Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2019 (10/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Sábado 10 de agosto de 2019 /

El Peruano

INTERIOR
Autorizan viaje de oficiales y de cadetes de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú a Argentina, en comisión de servicios y en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1193-2019-IN Lima, 9 de agosto de 2019 VISTOS, el Oficio N° 1040-2019-SUB COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú y el Informe N° 001987-2019/IN/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta S/N de fecha 07 de mayo de 2019, el Director de Educación e Institutos de la Gendarmería Nacional Argentina, confirma la aceptación de realización de la pasantía en la Escuela de Oficiales "General Don Martín Miguel Guemes" de la Gendarmería Nacional Argentina para Cadetes del cuarto año de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, a realizarse del 12 al 17 de agosto de 2019, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina; Que, con Informe N° 010-2019-ENFPP/EO PNPAREPLA de fecha 05 de julio de 2019, el Director de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú señala que, con el objeto de brindar a los cadetes la debida atención, se sugiere que la delegación que realizará la pasantía antes indicada esté compuesta por un máximo de quince (15) Cadetes, dos (02) Oficiales Instructores, Un (01) Oficial Jefe y Un (01) Oficial Coordinador; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 238-2019-COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI de fecha 25 de julio de 2019, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente se prosiga con el trámite de la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Mayor de la Policía Nacional del Perú Herbert Sánchez Loayza, del Capitán de la Policía Nacional del Perú David Wilmer Rivas Yllescas, y de los Tenientes de la Policía Nacional del Perú Meryl Fátima Paredes Cabello y Hebert Serjino Torres Graneros, oficiales que acompañarán a quince (15) Cadetes del cuarto año de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú indicados en el anexo de la presente resolución, que viajarán en misión de estudios, del 11 al 18 de agosto de 2019, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, considerando que es importante para el personal policial, toda vez que permitirá que reciban capacitación y adquieran nuevas experiencias que coadyuven a fortalecer sus conocimientos para el mejor desempeño de la función policial, consolidando su formación en las áreas de inteligencia, investigación criminal y prevención de delitos y faltas, asimismo contrastar la realidad doctrinaria, organizacional y funcional de la Policía Nacional del Perú con la realidad operacional de la Policía Nacional de Argentina; Que, la experiencia a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en la pasantía indicada, se encuentra en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo señala el Oficio N° 3192-2019-SECEJE-DIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE del Departamento de Presupuesto de la División de

Economía de la Policía Nacional del Perú, y los viáticos son asumidos por la entidad receptora; Que, al respecto, la Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobada por Decreto Legislativo N° 1267 establece en su artículo 5 que "El personal policial tiene los siguientes derechos: (...) 3) Formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente (...)"; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que "Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Misión de estudios, Comisión de servicio (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 señala "Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (...)"; Que, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en su artículo 10 establece que "10.1. Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que "La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que "(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento"; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que "Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (...)"; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0142019-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Mayor de la Policía Nacional del Perú Herbert Sánchez Loayza, del Capitán de la Policía Nacional del Perú David Wilmer Rivas Yllescas y de los Tenientes de la Policía Nacional del Perú Meryl Fátima Paredes Cabello y Hebert Serjino Torres Graneros, oficiales que acompañarán a los quince (15) Cadetes del cuarto año de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú indicados en el anexo adjunto de la presente resolución, que viajarán en misión de estudios, del 11 al 18 de agosto