Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2019 (11/08/2019)


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NORMAS LEGALES

Domingo 11 de agosto de 2019 /

El Peruano

Designan Jefe de Administración del ITP

la

Oficina

de

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN RESOLUCIÓN EJECUTIVA N°185-2019-ITP/DE Lima, 9 de agosto de 2019 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de confianza de Jefe de la Oficina de Administración del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; Con la visación de Secretaría General y la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley n.° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley n.° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo n.° 92, modificado por el Decreto Legislativo n.° 1451 que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); y, el Decreto Supremo n.° 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar, a partir del 12 de agosto de 2019, al señor Freddy Chaupin Sosa, en el cargo de confianza de Jefe de la Oficina de Administración del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP). Artículo 2°.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano"; y en el mismo día, en el Portal Institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) https://www.gob.pe/produce/itp. Regístrese, Comuníquese y Publíquese SERGIO RODRIGUEZ SORIA Director Ejecutivo 1796179-1

RELACIONES EXTERIORES
Aprueban el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020 - 2022 del Ministerio de Relaciones Exteriores
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0536/RE-2019 Lima, 8 de agosto de 2019 VISTOS: La Memoranda (OPP) N° OPP00581/2019, y (OPP) N° OPP00626/2019 de 17 y 30 de abril de 2019, respectivamente, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que son funciones generales de los Ministerios formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, asimismo, el numeral 1 del artículo 25 de la precitada norma legal, establece que corresponde a los Ministros de Estado las funciones de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco

del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; así como aprobar los planes de actuación; Que, de otro lado, el inciso 3 del numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que el Titular de la Entidad es responsable de determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEI), y sujetándose a la normatividad vigente; Que, la "Guía para el Planeamiento Institucional", aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD, modificada por Resoluciones de Presidencia de Consejo Directivo N° 062-2017/CEPLAN/PCD, N° 053-2018-CEPLAN/ PCD y N° 016-2019-CEPLAN/PCD, tiene como objetivo establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modificación del Plan Estratégico Institucional - PEI y del Plan Operativo Institucional - POI, en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua; Que, el numeral 5.7. de la citada "Guía para el Planeamiento Institucional", establece que el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) verifica y valida la metodología, la consistencia y coherencia del Plan Estratégico Institucional (PEI) con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y la Política General de Gobierno, y emite un informe técnico, el cual contiene la Evaluación de Diseño del Plan Estratégico Institucional (PEI); Que, con Resolución Ministerial N° 1268-2015-RE, de 31 de diciembre de 2015, se aprobó el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2015-2021 del Sector Relaciones Exteriores; Que, en sesión virtual del 17 de abril de 2019, la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Relaciones Exteriores aprobó el proyecto de Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2022; Que, aunado a ello, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), en el marco de lo establecido en el numeral 5.7 de la "Guía para el Planeamiento Institucional", a través del Oficio N° D000208-2019-CEPLAN/DNCP, ha remitido el Informe Técnico N° D000140-2019-CEPLAN-DNCPPEI, mediante el cual verifica y valida el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2022 del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, en ese marco, es necesario dictar el acto resolutivo correspondiente por el cual se aprueba el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2022 del Pliego 008: Ministerio de Relaciones Exteriores; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; y, la "Guía para el Planeamiento Institucional", aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del PEI 2020-2022 Aprobar el Plan Estratégico Institucional (PEI) 20202022 del Pliego 008: Ministerio de Relaciones Exteriores, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución y del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2022 en el Portal de Transparencia Estándar del Ministerio de Relaciones Exteriores en el plazo de cinco (05) días hábiles de aprobada y en el Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/rree), el mismo día de la