Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2004 (09/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 9 de MORDAZA de 2004

Articulo 4º.- PLAZO Y FORMAS DE ACOGIMIENTO El acogimiento a lo dispuesto por la presente Ordenanza sera en el plazo y en las formas que se detallan a continuacion: 4.1. Plazo.- El plazo para acogerse al beneficio dispuesto por la presente Ordenanza vence el 28 de febrero de 2004. 4.2. Formas de acogimiento.- El acogimiento se producira mediante el pago al contado o en forma fraccionada. Articulo 5º.- BENEFICIOS POR EL PAGO AL CONTADO Los contribuyentes que realicen el pago al contado de su deuda gozaran de los beneficios que se detallan a continuacion: 5.1. Deuda no fraccionada por Impuesto Predial.BENEFICIOS POR EL ACOGIMIENTO REQUISITOS DESCUENTOS TRIBUTO A INTERES MORATORIO Y REAJUSTE PAGAR 100% Impuesto Predial por los periodos 1999 a 2003

Articulo 6º.- BENEFICIO POR EL PAGO FRACCIONADO Los contribuyentes que se acojan mediante el pago fraccionado gozaran de los beneficios que se detallan a continuacion: 6.1. Deuda por Impuesto Predial.BENEFICIOS POR EL ACOGIMIENTO REQUISITOS DESCUENTOS TRIBUTO A MONTO A INTERES MORATORIO Y PAGAR PAGAR REAJUSTE 50% y 100% segun corresponda Impuesto 100% del insoluto por Predial por los los anos 1999 a 2001 y periodos 1999 100% del insoluto mas a 2003 el 50% del interes moratorio y reajuste de los anos 2002 y 2003

MONTO A PAGAR 100% del insoluto

Para que el contribuyente goce de los beneficios indicados, sera requisito que cumpla con fraccionar el total de la deuda senalada en el cuadro precedente mas las costas y gastos de ser el caso. 6.2. Deuda por Arbitrios.BENEFICIOS POR EL ACOGIMIENTO DESCUENTOS INTERES MORATORIO CONDONACION DE Y REAJUSTE 100% Arbitrios por los periodos1999 a 2001 REQUISITOS TRIBUTO A MONTO A PAGAR PAGAR Arbitrios por los periodos 2002 y 2003 100% del insoluto

Para que el contribuyente goce de los beneficios indicados, sera requisito que cumpla con el pago del total de la deuda senalada en el cuadro precedente mas las costas y gastos de ser el caso. 5.2. Deuda no fraccionada por Arbitrios.BENEFICIOS POR EL ACOGIMIENTO DESCUENTOS INTERES MORATORIO CONDONACION DE Y REAJUSTE 100% Arbitrios por los periodos 1999 a 2002 REQUISITOS TRIBUTO A MONTO A PAGAR PAGAR Arbitrios por el periodo 2003 100% del insoluto

Para que el contribuyente goce de los beneficios indicados, sera requisito que cumpla con fraccionar el total de la deuda senalada en el cuadro precedente mas las costas y gastos de ser el caso. Articulo 7º.- PAGO FRACCIONADO Podra ser materia de fraccionamiento aquella deuda que no hubiera sido comprendida en un fraccionamiento anterior. Excepcionalmente, se podra fraccionar el saldo correspondiente a convenios suscritos con anterioridad a la presente Ordenanza, siempre que no se hubiere iniciado el procedimiento de cobranza coactiva. El acogimiento mediante el pago fraccionado se realizara en las condiciones y requisitos senalados a continuacion: 7.1. Condiciones: 7.1.1. Cuota inicial.- En todos los casos la cuota inicial sera fijada por la Division de Administracion Tributaria, Recaudacion y Control considerando el monto total de la deuda a fraccionar, no pudiendo ser menor en ningun caso a las cuotas restantes. 7.1.2. Fecha de vencimiento.- El plazo para el pago de las cuotas de fraccionamiento tendra como fecha de vencimiento el ultimo dia habil de cada mes. 7.1.3. Numero MORDAZA de cuotas.- El numero de cuotas a otorgar sera fijado por la Division de Administracion Tributaria, Recaudacion y Control considerando el monto total de la deuda a fraccionar. 7.1.4. Tasa de interes de fraccionamiento.- La tasa sera igual al 80% de la Tasa de Interes Moratorio (TIM) vigente a la fecha de aprobado el convenio. 7.2. Requisitos: 7.2.1. Pago de la cuota inicial.- Se requerira el pago de la cuota inicial en la fecha de aprobacion del convenio. 7.2.2. Perdida del fraccionamiento.- Ante el incumplimiento de dos cuotas consecutivas se declarara la perdida del fraccionamiento mediante Resolucion Directoral. Articulo 8º.- DESISTIMIENTO En caso se hubiere iniciado procedimientos contenciosos ante la Municipalidad respecto de la deuda mate-

Para que el contribuyente goce de los beneficios indicados, sera requisito que cumpla con el pago del total de la deuda senalada en el cuadro precedente mas las costas y gastos de ser el caso. 5.3. Deuda fraccionada por Impuesto Predial y/o Arbitrios Los contribuyentes que realicen el pago del integro de cada cuota vencida de su fraccionamiento gozaran de los siguientes beneficios:
BENEFICIOS POR EL ACOGIMIENTO REQUISITOS DESCUENTOS DEUDA A PAGAR MONTO A INTERES MORATORIO DE CUOTAS PAGAR 100% Convenios con 100% del insoluto cuotas Vencidas al de las cuotas 31/12/2003 vencidas

Para que el contribuyente goce de los beneficios indicados, sera requisito que cumpla con el pago del total de la deuda senalada en el cuadro precedente mas las costas y gastos de ser el caso. 5.4. Deuda por Multas Administrativas
BENEFICIOS POR EL ACOGIMIENTO REQUISITOS CONDONACION MULTA A MONTO A PAGAR PAGAR 70% del valor de la multa La impuesta por infrac- 30% de valor administrativa cion a disposiciones de la multa municipales al administrativa 31-12-2001

Para que el contribuyente goce de los beneficios indicados, sera requisito que cumpla con el pago del total de la deuda senalada en el cuadro precedente mas las costas y gastos de ser el caso.