Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2019 (10/08/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 10

10

NORMAS LEGALES

Sábado 10 de agosto de 2019 /

El Peruano

Autorizan viaje de oficiales EP a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0994-2019 DE/CCFFAA Jesús María, 8 de agosto de 2019 VISTO: El Oficio Nº 2648 CCFFAA/OAI/UOP/PER, del Secretario de la Jefatura del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de fecha 10 de julio de 2019. CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de Invitación N° 2200/1636, de fecha 4 de junio de 2019, el Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Chile, hace referencia al Entendimiento Tercero del Acta de la XXIX Ronda de Conversaciones entre el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú y el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Chile; en tal sentido, hace extensiva una cordial invitación para que DOS (2) Oficiales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, que tengan responsabilidad sobre la Gestión de las Operaciones de Paz, realicen una Visita Profesional a sus dependencias en Santiago de Chile, entre el 12 y el 14 de agosto de 2019, para tratar Intercambio de experiencias y lecciones aprendidas en materia de Operaciones de Paz (OPAZ); Que, mediante Oficio N° 648 JCCFFAA/OAI/UOP, de fecha 1 de julio de 2019, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, confirma la aceptación de la invitación, habiéndose designado al Jefe de la Oficina de Asuntos Internacionales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, Coronel EP Antonio Luis CÓRDOVA Espinoza y el Comandante Accidental de la Compañía de Infantería Perú, Mayor EP Carlos César MAURO Caballero-Diaz; Que, según lo señalado en el Dictamen Nº 146 / CCFFAA/OAJ, del 10 de julio de 2019, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del personal militar del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, a fin participen en la visita profesional en materia de Operaciones de Paz, considerando que el citado evento permitirá intercambiar experiencias en las áreas administrativas vinculadas en la planificación, organización, conducción y participación de personal en el marco de aquellas misiones de paz donde ambos países coinciden; así como, conocer la organización, estructura y desarrollo docente del Centro Conjunto para Operaciones de Paz de Chile (CECOPAC); asimismo, los objetivos a alcanzarse redundarán en beneficio del Sector Defensa en temas de Operaciones de Paz; Que, conforme a la Declaración de Gastos del Jefe de Tesorería, los gastos derivados de los conceptos de pasajes aéreos y viáticos que ocasione la presente autorización de viaje se ejecutarán con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2019 de la Unidad Ejecutora 002: Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de conformidad con los incisos a) y b) del artículo 10° del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0022004-DE/SG; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión oficial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice a otro continente; Que, de conformidad con el itinerario de vuelos internacionales y con el fin de prever la participación

de la comitiva designada durante la totalidad de la referida comisión, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación y el retorno UN (1) día posterior al término de la misma, en cuyo caso este último no irrogará gasto al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2016-DE; la Ley N° 30693, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619; Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/ SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y; Estando a lo propuesto por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, al Coronel EP Antonio Luis CÓRDOVA Espinoza, identificado con DNI N° 09449710 y al Mayor EP Carlos César MAURO Caballero-Diaz, identificado con DNI N° 43379166, para que participen en la Visita Profesional para Intercambiar Experiencias y Lecciones Aprendidas en materia de Operaciones de Paz, a realizarse en la ciudad de Santiago - Chile, del 12 al 14 de agosto de 2019; así como, autorizar su salida del país el 11 de agosto de 2019 y su retorno el 15 de agosto de 2019. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima ­ Santiago (Chile) ­ Lima US$. 1,500.00 x 2 personas (Incluye TUUA) US$. 3,000.00 Viáticos: US$. 370.00 x 2 personas x 3 días Total a Pagar: US$. 2,220.00 -------------------US$. 5,220.00

Artículo 3.- Facultar al Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas para variar la fecha de inicio y término de la Comisión indicada en el Artículo precedente, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad, ni el nombre de los participantes. Artículo 4.- El Personal Militar comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje realizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de su retorno al país; asimismo, dentro del mismo plazo, los funcionarios autorizados, efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002. Artículo 5.- La presente autorización no da derecho a exoneración, ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- Disponer que se ponga en conocimiento de la Comandancia General del Ejército, el contenido de la presente Resolución, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MOSCOSO FLORES Ministro de Defensa 1796049-1