Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2019 (25/08/2019)


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NORMAS LEGALES

Domingo 25 de agosto de 2019 /

El Peruano

3.17 Resolución Ejecutiva Nº 127-2018-ITP/DE, que aprueba la Directiva para la "Elaboración, aprobación, y modificación de los documentos normativos de gestión interna del Instituto Tecnológico de la Producción". 3.18 Resolución Ejecutiva Nº 161-2018-ITP/DE, que aprueba la Directiva Nº 2-2018-ITP/DE "Procedimiento para la calificación de Personas Jurídicas de derecho privado para operar como Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica-CITE privado". 4. ABREVIATURAS Para efectos de la aplicación de la presente directiva se entiende como: 4.1 CD: Consejo Directivo. 4.2 CITE privado: Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Privado. 4.3 COFIDE: Corporación Financiera de Desarrollo S.A. 4.4 DE: Dirección Ejecutiva. 4.5 DEDFO: Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica. 4.6 DIDITT: Dirección de Investigación, Desarrollo, Innovación y Transferencia Tecnológica. 4.7 DSE: Dirección de Seguimiento y Evaluación. 4.8 ETM: Equipo Técnico Multidisciplinario. 4.9 I+D+i: Investigación, desarrollo e innovación. 4.10 ITP: Instituto Tecnológico de la Producción. 4.11 MIPYME: Micro, pequeña y mediana empresa. 4.12 OA: Oficina de Administración. 4.13 OAJ: Oficina de Asesoría Jurídica. 4.14 OPPM: Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización. 4.15 PAT: Plan Anual de Trabajo. 4.16 PMP: Plan de Trabajo de Mediano Plazo. 4.17 SCD: Secretaría del Consejo Directivo. 4.18 SG: Secretaría General. 5. ALCANCE La presente Directiva es de aplicación por los órganos del ITP y los CITE privados, según corresponda. 6. FUNCIONES ESPECÍFICAS EN EL MARCO DE LA DIRECTIVA 6.1 La DEDFO es responsable de: a) Convocar a los CITE privados a presentar proyectos para la suscripción de Convenios de Desempeño. b) Evaluar la expresión de interés presentada por los CITE privados. c) Brindar asistencia técnica en la formulación y presentación de propuestas de Proyectos. d) Conducir y liderar el ETM, a través de un representante, en cumplimiento de lo dispuesto en la presente Directiva. e) Sistematizar las puntuaciones del ETM para cada proyecto y emitir la opinión técnica correspondiente. f) Emitir opinión técnica en relación a la solicitud de adenda requerida por el CITE privado cuando corresponda. 6.2 La DSE es responsable de: a) Brindar asistencia técnica en la formulación y presentación de propuestas de Proyectos. b) Integrar el ETM, a través de un representante en cumplimiento de lo dispuesto en la presente Directiva. c) Efectuar el seguimiento y evaluación del cumplimiento de los compromisos asumidos por el CITE privado en el marco de los proyectos. d) Emitir opinión técnica en relación a la solicitud de adenda cuando corresponda. 6.3 La OPPM es responsable de: a) Verificar la vigencia del Convenio de Canalización de Recursos entre el ITP y la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE.

6.4 La OAJ es responsable de: a) Elaborar los proyectos de convenio. b) Emitir opinión legal en los casos que corresponda. 7. DEFINICIONES Para fines de la aplicación de la presente Directiva, se entiende como: 7.1. Contrapartida.- Aporte del CITE privado establecido en el PAT del Convenio de Desempeño, que sirve sólo para la ejecución de los gastos del proyecto propuesto por el CITE privado. 7.2. Convenio de Desempeño.- Acuerdo entre el CITE privado y el ITP, a través del cual, el CITE privado se obliga a determinados compromisos de gestión y logro de metas según el proyecto aprobado que incluye un cronograma de trabajo y de transferencias dinerarias por parte del ITP sujetas a la verificación del cumplimiento de metas, equivalente a la subvención de hasta el 50% de su ejecución. Este documento establece, como mínimo, los objetivos, metas, hitos de cumplimiento, público objetivo, montos de cofinanciamiento y contrapartida, plazos y modalidades de ejecución, condiciones para las transferencias, obligaciones de proveer información y resultados esperados sobre el funcionamiento del CITE privado. 7.3. Convenio de Seguimiento del PMP.- Acuerdo entre el ITP y el CITE privado, a través del cual este último se obliga principalmente a (i) Informar sobre el avance de su PMP y el impacto que ha tenido la subvención otorgada por el ITP para el desarrollo de sus actividades, (ii) mantenerse en funcionamiento durante el período de vigencia de su PMP y (iii) Devolver el monto de la subvención otorgado en el marco del PAT en caso no destine los bienes adquiridos para el desarrollo de sus servicios, paralice sus actividades o pierda la condición de CITE privado. 7.4. Equipo Técnico Multidisciplinario.- Equipo conformado por expertos en distintas áreas relevantes a la evaluación del proyecto, encargado de asesorar al CITE y evaluar el proyecto mediante informe técnico, recomendando la conveniencia o no de suscribir determinado Convenio de Desempeño. 7.5. Financiamiento.- Conjunto de recursos monetarios y no monetarios destinados a la ejecución del PAT. 7.6. Hito de cumplimiento.- Producto o resultado de actividades críticas para el proyecto asociado a un momento determinado, que, si no ocurriera, compromete técnicamente el logro de los indicadores y el objetivo de desarrollo del proyecto. Constituye condición necesaria para la transferencia de recursos por parte del ITP. Los hitos de cumplimiento están articulados a determinadas actividades y metas relevantes del Convenio de Desempeño suscrito, que deben contar con indicadores y medios de verificación. 7.7. Indicador.- Es un enunciado que define una medida sobre el nivel de logro en el resultado, los productos y/o actividades; sirve para medir el cumplimiento de los compromisos asumidos por los CITE privado1. El indicador debe permitir medir y evaluar la eficacia, eficiencia, calidad y sostenibilidad/economía de la actividad. El diseño de los indicadores debe elaborarse usando los criterios SMART (Specific ­ Específico, Measurable ­ Medible, Assignable ­ Asignable y Realistic ­ Realista)2.

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Directiva para los Programas Presupuestales en el marco del Presupuesto por Resultados (2016). Directiva Nº 002-2016-EF/50.01. Ver: https://www. mef.gob.pe/es/por-instrumento/resolucion-directoral/15005-resoluciondirectoral-n-023-2016-ef-50-01-1/file Guía metodológica para la definición, seguimiento y uso de indicadores de desempeño de los Programas Presupuestales (2015) https://www.mef.gob. pe/contenidos/presu_publ/ppr/guia_seg_publicacion.pdf