Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2019 (10/08/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 65
El Peruano / Sábado 10 de agosto de 2019
NORMAS LEGALES
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Que, con Informe N° 024-2019-MSB-GGS-UIS de fecha 02 de julio de 2019, la Unidad de Inclusión Social señala que en el marco de la implementación de la estrategia nacional ponte en #ModoNiñez, el cual tendrá temporalidad de intervención de tres años consecutivos y que busca sensibilizar la ciudadanía en general sobre el cuidado de las niñas, niños y adolescentes en los espacios públicos, lo cual viene desarrollándose con los gobiernos regionales y locales del país, a efectos de que los mismos brinden espacios seguros de protección a dicho sector de la población por lo que, se requiere la emisión de una Resolución de Alcaldía que contemple dicho marco legal; en esa línea, la Municipalidad de San Borja, con el objetivo de promover la adecuada prestación de servicios locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico en la circunscripción del distrito, con mayor bienestar y calidad de vida, en una cultura de paz y bien común, tiene a adoptar la estrategia nacional que desarrolla el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; por lo que, remite el proyecto de Resolución de Alcaldía que aprueba el "Protocolo de Intervención para la Protección de las Niñas, Niños y Adolescentes en el distrito de San Borja"; Que, mediante Memorando N° 622-2019-MSB-GGS de fecha 04 de julio de 2019, la Gerencia de Gestión Social eleva a la Oficina de Asesoría Jurídica el Informe N° 024-2019-MSB-GGS-UIS, a fin de evaluar su viabilidad y emitir opinión al respecto; Que, con Informe N° 319-2019-MSB-OAJ de fecha 09 de julio de 2019, la Oficina de Asesoría Jurídica establece el sustento legal correspondiente y opina que resulta legalmente viable aprobar el "Protocolo de Intervención desde la Municipalidad Distrital de San Borja para la Protección de las Niñas, Niños y Adolescentes", debiendo emitirse la Resolución de Alcaldía correspondiente, al amparo de lo establecido en el numeral 6 del artículo 20° y 43° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Memorando N° 402-2019-MSB-GM de fecha 10 de julio de 2019, la Gerencia Municipal solicita emitir el acto administrativo requerido a fin de continuar con el trámite correspondiente; Estando a lo expuesto, en concordancia a las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con el visto bueno de la Oficina de Asesoría Jurídica, Gerencia de Gestión Social, Unidad de Inclusión Social y Gerencia Municipal; RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el "Protocolo de Intervención desde la Municipalidad Distrital de San Borja para la Protección de las Niñas, Niños y Adolescentes", cuyo anexo es parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Gestión Social, desarrollar un plan de acción para supervisar el cumplimiento y ejecución del presente protocolo de intervención. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y su anexo en el Portal de Transparencia Institucional www. munisanborja.gob.pe, Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 1795152-1
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO: El Informe Nº 091-2019-SGDCYGRD-GDE/ MDSJM de la Sub Gerencia de Defensa Civil y Gestión del Riesgo de Desastres de la Gerencia de Desarrollo Económico y el Informe Nº 262-2019-GAJ/MDSJM de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local con autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ley Nº 29664, se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y preparación y atención ante situaciones de desastres mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, artículo 19º, numeral 19.1 del Reglamento de la Ley Nº 29664, aprobado por Decreto Supremo Nº 0482011-PCM, señala que las Plataformas de Defensa Civil son espacios permanentes de participación, coordinación, convergencia de esfuerzos e integración de propuestas, que se constituyen en elementos de apoyo para la preparación, respuesta y rehabilitación; funcionan en los ámbitos jurisdiccional regionales y locales; la participación de las organizaciones sociales, las organizaciones humanitarias vinculadas a la gestión del riesgo de desastres, apoyan y participan en las Plataformas de Defensa Civil; así como, el Presidente del Gobierno Regional y el Alcalde respectivamente, constituyen, presiden y convocan las Plataformas; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 180-2013PCM que aprobó los "Lineamientos para la Organización, Constitución y Funcionamiento de las Plataformas de Defensa Civil"; establece en su numeral 6.1.3 que la Plataforma de Defensa Civil de la Municipalidad Distrital está conformada por el Alcalde quien la constituye, preside y convoca; la Secretaría Técnica que es asumida por el Jefe de Defensa Civil; representantes de las entidades públicas y privadas, organizaciones sociales debidamente reconocidas y humanitarias, organismos no gubernamentales, voluntariado y entidades de primera respuesta vinculadas a la gestión reactiva y gestión del riesgo de desastres; Que, en atención a ello, mediante Resolución de Alcaldía Nº 59-2019/MDSJM de fecha 23 de enero de 2019 se aprobó la constitución de la Plataforma de Defensa Civil de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores; Que, mediante Sesión Ordinaria Nº 001-2019 de la Plataforma de Defensa Civil del distrito de San Juan de Miraflores llevada a cabo el 30 de abril de 2019, los Miembros de la Plataforma de Defensa Civil de San Juan de Miraflores, aprobaron por unanimidad la Reconformación y Reglamento Interno para el Funcionamiento de la Plataforma de Defensa Civil de San Juan de Miraflores; Que, mediante Informe Nº 091-2019-SGDCYGRDGDE/MDSJM, de fecha 21 de junio de 2019, la Subgerencia de Defensa Civil y Gestión del Riesgo de Desastres concluye que se debe aprobar la conformación de la Plataforma de Defensa Civil del distrito de San Juan de Miraflores, adjuntando para tal efecto el proyecto de Resolución de Alcaldía, y copia del Acta de Sesión Ordinaria Nº 001-2019, de fecha 30 de abril de 2019; Que, mediante Informe Nº 262-2019-GAJ/MDSJM, de la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para la conformación de la Plataforma de Defensa Civil del distrito de San Juan de Miraflores, en virtud de lo dispuesto en el numeral 19.1, del artículo 19º del Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley
MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
Aprueban la conformación de la Plataforma de Defensa Civil del distrito
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 196-2019/MDSJM San Juan de Miraflores, 25 de junio de 2019