Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 2019 (09/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Miércoles 9 de octubre de 2019 /

El Peruano

de siete (7) Términos de Referencia para proyectos de inversión con características comunes o similares de competencia del Sector Transportes, precisados en el Anexo 1 de la Clasificación Anticipada del Reglamento de Protección Ambiental para el Sector Transportes; así como los Anexos I y II, transversales a los referidos Términos de Referencia, con el objeto de recibir comentarios de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general, durante el plazo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano; Que, el artículo 43 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobada por Decreto Supremo Nº 021-2018-MTC, y modificado por Decreto Supremo N° 014-2019-MTC, dispone que la Dirección General de Asuntos Ambientales, es el órgano de línea con autoridad técnica normativo a nivel nacional que ejerce la autoridad ambiental en el Sector Transportes, responsable de implementar acciones en el marco del sistema nacional de gestión ambiental para promover el desarrollo sostenible de las actividades y proyectos de infraestructura y servicios de transportes, en concordancia con las políticas nacionales sectoriales y la Política Nacional del Ambiente; Que, mediante el Informe Técnico Legal N° 066-2019MTC/16.NYC.NMD, la Dirección General de Asuntos Ambientales, señala que en el marco del proceso de publicación de la propuesta de los siete (7) Términos de Referencia y los Anexos I y II, conforme a lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 624-2019 MTC/01.02, se recibieron aportes de diversas instituciones y de la sociedad en general, luego de lo cual la propuesta normativa, debidamente consolidada, fue remitida con el Oficio N° 2411-2019-MTC/16 al Ministerio del Ambiente para su evaluación y emisión, de ser el caso, de la opinión favorable, conforme lo disponen las normas señaladas precedentemente; Que, mediante Oficio N° 00527-2019-MINAM/ VMGA/DGPIGA e Informe N° 00714-2019-MINAM/ VMGA/DGPIGA de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental del Ministerio del Ambiente emite opinión previa favorable a los Términos de Referencia para proyectos con características comunes o similares precisados en el Anexo N° 1 de la Clasificación Anticipada en el Sector Transportes, recomendando su aprobación; Que, en ese sentido, mediante el documento de visto, la Dirección General de Asuntos Ambientales, señala que se ha dado cumplimiento con el procedimiento establecido por la normativa en materia ambiental, por lo que propone la aprobación de siete (7) Términos de Referencia para proyectos con características comunes o similares precisadas en el Anexo 1 de la Clasificación Anticipada del Reglamento de Protección Ambiental para el Sector Transportes; así como los Anexos I y II transversales a los citados Términos de Referencia, por lo que corresponde emitir la Resolución Ministerial correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM, el Decreto Supremo Nº 004-2017-MTC, modificado por el Decreto Supremo N° 008-2019-MTC, que aprueba el Reglamento de Protección Ambiental para el Sector Transportes, la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2018-MTC y la Resolución Ministerial N° 015-2019-MTC/01, y sus modificatorias; SE RESUELVE:

Supremo N° 008-2019-MTC, así como los Anexos I y II, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Las tipologías de los proyectos de inversión cuyos Términos de Referencia son aprobados de conformidad a lo dispuesto en el artículo 1, se detallan a continuación:
N° Tipología de Proyecto de Inversión con características comunes o similares de competencia del Sector Transportes Servicio de mejoramiento a nivel de soluciones básicas y conservación vial, por niveles de servicio. (Tipología 18-Anexo I -D.S. Nº 008-2019-MTC) Creación, mejoramiento, recuperación y/o reemplazo de puentes definitivos en la Red Vial Nacional, Departamental y Vecinal, con una longitud mayor a 350 hasta 700 m, fuera de Áreas Naturales Protegidas, Zonas de Amortiguamiento o Áreas de Conservación Regional. (Tipología 19-Anexo I -D.S. Nº 008-2019-MTC) Creación, mejoramiento, recuperación y/o reemplazo de puentes definitivos en la Red Vial Nacional, Departamental y Vecinal, con una longitud menor a 350 m; con excepción en la creación de puentes dentro de Áreas Naturales Protegidas, Zonas de Amortiguamiento o Áreas de Conservación Regional. (Tipología 20-Anexo I - D.S. Nº 008-2019-MTC) Mejoramiento, Ampliación, Recuperación, de aeródromos con longitud de campo de referencia del avión menor igual a 1800 m. (Tipología 24 -Anexo I - D.S. Nº 008-2019-MTC) Mejoramiento de las condiciones de navegabilidad del río con dragado. (Tipología 25 -Anexo I - D.S. Nº 008-2019-MTC) Construcción de un embarcadero fluvial donde se realice actividades de transporte de pasajeros, cuya longitud del muelle es menor o igual a 60 m. (Tipología 26 -Anexo I - D.S. Nº 008-2019-MTC) Pavimentación de avenidas y vías principales en zonas urbanas. (Tipología 27 -Anexo I - D.S. Nº 008-2019-MTC) Categoría Asignada DIA

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Artículo 3.- Publicar en el portal institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), los siete (7) Términos de Referencia para proyectos con características comunes o similares de competencia del Sector Transportes que cuentan con Clasificación Anticipada; así como los Anexos I y II, aprobados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, en la misma fecha en que esta sea publicada en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1814377-1

Modifican artículo de la R.D. N° 8032017-MTC/12, que renovó permiso de operación de servicio de transporte aéreo internacional no regular de pasajeros y carga de AERO TRANSPORTE S.A.
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 610-2019-MTC/12 Lima, 15 de agosto del 2019 VISTO: La solicitud de AERO TRANSPORTE S.A. sobre Modificación de Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional No Regular de pasajeros y carga. CONSIDERANDO:

Artículo 1.- Aprobar los siete (7) Términos de Referencia para proyectos con características comunes o similares de competencia del Sector Transportes que cuentan con Clasificación Anticipada del Anexo 1 del Reglamento de Protección Ambiental para el Sector Transportes, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2017-MTC, modificado por el Decreto

Que, mediante Resolución Directoral N° 8032017-MTC/12 del 28 de noviembre de 2017, se otorgó a AERO TRANSPORTE S.A., la renovación de su Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional No Regular de pasajeros y carga, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 04 de