Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2019 (25/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Domingo 25 de agosto de 2019 /

El Peruano

Designan Jefatura de los Servicios Consulares en Georgia, y la Jefatura de los Servicios Consulares en Islandia
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0572/RE-2019 Lima, 21 de agosto de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 076-2005-RE, de 5 de octubre de 2005, se aprobó el Reglamento Consular del Perú, cuyo artículo 33° dispone que toda Jefatura de los Servicios Consulares es designada mediante Resolución Ministerial, a propuesta de la Secretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior, actual Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares; Que, visto el Memorándum N° DGE00006/2019, la Dirección General de Europa informa el cambio de concurrencias de nuestras misiones diplomáticas en Europa; Que, resulta necesario designar a la Sección Consular de la Embajada del Perú en la República de Azerbaiyán, con sede en Bakú, como Jefatura de los Servicios Consulares en Georgia; asimismo, a la Sección Consular de la Embajada del Perú en el Reino de Noruega, con sede en Oslo, como Jefatura de los Servicios Consulares en Islandia; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 33°, 34° y 35° del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE, de 5 de octubre de 2005, y modificado por los Decretos Supremos N° 091-2011-RE y N° 046-2012-RE, respectivamente; y, en el artículo 2°, numeral 2, de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar a la Sección Consular de la Embajada del Perú en la República de Azerbaiyán, con sede en Bakú, como Jefatura de los Servicios Consulares, para efectos de organización interna, recaudación y remesas en Georgia. Artículo 2°.- Designar a la Sección Consular de la Embajada del Perú en el Reino de Noruega, con sede en Oslo, como Jefatura de los Servicios Consulares, para efectos de organización interna, recaudación y remesas en Islandia. Regístrese, comuníquese y publíquese. NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1800550-2

científica, en el marco de la cooperación antártica y la legislación peruana en ciencia, tecnología e innovación tecnológica, para contribuir al conocimiento, protección ambiental y manejo de la Antártida; Que, en el marco del Memorándum de Entendimiento en materia antártica suscrito entre la República del Perú y la República de Colombia, el 27 de enero de 2017, el Instituto de Investigaciones Marinas y Costeras "José Benito Vives de Andréis" ­ INVEMAR, ha cursado una invitación para participar en el curso "Geofísica marina con énfasis en gravimetría y magnetometría", que se llevará a cabo en la ciudad de Santa Marta, República de Colombia, del 26 al 28 de agosto de 2019; Que, el curso permitirá adquirir conocimiento respecto a las técnicas empleadas para caracterizar la geología del fondo marino y fortalecer las líneas de investigación en el marco de la planificación de la expedición ANTAR XXVII (verano austral 2019/20), con el objetivo de definir la estructura geológica regional del estrecho de Bransfield (Antártida) y contribuir con el Grupo de Geociencias liderado por el Comité Científico de Investigaciones Antárticas (SCAR); Que, en tal sentido, se estima necesaria la participación de una especialista en medio ambiente de la Dirección de Asuntos Antárticos, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos en el mencionado curso. Asimismo, cabe mencionar que los gastos de alojamiento y refrigerio serán asumidos por INVEMAR; De conformidad con la Ley N.° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.° 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM y su modificatoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010RE; el Decreto Legislativo N.° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.° 075-2008-PCM; la Ley N.° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del régimen especial del Decreto Legislativo N.° 1057, Contratación Administrativa de Servicios y otorga derechos laborales; y, la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, de la señora Cinthya Elizabeth Bello Chirinos, Contratada Administrativa de Servicios - CAS, especialista en medio ambiente de la Dirección de Asuntos Antárticos de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, a la ciudad de Santa Marta, República de Colombia, del 26 al 28 de agosto de 2019, a fin de participar en el curso "Geofísica marina con énfasis en gravimetría y magnetometría". Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios referente a los pasajes serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0033896 Realización Periódica de las Campañas Científicas a la Antártica, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasajes Aéreos Clase Económica US$ 745.00

Autorizan viaje de especialista de la Dirección de Asuntos Antárticos a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0575/RE-2019 Lima, 23 de agosto de 2019 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores, es el órgano rector encargado de la formulación, coordinación, conducción y supervisión de la Política Nacional Antártica y como tal debe asegurar el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Perú en el marco del Tratado Antártico y sus acuerdos complementarios y conexos; Que, establecen como acción estratégica la consolidación de la presencia activa y permanente del Perú en la Antártida, fortaleciendo la investigación

Nombres y Apellidos Cinthya Elizabeth Bello Chirinos

Artículo 3.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios por alojamiento y refrigerio serán cubiertos por INVEMAR. Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, la citada especialista deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.