el plazo de quince (15) días hábiles; en virtud de la cual, se recibieron aportes y comentarios; los cuales han sido debidamente evaluados por el Ministerio de la Producción; Que, en tal sentido, el Ministerio de la Producción y el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, han elaborado un nuevo listado negativo de mercancías comprendidas en las subpartidas nacionales, respecto de las cuales los usuarios no podrán desarrollar actividades de manufactura o producción al interior de los ZED, siendo necesario su aprobación; De conformidad con lo establecido en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación del listado negativo de mercancías comprendidas en las subpartidas nacionales respecto de las cuales los usuarios no podrán desarrollar actividades de manufactura o producción al interior de las ZED. Apruébese el "Listado negativo de mercancías comprendidas en las subpartidas nacionales respecto de las cuales los usuarios no podrán desarrollar actividades de manufactura o producción al interior de las ZED", el que como Anexo forma parte de la presente norma. Artículo 2.- Publicación El presente Decreto Supremo y su Anexo es publicado en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce) y en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de la Producción y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogatoria Deróguese el Decreto Supremo Nº 010-2013-PRODUCE, que aprueba el "Listado negativo de mercancías comprendidas en las subpartidas nacionales respecto de las cuales los usuarios no podrán desarrollar

actividades de manufactura o producción al interior de los CETICOS". Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de octubre del año 2019. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República EDGAR M. VÁSQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo ROCÍO INGRED BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción
ANEXO LISTADO NEGATIVO DE MERCANCÍAS COMPRENDIDAS EN LAS SUBPARTIDAS NACIONALES RESPECTO DE LAS CUALES LOS USUARIOS NO PODRÁN DESARROLLAR ACTIVIDADES DE MANUFACTURA O PRODUCCIÓN AL INTERIOR DE LAS ZED ÍTEM SUBPARTIDA ARANCEL 2017 1 2 DESCRIPCIÓN

0303 11 00 00 - - Salmones rojos (Oncorhynchus nerka) 0303 12 00 00 - - Los demás salmones del Pacífico (Oncorhynchus gorbuscha, Oncorhynchus keta, Oncorhynchus tschawytscha, Oncorhynchus kisutch, Oncorhynchus masou y Oncorhynchus rhodurus) 0303 13 00 00 - - Salmones del Atlántico (Salmo salar) y salmones del Danubio (Hucho hucho) 0303 14 00 00 - - Truchas (Salmo trutta, Oncorhynchus mykiss, Oncorhynchus clarki, Oncorhynchus aguabonita, Oncorhynchus gilae, Oncorhynchus apache y Oncorhynchus chrysogaster) 0303 19 00 00 - - Los demás 0303 23 00 00 - - Tilapias (Oreochromis spp.) 0303 24 00 00 - - Bagres o peces gato (Pangasius spp., Silurus spp., Clarias spp., Ictalurus spp.) 0303 25 00 00 - - Carpas (Cyprinus spp., Carassius spp., Ctenopharyngodon idellus, Hypophthalmichthys spp., Cirrhinus spp., Mylopharyngodon piceus, Catla catla, Labeo spp., Osteochilus hasselti, Leptobarbus hoeveni, Megalobrama spp.) 0303 26 00 00 - - Anguilas (Anguilla spp.) 0303 29 00 00 - - Los demás 0303 31 00 00 - - Fletanes (halibut) (Reinhardtius hippoglossoides, Hippoglossus hippoglossus, Hippoglossus stenolepis) 0303 32 00 00 - - Sollas (Pleuronectes platessa) 0303 33 00 00 - - Lenguados (Solea spp.) 0303 34 00 00 - - Rodaballos (turbots) (Psetta maxima) 0303 39 00 00 - - Los demás 0303 41 00 00 - - Albacoras o atunes blancos (Thunnus alalunga) 0303 42 00 00 - - Atunes de aleta amarilla (rabiles) (Thunnus albacares) 0303 43 00 00 - - Listados o bonitos de vientre rayado 0303 44 00 00 - - Patudos o atunes ojo grande (Thunnus obesus) 0303 45 00 00 - - Atunes comunes o de aleta azul, del Atlántico y del Pacífico (Thunnus thynnus, Thunnus orientalis) 0303 46 00 00 - - Atunes del sur (Thunnus maccoyii) 0303 49 00 00 - - Los demás 0303 51 00 00 - - Arenques (Clupea harengus, Clupea pallasii) 0303 53 00 10 - - - Sin cabeza, sin vísceras 0303 53 00 90 - - - Los demás 0303 54 00 00 - - Caballas (Scomber scombrus, australasicus, Scomber japonicus) 0303 55 00 00 - - Jureles (Trachurus spp.) 0303 56 00 00 - - Cobias (Rachycentron canadum) Scomber

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