Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2019 (11/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

Domingo 11 de agosto de 2019 /

El Peruano

exclusiva a los servidores bajo los regímenes regulados por los Decretos Legislativos Nº 276 y 728 y se denominará "Anexo de Puestos de los Regímenes 276 y 728"; Que, con Resolución de Secretaría General N° 012-2019-MINAM, se aprueba el Manual de Perfiles de Puestos - MPP del Ministerio del Ambiente y el Anexo de Puestos de los Regímenes 276 y 728 del Ministerio del Ambiente; Que, mediante Informe N° 00150-2019-MINAM/SG/ OGRH, la Oficina General de Recursos Humanos señala que en el Anexo de Puestos de los Regímenes 276 y 728 del Ministerio del Ambiente, aprobado con la referida Resolución de Secretaría General, se ha consignado erróneamente el puesto de "Especialista en Comunicaciones I", de "Especialista en Imagen Institucional y Protocolo", y de tres puestos de "Especialista en Auditoría Gubernamental I", con su correspondiente descripción; debiendo adjuntarse en su lugar el puesto de "Especialista en Comunicaciones", de "Técnico en Imagen Institucional y Eventos", y de tres puestos de "Especialista en Auditoría Gubernamental", con su correspondiente descripción, respectivamente; Que, mediante Informe N° 00367-2019-MINAM MINAM/SG/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que los puestos y su correspondiente descripción a adjuntar corresponden a plazas que en el CAP Provisional del Ministerio del Ambiente se encuentran ocupadas, lo cual no ocurre con los puestos que se adjuntaron erróneamente, por lo que es legalmente viable rectificar el Anexo de Puestos de los Regímenes 276 y 728 del Ministerio del Ambiente, aprobado con Resolución de Secretaría General N° 012-2019-MINAM; Que, el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado con Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, señala que para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública; Que, en ese sentido, el artículo 16 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, establece que la Secretaría General está a cargo de el/ la Secretario/a General, quien es la máxima autoridad administrativa del Ministerio; Con el visado de la Oficina General de Recursos Humanos, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, que aprueba el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil; el Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 312-2017-SERVIR/PE, que formaliza la aprobación de la Directiva N° 004-2017-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Perfiles de Puestos - MPP"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Rectificar el Anexo de Puestos de los Regímenes 276 y 728 del Ministerio del Ambiente, aprobado como Anexo 2 mediante la Resolución de Secretaría General N° 012-2019-MINAM, en lo que concierne a los puestos de "Especialista en Comunicaciones I", de "Especialista en Imagen Institucional y Protocolo", y de tres puestos de "Especialista en Auditoría Gubernamental I", y su correspondiente descripción, los mismos que quedan reemplazados por los puestos de "Especialista en Comunicaciones", de "Técnico en Imagen Institucional y Eventos", y de tres puestos de "Especialista en Auditoría Gubernamental", respectivamente, los cuales se consignan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución de Secretaría General. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución de Secretaría General a la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría General y de su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www. gob.pe/minam) en la misma fecha de la publicación de la Resolución de Secretaría General en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. KIRLA ECHEGARAY ALFARO Secretaría General 1796299-1

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 251-2019-MINCETUR Lima, 16 de julio de 2019 Visto, el Oficio N° 025-2019-PROMPERÚ/PE, de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo de PROMPERÚ, se ha contemplado conjuntamente con empresas peruanas prestadoras de servicios turísticos, su participación en la Feria Internacional de Turismo "Birdfair 2019", a realizarse en la ciudad de Rutland, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 16 al 18 de agosto de 2019, con el objetivo de promover nuestra oferta turística en el segmento de observación de aves, en las regiones que cuentan con la mayor diversidad y cantidad de especies de aves, así como especies endémicas; asimismo, el día 15 de agosto del mismo año, se ejecutarán acciones previas necesarias para la óptima presentación en esta feria, que cautelen el cumplimiento de los objetivos planificados; Que, es importante la participación en esta feria, por constituir uno de los eventos de aviturismo más importantes del mundo, lo que la convierte en la herramienta más efectiva para promocionar nuestra oferta turística de este sector hacia el público final; además, el segmento de observación de aves es una de las modalidades del ecoturismo con mayor crecimiento a nivel mundial, teniendo en cuenta que el Perú es uno de los países con mayor diversidad de especies y dispone de rutas de observación de aves atractivas para turistas especializados, recurso que puede convertirse en un destino turístico ideal; asimismo, el día 19 de agosto de 2019 se sostendrán reuniones con la empresa encargada de la construcción del stand, para tratar recomendaciones para la próxima edición de la feria y con la agencia de relaciones públicas, para el seguimiento de acciones posteriores a la feria Birdfair; Que, en tal razón, la Presidencia Ejecutiva de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje al exterior de la señora Cynthia Katherine Melgarejo Yactayo, quien labora en la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo, de la Dirección de Promoción del Turismo, para que en representación de PROMPERÚ desarrolle actividades vinculadas a la promoción turística del Perú en la feria antes mencionada;