Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2019 (25/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

Domingo 25 de agosto de 2019 /

El Peruano

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Designan miembro de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 123-2019-INDECOPI/COD Lima, 22 de agosto de 2019 VISTOS: El Informe N° 0138-2019/GRH, el Informe N° 5912019/GEL, el Informe N° 075-2019/GEG, el Informe N° 077-2019/GEG y el Informe N° 632-2019/GEL; y, CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el literal d) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033 y sus modificatorias, corresponde al Consejo Directivo de la Institución designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo con lo señalado en el literal c) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo N° 0092009-PCM y sus modificatorias, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de conformidad con lo prescrito en el literal a) del artículo 22 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, el período de designación de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) años, pudiendo ser designados por un período adicional; Que, el literal c) del artículo 21 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, señala que las comisiones del área de competencia se encuentran integradas por cuatro (4) miembros; Que, mediante la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI N° 121-2019-INDECOPI/COD, se aceptó la renuncia del señor Diego Eloy Carrillo Purín como miembro de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia; por lo que, debe emitirse la resolución correspondiente, debiendo designarse a la persona que desempeñará dicho cargo público; Que, en ese sentido, resulta pertinente efectuar la reconformación de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia, a fin de que dicho órgano colegiado cuente con el número legal de integrantes previstos en la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI; Que, el Consejo Directivo mediante Acuerdo N° 072-2019 del 13 de agosto del 2019, con la opinión favorable del Consejo Consultivo, ha acordado designar al señor Lucio Andrés Sánchez Povis como miembro de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia, encargando a la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI la emisión de la resolución correspondiente; Con el visto bueno del Gerente General, de la Gerencia de Recursos Humanos, y de la Gerencia Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033 y sus modificatorias, y en cumplimiento de las funciones otorgadas mediante los literales f) y h) del numeral 7.3 del mismo cuerpo legislativo;

SE RESUELVE: Artículo Único. - Designar al señor Lucio Andrés Sánchez Povis como miembro de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia con efectividad a la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVO GAGLIUFFI PIERCECHI Presidente del Consejo Directivo 1800823-1

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Designan a magistrado para que se desempeñe como integrante de la Segunda Sala de Apelaciones Nacional Permanente Especializada en Crimen Organizado de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 334-2019-CE-PJ Lima, 21 de agosto de 2019 CONSIDERANDO: Primero. Que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial con fecha 12 de diciembre de 2018 emitió la Resolución Administrativa N° 318-2018-CE-PJ que, entre otras medidas administrativas, constituyó la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, sobre la base de la fusión de la Sala Penal Nacional y del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, con competencia nacional. Segundo. Que con el objeto de evitar la afectación del servicio de administración de justicia; y habiéndose evaluado la hoja de vida respectiva, en consonancia con sus antecedentes, desempeño en la función jurisdiccional y méritos profesionales, resulta pertinente la designación del doctor Edgar Francisco Medina Salas, Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, como integrante de la Segunda Sala de Apelaciones Nacional Permanente Especializada en Crimen Organizado de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 1028-2019 de la trigésimo tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Lama More, Ruidías Farfán, Alegre Valdivia y Deur Morán, sin la intervención de la señora Consejera Tello Gilardi por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al doctor Edgar Francisco Medina Salas, Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho; para que se desempeñe como integrante de la Segunda Sala de Apelaciones Nacional Permanente Especializada en Crimen Organizado de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios.