Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2019 (11/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Domingo 11 de agosto de 2019

NORMAS LEGALES

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Artículo 2.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones debe considerar las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modificación de características técnicas. Regístrese, comuníquese y publíquese, ROSA VIRGINIA NAKAGAWA MORALES Viceministra de Comunicaciones 1796428-1

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Disponen la publicación de proyecto de Resolución Ministerial que aprueba los "Lineamientos técnicos para la ubicación y diseño de Módulos Temporales de Vivienda en casos de declaratoria de estado de emergencia o en situación de emergencia"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 260-2019-VIVIENDA Lima, 9 de agosto de 2019 VISTOS, el Memorándum N° 733-2019-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS, por el cual el Director General de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento hace suyo el Informe N° 876-2019-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DC de la Dirección de Construcción, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 6 de la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), establece que este Ministerio es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro de su ámbito de competencia, que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno en el marco del proceso de descentralización y en todo el territorio nacional; tiene entre otras competencias exclusivas, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución de las políticas nacionales y sectoriales; Que, el numeral 1 del artículo 9 de la citada Ley dispone como función exclusiva del MVCS, desarrollar y aprobar tecnologías, metodologías o mecanismos que sean necesarios para el cumplimiento de las políticas nacionales y sectoriales, en el ámbito de su competencia; Que, el literal b) del artículo 82 del Reglamento de Organización y Funciones del MVCS, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA señala que la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, tiene como función proponer o aprobar y difundir normas, planes, reglamentos, lineamientos, directivas, procedimientos, metodologías, mecanismos y estándares, entre otros, de alcance nacional, en materia de construcción y saneamiento, en el marco de las políticas y normas que se vinculen; Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2015-VIVIENDA se aprueba el Procedimiento para la entrega de Módulos Temporales de Vivienda (MTV) en casos de declaratoria de estado de emergencia o en situación de emergencia. Conforme a lo establecido por la Única Disposición Complementaria Final de la mencionada norma, el MVCS se encuentra facultado a dictar las disposiciones que resulten necesarias para la mejor aplicación del Procedimiento para la entrega de MTV, mediante Resolución Ministerial; Que, con Memorándum N° 733-2019-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS, la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento brinda

conformidad al Informe N° 876-2019-VIVIENDA/VMCSDGPRCS-DC de la Dirección de Construcción que sustenta la propuesta de "Lineamientos técnicos para la ubicación y diseño de Módulos Temporales de Vivienda en casos de declaratoria de estado de emergencia o en situación de emergencia", que tienen como finalidad estandarizar las características de los MTV, a fin de brindar una mejor calidad de vida a las familias damnificadas e incrementar la calidad de las inversiones públicas; Que, atendiendo a la naturaleza del proyecto normativo, este requiere ser sometido a consulta a efectos de recibir sugerencias, comentarios y aportes de los interesados, conforme a lo señalado en el numeral 1 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, el cual establece que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus portales electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, permitiendo que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, en consecuencia, es necesario disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba los "Lineamientos técnicos para la ubicación y diseño de Módulos Temporales de Vivienda en casos de declaratoria de estado de emergencia o en situación de emergencia", a efectos de recibir sugerencias, comentarios y aportes de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general, dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación del proyecto Disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba los "Lineamientos técnicos para la ubicación y diseño de Módulos Temporales de Vivienda en casos de declaratoria de estado de emergencia o en situación de emergencia", en el portal institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www. gob.pe/vivienda), a efectos de recibir las sugerencias, comentarios y aportes de las entidades públicas y privadas y de la ciudadanía en general, dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contado a partir del día hábil siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- Consolidación de Información Encargar a la Dirección de Construcción de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, la consolidación de las sugerencias, comentarios y aportes que se presenten respecto del proyecto normativo señalado en el artículo precedente, que se recibirán a través del portal institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), en el link: "Proyecto de Resolución Ministerial que aprueba los Lineamientos técnicos para la ubicación y diseño de Módulos Temporales de Vivienda en casos de declaratoria de estado de emergencia o en situación de emergencia". Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ESTRADA MENDOZA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1796461-1