Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2017 (05/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Jueves 5 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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ANEXO N° 05 PROTOCOLO DE LA EVALUACIÓN DE TRADUCCIÓN PARA LA RATIFICACIÓN DE LOS TRADUCTORES PÚBLICOS JURAMENTADOS La evaluación de traducción para la ratificación de los Traductores Públicos Juramentados (TPJ) tiene por objetivo constatar, por escrito, su capacidad para trasladar un mensaje de una lengua a otra mediante una equivalencia natural y exacta (Nida y Taber, 1969/1986). Con este fin, se elabora el presente protocolo con directrices específicas para su desarrollo. 1. La Comisión Supervisora del Proceso de Ratificación de los TPJ (en adelante «Comisión Supervisora») acordará la fecha de la evaluación con una anticipación de 15 días calendario y deberá efectuar las siguientes designaciones: 1.1. Grupo Ad Hoc de Supervisión de la Evaluación (GS): estará integrado por un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores y dos representantes de las universidades que imparten la carrera de traducción e interpretación que forman parte de la Comisión Supervisora. 1.2. Grupo Ad Hoc de Evaluación (GE): estará integrado por expertos calificados de acuerdo a los idiomas, quienes elaborarán y calificarán las evaluaciones de traducción. Los miembros de la Comisión Supervisora no podrán integrar el GE. 2. De la evaluación de traducción: 2.1. La evaluación de traducción será elaborada por la GE dos días antes de su aplicación. 2.2. El texto de la evaluación de traducción será de tipología informativo-expositiva y se debe garantizar que el documento no cuente con traducción en Internet. 2.3. El texto tendrá entre 200 y 220 palabras. 2.4. El tiempo para realizar la traducción será de 30 minutos. 2.5. Se permitirá el uso de diccionarios. 2.6. Estará terminantemente prohibido el uso de celulares y cualquier otro dispositivo virtual. 2.7. Solamente se utilizarán útiles básicos, sin cartuchera. 2.8. La evaluación de traducción se llevará a cabo en la sede del Ministerio de Relaciones Exteriores. 2.9. El examinado recibirá una fotocopia del texto que deberá traducir, un papel membretado con punta desglosable en la que llenará sus datos. 2.10. En cuanto termine la evaluación de traducción, un miembro del GS cortará la punta y le asignará un número correlativo que no debe ser visto por el examinado. 2.11. Al finalizar la evaluación de traducción, luego de hacer tres fotocopias para entregar una a cada miembro encargado de la corrección, todas las hojas con el texto a traducir y el texto traducido deberán ser guardadas en un sobre manila. 2.12. Las evaluaciones de traducción serán entregadas por el GS al GE en un sobre cerrado. 3. La Comisión Supervisora y el GS darán instrucciones específicas a los TPJ sobre el protocolo a seguir dos días antes de la celebración de la evaluación de traducción. 4. De la corrección de la evaluación de traducción: 4.1. El GE asumirá la responsabilidad de la corrección de la evaluación de traducción, en concordancia con el baremo de corrección que aparece al final del presente Protocolo. El GE estará compuesto por 3 miembros y contará con un mínimo de 2 colaboradores/evaluadores por cada lengua. Asimismo, contará con la colaboración de un representante de una Embajada peruana en el país más representativo de las 9 lenguas incluidas en las Bases del Proceso de Ratificación de los Traductores Públicos Juramentados. 4.2. El GE y sus colaboradores deberán firmar un compromiso de absoluta confidencialidad. 4.3. La evaluación de traducción en una lengua determinada será corregida por el GE y sus colaboradores,

en caso de que no haya acuerdo respecto de la puntuación, la Comisión Supervisora nombrará a un dirimente. 4.4. Los miembros encargados de la evaluación de traducción deberán entregar las correcciones con el puntaje respectivo dentro de las 48 horas de finalizada la evaluación. 4.5. La puntuación de la evaluación de traducción será sobre 30. La mínima aprobatoria será 20 puntos. 4.6. Las evaluaciones de traducción, según los idiomas y direcciones, serán corregidas por traductores profesionales y en ejercicio de la profesión; así como por un representante de una Embajada peruana conforme al inciso 5.1. 4.7. Las correcciones de las evaluaciones de traducción, en los idiomas en los que no haya traductores profesionales, serán realizadas por dos expertos seleccionados por la Comisión de Supervisión y contarán con el apoyo de un representante de una Embajada peruana conforme al inciso 5.1. 4.8. Para la corrección de las evaluaciones de traducción, se utilizará el Baremo que se lee al final de este documento. 4.9. Al finalizar la corrección, el GE entregará las evaluaciones de traducción calificadas a la Comisión Supervisora. 4.10. La calificación obtenida de esta evaluación es inapelable. 5. La Comisión Supervisora, luego de recibir los resultados del GE, deberá publicarlos conforme a las Bases del Proceso de Ratificación de los Traductores Públicos Juramentados. BAREMO DE CORRECCIÓN (*) I. · · · · · · · · INADECUACIONES QUE AFECTAN LA COMPRENSIÓN DEL TEXTO ORIGINAL CONTRASENTIDO (CS) (-3) desconocimiento lingüístico (CSL) desconocimiento extralingüístico (temático-cultural) (CSEXT) FALSO SENTIDO (FS) (-1,5) desconocimiento lingüístico (FSL) desconocimiento extralingüístico (FSEXT) SIN SENTIDO (SS) (-2,25) incomprensible (SSa) falta de claridad (SSb) ADICIÓN INNECESARIA (AD) (-0,75) SUPRESIÓN INNECESARIA (SUP) (-0,75) ALUSIONES EXTRALINGÜÍSTICAS NO (EXT) (-0,75) SOLUCIONADAS NO MISMO SENTIDO (NMS) (-0,75) matiz no reproducido, exageración/ reducción concreto/abstracto abstracto/concreto ambigüedad falta de precisión INADECUACIÓN DE VARIACIÓN (VL) (-0,75) LINGÜÍSTICA inadecuación de registro lingüístico formal/ informal (RL) inadecuación de estilo (IEST) inadecuación de dialecto social (IDS) inadecuación de registro geográfico (IRG) inadecuación de registro temporal (IRT) inadecuación de idiolecto (ID)

II. · · · -

INADECUACIONES QUE AFECTAN LA EXPRESIÓN EN LA LENGUA DE LLEGADA ORTOGRAFÍA Y PUNTUACIÓN (OP) (-3) GRAMÁTICA (morfología y sintaxis) errores gramaticales (GRa) (GR) (-3) usos no idiomáticos (abuso de la pasiva, de los pronombres personales y sujeto, etc.) (GRb)