Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2019 (25/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Domingo 25 de agosto de 2019

NORMAS LEGALES
9.8 Evaluación técnica del ETM

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9.3 Absolución de consultas sobre las bases La DEDFO absuelve las consultas que sobre las Bases formule el CITE privado, de acuerdo con los plazos y condiciones que se establezcan en el cronograma previsto. Las absoluciones a las consultas son publicadas en el portal institucional del ITP (www.itp.gob.pe). 9.4 Presentación de expresiones de interés El CITE privado solo puede presentar una expresión de interés por convocatoria. Si en forma previa a la convocatoria, el CITE privado ha celebrado un Convenio de Desempeño con el ITP, el informe de cierre del PAT de dicho convenio debe estar aprobado para que pueda participar. El CITE privado participa presentando su expresión de interés de conformidad con el Anexo Nº 1 de la presente Directiva. El CITE privado debe comprometerse a informar al ITP sobre el desarrollo de su PMP a través de un Convenio de Seguimiento del PMP, de tal forma que se cuente con información que permita conocer el impacto de la subvención otorgada en el desarrollo y expansión de sus servicios. 9.5 Admisión de participantes La DEDFO evalúa dentro del plazo de cinco (05) días hábiles la documentación presentada en la expresión de interés y, empleando los medios de consulta electrónica que sean de libre acceso, verifica la autenticidad de lo señalado en las declaraciones juradas. La DEDFO informa a la DE sobre los CITE privados admitidos y no admitidos. Esta relación es publicada en el portal institucional del ITP (www.itp.gob.pe) una vez aprobada. 9.6 Elaboración y presentación del Proyecto El CITE privado admitido elabora el proyecto de acuerdo con el Anexo Nº 2 y Anexo Nº 3 de la presente Directiva y lo presenta en el plazo señalado en el cronograma previsto en las Bases. El CITE privado admitido puede recibir orientación de la DEDFO, DSE y DIDITT para la elaboración del proyecto a través de reuniones, talleres, seminarios web, entre otros medios. El CITE privado admitido designa la persona o personas para que puedan recibir la orientación en la formulación de los proyectos y presentan sus consultas sobre aspectos técnicos y presupuestales de los proyectos, a través del canal de comunicación señalado en las Bases, de acuerdo al cronograma de la convocatoria. Las absoluciones a las consultas son publicadas en el portal institucional del ITP (www.itp.gob.pe), de acuerdo al cronograma previsto en las Bases. 9.7 Evaluación del Proyecto La evaluación del Proyecto es realizada por la DEDFO de acuerdo con los criterios de evaluación previstos en el Anexo Nº 4 de la presente Directiva y con la asistencia técnica del ETM. Luego que la DEDFO emite su informe de admisibilidad, conforma un ETM por cada uno de los proyectos que son evaluados o, de ser el caso, conforma un ETM para proyectos similares. El ETM debe estar conformado por: a) Un representante de la DEDFO, quien lidera el ETM, con experiencia en negocios, gestión y/o innovación. Complementariamente, de ser necesario, se puede contratar a un consultor externo a requerimiento de la DEDFO. b) Un representante de la DSE con experiencia en formulación de indicadores, elaboración de marco lógico, seguimiento y evaluación. c) Un especialista del ITP con experiencia en la cadena productiva involucrada en el quehacer del CITE privado solicitante de la subvención. De no contar con uno, se puede contratar un consultor externo a requerimiento de la DEDFO.

El ETM informa a la DEDFO en un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días hábiles el resultado de su evaluación técnica, recomendando los proyectos que pueden ser subvencionados por el ITP. Dentro de dicho plazo, el ETM realiza: a) La formulación de observaciones que deben ser subsanadas por el CITE privado, de ser el caso, en un plazo máximo de diez (10) días hábiles. b) La visita de verificación a las instalaciones del CITE privado, a través de alguno de sus miembros. Las observaciones al proyecto durante la evaluación técnica son notificadas por la DEDFO al CITE privado. Si el CITE privado no cumple con subsanar las observaciones en los plazos indicados el Proyecto son desestimado. 9.9 Selección de Proyectos La DEDFO sistematiza las puntuaciones dadas a cada proyecto por el ETM y elabora una lista en orden de mérito de acuerdo con el puntaje de calificación obtenido. La lista forma parte de una propuesta de priorización para la asignación de subvenciones que elabora la DEDFO hasta agotar los recursos que han sido previstos en las Bases. Esta relación es publicada en el portal institucional del ITP (www.itp.gob.pe), de acuerdo con el cronograma previsto en las Bases. 9.10 Aprobación de Proyectos La DEDFO informa a la DE sobre los Proyectos que recomienda subvencionar para la evaluación del CD en la sesión respectiva. En caso el CD apruebe el proyecto sin observaciones, la OAJ elabora el proyecto de Convenio de Desempeño y el Convenio de Seguimiento del PMP. Si el CD aprueba el proyecto con observaciones, la DEDFO las comunica al CITE privado para subsanarlas en el plazo máximo de cinco (05) días hábiles. De verificarse la subsanación de las observaciones por parte de DEDFO, se remite a la OAJ para la elaboración del Convenio de Desempeño y el Convenio de Seguimiento del PMP. En caso el CD rechace el proyecto, DEDFO comunica esta decisión al CITE privado. La lista de proyectos aprobados por el CD son publicada en el portal institucional del ITP (www.itp.gob. pe) en el plazo establecido en el cronograma de las Bases. 9.11 Celebración de los convenios En forma conjunta con el Convenio de Desempeño, se procede con la tramitación y aprobación del Convenio de Seguimiento del PMP. Los Proyectos de los Convenios son aprobados por el CD. La SG remite al CITE privado dos (2) ejemplares del Convenio de Desempeño y del Convenio de Seguimiento del PMP para la suscripción y visado respectivo. Devuelto uno de los ejemplares de cada convenio al ITP, la DEDFO custodia el expediente que le dio origen, remitiendo copia de estos a DSE, OPPM y OA. 9.12 Seguimiento y evaluación del Proyecto El seguimiento tiene por finalidad que el ITP cuente con información actualizada y sustentada sobre el cumplimiento de las obligaciones asumidos por los CITE privados a través del Convenio de Desempeño. La DSE puede realizar las siguientes acciones de seguimiento: a) Visitas inopinadas al CITE y sus clientes o su potencial público objetivo. b) Encuestas de satisfacción de los servicios que brinda el CITE. c) Entrevistas a sus clientes o su potencial público objetivo. d) Verificación de documentos sustentatorios de los servicios y/o actividades vinculadas al PAT.