Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 2019 (09/10/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 9
El Peruano / Miércoles 9 de octubre de 2019
NORMAS LEGALES
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De conformidad con la Ley 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 130-2003-RE y sus modificatorias; la Ley 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley N° 30154, Ley que regula el procedimiento especial de contratación para la realización en el Perú de Transmisiones de Mando Supremo y de Cumbres Internacionales Declaradas de Interés Nacional, y sus eventos conexos, que cuenten con la participación de Jefes de Estado, Jefes de Gobierno, Altos Dignatarios y Comisionados; las Resoluciones Supremas N° 147-2019-RE y N° 150-2019-RE; y el Decreto Supremo N°004-2019-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N°0638-2019-RE de 16 de setiembre de 2019. Artículo 2.- Designar a los representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores responsables, titular y alterno, de la realización del Encuentro Presidencial y III Gabinete Binacional de Ministros Perú- Chile, a llevarse a cabo en el distrito de Paracas, provincia de Pisco, Departamento de Ica, el 10 de octubre de 2019; así como sus actividades y eventos conexos, que tendrán lugar el 09 de octubre de 2019, de acuerdo al siguiente detalle: - Ministro en el Servicio Diplomático de la República, José Eduardo Zeballos Valle, Director de América del Sur, de la Dirección General de América, como representante titular; y, - Ministra Consejera en el Servicio Diplomático de la República, Carla Stella Maris Chirinos Llerena, Subdirectora de Mercosur, de la Dirección de América del Sur, de la Dirección General de América, como representante alterna. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO MEZA-CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores 1814836-1
Autorizan a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, el gasto por concepto de adquisición de pasajes aéreos y viáticos para el desplazamiento de servidores civiles de la Autoridad Nacional del Agua (ANA) a Honduras, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0701/RE -2019 Lima, 7 de octubre de 2019 VISTOS: El Memorándum (APC) N° APC00336/2019, de 18 de setiembre de 2019, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional APCI y el Memorándum (DCI) N° DCI00624/2019, de 19 de setiembre de 2019, de la Dirección de Cooperación Internacional, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley N° 27692 y sus normas modificatorias, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional APCI, es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, que ejecuta, programa y organiza la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, la cual se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo,
y por consiguiente, goza de los beneficios tributarios que la ley establece; Que, el literal c) del artículo 2 de la Ley de Cooperación Técnica Internacional, aprobada por Decreto Legislativo N° 719, y sus normas modificatorias, establece que la Cooperación Técnica Internacional es el medio por el cual el Perú brinda preparación técnica, científica y cultural a peruanos en el país o en el extranjero, y a los extranjeros en el Perú; Que, la Quincuagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N.° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 prorroga la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019, de la Sexagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N.° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, que autoriza a la APCI financiar con cargo a su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al tesoro público, la adquisición de pasajes, viáticos y seguros personales que permita el desplazamiento de personal peruano hacia el exterior para brindar asistencia técnica y capacitación, así como también para facilitar el desplazamiento de extranjeros hacia el Perú para recibir asistencia técnica y capacitación, ambos de corta duración; Que, asimismo, la citada Sexagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693 establece que los gastos que se efectúen en el marco de lo establecido por dicha disposición deberán contar previamente con una autorización aprobada mediante resolución del titular del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, la cooperación entre la República de Perú y la República de Honduras se enmarca en el Convenio Básico de Cooperación Técnica, suscrito el 26 de junio de 1977, a través del cual, se estableció que ambos países, en forma conjunta, elaborarán y ejecutarán Programas de Cooperación Técnica; Que, en la IV Reunión de la Comisión Mixta de Cooperación Técnica entre la República del Perú y la república de Honduras, se aprobó el Programa de Cooperación Bilateral 2019-2021, conformado, entre otros, por el Proyecto denominado "Apoyo en el proceso de Institucionalización de la Ley General de Aguas en Honduras"; Que, en el marco del mencionado Proyecto, se ha programado la segunda actividad denominada "Fortalecimiento de capacidades de la Dirección General de Recursos Hídricos (DGRH) para la elaboración de los instrumentos normativos para la institucionalización de la Ley General de Aguas de Honduras" que se llevará a cabo en la ciudad de Tegucigalpa, República de Honduras, del 13 al 18 de octubre de 2019 y cuyas instituciones ejecutoras son, la Autoridad Nacional del Agua (ANA) de la República del Perú y la Secretaría de Recursos Naturales y Ambientales (MIAMBIENTE) de la República de Honduras; Que, en la referida actividad, la asistencia técnica y capacitación que brindará el ANA contribuirá al fortalecimiento de las capacidades técnicas de la DGRH de MIAMBIENTE de Honduras, a través del intercambio de experiencias basadas en la estructura organizativa y operativa del ANA, con la finalidad de implementar mejoras y fortalecer la normativa nacional hondureña en materia de recursos hídricos; Que, en dicha actividad participarán los servidores civiles de nacionalidad peruana, Alberto Antonio Alva Tiravanti, Elmer García Samamé y Luis Alberto Díaz Ramírez, quienes brindarán asistencia técnica y capacitación en la ciudad de Tegucigalpa, República de Honduras; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que irrogue el desplazamiento de los mencionados servidores civiles serán cubiertos con el presupuesto institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional APCI; Que, mediante Memorándum N° 0778-2019-APCI/ OGA, de 13 de setiembre de 2019, la Oficina General de Administración de la APCI informó respecto del importe de los pasajes aéreos y viáticos a ser autorizados; asimismo, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la APCI, mediante los Memorándums N° 0412-2019-APCI/OPP,