Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2019 (10/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

Sábado 10 de agosto de 2019 /

El Peruano

Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), concordante con los numerales 6.1.3 y 6.2.1 del Artículo VI de la Resolución Ministerial Nº 180-2013-PCM, donde se aprueba los "Lineamientos para la Organización, Constitución y Funcionamiento de las Plataformas de Defensa Civil"; En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la conformación de la Plataforma de Defensa Civil del distrito de San Juan de Miraflores, la misma que estará constituida de la siguiente manera: - La Alcaldesa, en calidad de Presidenta - Sub Gerente de Defensa Civil y Gestión del Riesgo de Desastres, en calidad de Secretario Técnico - Subprefecto de San Juan de Miraflores - Jefe de la DIVTER SUR II - Comisarios del distrito - Jefe de la Compañía de Bomberos San Juan de Miraflores Nº 120 - Director de la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 01 - Director Ejecutivo de la Red de Salud de San Juan de Miraflores - Director General del Hospital María Auxiliadora - Fiscal Provincial de la 1ra Fiscalía Provincial Civil y Familia de San Juan de Miraflores - Representante de la Oficina Defensorial Lima Sur - Coordinador del Centro Emergencia Mujer San Juan de Miraflores - Gerente General de la Oficina Registral San Juan de Miraflores de la RENIEC - Representante de la Empresa Luz del Sur en San Juan de Miraflores - Representante de SEDAPAL - Representante de la Oficina Lima Sur de OSINERGMIN - Representante de la Iglesia Católica de San Juan de Miraflores - Representante de Institutos Superiores, Tecnológicos, Pedagógicos y CETPRO de San Juan de Miraflores - Representante de Clínicas Privadas de San Juan de Miraflores - Representante de Empresas Privadas del distrito. - Representante del Centro de Estudios y Prevención de Desastres (PREDES) - Representante de Protección Civil Internacional (PCI) - Representante de las Organizaciones No Gubernamentales ­ ONG - Representante del Voluntariado en Emergencia y Rehabilitación ­ VER. - Representante de Comedores Populares. - Representante de Vaso de Leche. - Representante de Mercados del distrito. - Representante de la Sociedad Civil del distrito de San Juan de Miraflores ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD). Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía Nº 59-2019/MDSJM que aprobó la Conformación de la Plataforma de Defensa Civil del distrito de San Juan de Miraflores. Artículo Tercero.- NOTIFICAR la presente Resolución de Alcaldía a los miembros integrantes de la Plataforma de Defensa Civil del distrito de San Juan de Miraflores, designados en el artículo primero de la presente resolución. Artículo Cuarto.- PUBLIQUESE la presente Resolución en el Portal de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores http://www.munisjm.gob.pe/ Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARIA CRISTINA NINA GARNICA Alcaldesa 1795600-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ABANCAY
Aprueban Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro de Infracciones y Sanciones (CIS) de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 07-2019-CM-MPA Abancay, 20 de junio del 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ABANCAY POR CUANTO: VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 20 de junio del año 2019, el Informe Nº 149-2019-GM-MA de la Gerencia Municipal, con la Opinión Legal Nº 073-AGJ/MAP, donde se aprueba la Ordenanza Municipal que Aprueba el Nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y Cuadro de Infracciones y Sanciones (CIS) de la Municipalidad Provincial de Abancay; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 30305, del Capítulo XIV del Título IV, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establecen que las Municipalidades son órganos de gobierno local y como tal gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, la autonomía política de las municipalidades, faculta al Concejo Municipal ejercer la función normativa en los asuntos de su competencia, la misma que de acuerdo al artículo 46º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades pueden establecer, mediante ordenanzas, sanciones de multa, suspensión de autorizaciones o licencias, clausura, decomiso, retención de productos y mobiliario, retiro de elementos reglamentarios, paralización de obras, demolición, internamientos de vehículos, inmovilización de productos, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiera lugar conforme a ley; Que, la Municipalidad Provincial de Abancay, cuenta con un Reglamento Administrativo de Sanciones (RAS) Cuadro de Infracciones y Sanciones (CIS), aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 009-2011-CM-MPA, aprobado el 18 de marzo del 2011, la misma que es necesario su actualización, con el fin de adecuar los procedimientos al nuevo marco legal de la Ley del Procedimiento Administrativo General, modificado por los Decretos Legislativos Nº 1272, 1452, y compendiado al Nuevo Texto Único Ordenado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; Que, mediante Informe Legal Nº 073-A-GJ/MAP, opina procedente el proyecto de Ordenanza Municipal que Aprueba el Nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas ­(RAS) y Cuadro de Infracciones y Sanciones (CIS), actualizada al nuevo Ordenamiento Jurídico del (TUO) de la Ley Nº 27444, Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; y a la vez recomienda se eleve los