Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2017 (05/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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PERIODO N° DEL TRIBUTARIO VALOR, RESOLUCIÓN MES AÑO 102 023001354314 201104 201104 103 023001357917 201105 201105 104 023001364214 201107 201107 105 023001383408 201109 201109 106 023001383869 201110 201110 107 023001389338 201111 201111 TRIBUTO

NORMAS LEGALES
MONTO TOTAL EN SOLES DE DENOMI- LA DEUDA AL CÓDIGO 24.07.17 NACIÓN 053100 053100 053100 053100 053100 053100 PENREG PENREG PENREG PENREG PENREG PENREG PENREG PENREG PENREG SNPIRT PENREG PENREG PENREG PENREG PENREG PENREG PENREG 42,67 43,49 23,94 15,14 79,15 12,87 71.138,93 23,18 11,61 334,27 79.980,62 76.461,23 98.175,56 111.830,45 114.521,27 24.012,72 52.828,27 S/ 3.047.354,77 120 S/ 29.752,00

Jueves 5 de octubre de 2017 /

El Peruano

108 023001400125 201201 201201 053100 109 023001468134 201210 201210 053100 110 201211 201211 111 021001034627 201408 201408 053402 112 021001036212 201506 201506 053100 113 021001036080 201507 201507 053100 114 021001036210 201508 201508 053100 115 021001036502 201509 201509 053100 116 021001036489 201510 201510 053100 117 021001036640 201511 201511 TOTAL DEUDA Número de cuotas Monto de las cuotas Fuente: Reportes emitidos por la SUNAT 053100 118 021001036780 201512 201512 053100

1572196-1

Solicitan el acogimiento al RETRO-AFP a través del AFP net sobre la deuda por aportes previsionales, así como los conceptos que generen hasta la fecha de presentación de la solicitud
ACUERDO DE CONCEJO Nº 038-2017/CDL Chosica, 24 de julio de 2017. VISTO: El Memorándum Nº 3187-207/MDLCH-GM de Gerencia Municipal, el Informe Nº 165-2017/MDLCH-GAF de la Gerencia de Administración y Finanzas; Resolución de Gerencia de Administración y Finanzas Nº 050-2017/ MDLCH; el Informe Nº 518-2017/MDLCH-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; Informe Nº 1081-2017/ MDLCH/GAF/SGP de la Sub Gerencia de Personal; Informe Nº 366-2017/MDLCH/-GAF-SGT de la Sub Gerencia de Tesorería; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, los artículos 25º, 26º, 27º y 30º del Subcapítulo II Régimen de Reprogramación de pago de Aportes Previsionales al Fondo de Pensiones (REPRO-AFP) del Decreto Legislativo Nº 1275 que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia fiscal de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, establecen que el Concejo Municipal podrá acordar acogerse al régimen de reprogramación de pago de los aportes previsionales al Fondo de Pensiones del Sistema Privado de Pensiones que no fueron cancelados en su oportunidad por los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales al 31 de diciembre de 2015, en concordancia con las disposiciones que reglamentan la implementación y funcionamiento del régimen de reprogramación de pago de aportes

previsionales al fondo de pensiones (REPRO-AFP) y las disposiciones que establezca para ello la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), así como autorizar a la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas (DGETP) para que proceda a la afectación de los recursos destinados al pago de las Cuotas de la deuda fraccionada hasta su total cancelación, con cargo a los recursos que dichos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales determinen, siempre que tales recursos se centralicen y administren a través de la Cuenta Única del Tesoro Público, sujeto a las restricciones vigentes respecto al uso de los recursos; Que, el Decreto Supremo Nº 168-2017-EF aprobó las disposiciones que reglamentan la implementación y funcionamiento del Régimen de Reprogramación de pago de Aportes Previsionales al Fondo de Pensiones (REPROAFP), a fin de que los Gobiernos Regionales y Locales puedan acogerse a este y regularizar sus adeudos por aportes previsionales, en beneficio de los afiliados del Sistema Privado de Pensiones; Que, mediante Informe Nº 192-2017-MDLCH/SGPPDI el Sub Gerente de Planificación, Presupuesto y Desarrollo Institucional, informa sobre la factibilidad y conveniencia institucional de acogerse al Régimen de Reprogramación de pago de Aportes Previsionales al Fondo de Pensiones (REPRO-AFP) o Deuda Real pendiente que se tiene con las Administradoras de Fondos de Pensiones - AFP hasta el 31 de diciembre de 2015; Que, a la fecha la Municipalidad Distrital de Lurigancho mantiene deuda por aportes previsionales a las AFP HABITAT, INTEGRA, PRIMA y PROFUTURO, conforme se evidencia de la deuda conciliada a través del AFPnet; Que, mediante Informe Nº 205-2017-MDLCH/SGPPDI el Sub Gerente de Planificación, Presupuesto y Desarrollo Institucional plantea las siguientes "Propuestas de Plan y Correctivos Institucionales" el mismo que contempla: a). mayores ingresos y b). economías producidas por reingenierías y mejora continua, explicitados medidas técnicas internas que tiendan a equilibrar financieramente el endeudamiento y la cobertura del gasto comprometido, sin afectar la continuidad operativa, la capacidad institucional de prestar servicios públicos oportunos y de calidad así como la ejecución de proyectos de inversión pública debidamente priorizados, medidas que se alinean con los objetivos estratégicos contenidos en el Decreto Supremo Nº 0042013-PCM que aprobó la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, generándose "cadenas de valor" y la gestión por procesos en beneficio del ciudadano: 1) Continuar con la mejora de la recaudación corrigiendo el desequilibrio o desbalance estructural de los ingresos pasando de una fuerte dependencia de las transferencias (FONCOMUN) a una menor dependencia con el privilegio de incremento de los RDR. 2) Obtención de los incentivos a la mejora de la gestión u otras transferencias en el marco de los PpR, como una decisión política de la administración y de esfuerzo corporativo. 3) Acceso a los fondos de FONDES, FONIPREL y otros en los concursos anuales para el financiamiento de PIPs. 4) Participación de APP y Obras por Impuestos. 5) Convenios por Cooperación Nacional e Internacional que financien proyectos socialmente rentables. 6) Reducción de los gastos corrientes, redimensionando el tamaño de la entidad y establecer techos al valor de la nómina del personal. 7) Establecer techos al stock de deuda. 8) Fortalecimiento del sistema de presupuesto institucional y Focalización de Programas. 9) Operatividad del Comité de Caja. 10) Una más eficiente gestión por procesos y de mejora continua y de modernización de la gestión. Que, mediante Informe Nº 518-2017/MDLCH-GAJ el Gerente de Asesoría Jurídica, expresa que por convenir a los intereses de la entidad, debe ponerse a consideración del Concejo la propuesta para que, mediante Acuerdo, exprese la decisión de acogerse al Régimen de Reprogramación de pago de Aportes Previsionales al Fondo de Pensiones (REPRO-AFP);