Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2004 (09/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, viernes 9 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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marsopa MORDAZA (Phocoena spinipinnis), bufeo (Tursiops truncatus), MORDAZA comun (Dephinus delphis y D. Capensis), MORDAZA MORDAZA o bufeo colorado (Inia geofrensis) y bufeo negro (Sotalia fluviatilis). La lista de subpartidas nacionales referenciales de estos productos se indica en el Anexo Nº 10. 4.2.3 Las Ovas de "truchas arco iris" ( oncorhynchus mykiss), se sujeta a lo siguiente: Para la importacion, el especialista en aduanas u oficial en aduanas debe exigir la MORDAZA del certificado sanitario y de desinfeccion emitido por la autoridad oficial del MORDAZA de origen. 5.- MINISTERIO DE SALUD 5.1 Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas - DIGEMID El numero del documento de control que se remitira via teledespacho, conforme al numeral 6) del rubro VI Normas Generales podra ser: a) El numero de certificado del registro sanitario correspondiente emitido por la DIGEMID, en los casos que MORDAZA pertinentes segun se indica en los numerales subsiguientes. b) El numero del expediente de la recepcion de la solicitud de Registro presentado por la DIGEMID. Los productos farmaceuticos y galenicos, productos cosmeticos y similares, insumos, instrumental y equipo de uso medico-quirurgico u odontologico, productos sanitarios y productos de higiene personal y domestico, se sujetan a lo siguiente: 5.1.1 Para el ingreso de productos farmaceuticos, galenicos y terapeuticos naturales se debe presentar: a) Por el titular del Registro Sanitario: 1. Declaracion Jurada consignando lo siguiente: - Numero de Registro Sanitario o la fecha de MORDAZA de la solicitud para la obtencion de dicho registro. - Identificacion del embarque por lote de produccion y fecha de vencimiento del medicamento. 2. En el caso de los productos farmaceuticos derivados de la sangre, se debe presentar, ademas, el certificado analitico de negatividad de los virus de inmunodeficiencia humana y de hepatitis virales B y C por cada lote de fabricacion. b) Por el importador que no es titular del Registro Sanitario: 1. Cuando el producto importado tenga la misma formula o composicion que el producto registrado y proceda del mismo MORDAZA, laboratorio o empresa fabricante, debe presentar aunque no tenga identica denominacion o marca: - Certificado de Registro Sanitario de producto importado emitido por DIGEMID. - Certificado analitico de negatividad de los virus de inmunodeficiencia humana y hepatitis virales B y C, por cada lote de produccion, cuando se trate de productos farmaceuticos derivados de la sangre humana. 2. Cuando el producto importado tenga la misma formula de principios activos y forma farmaceutica, asi como misma dosificacion y acciones terapeuticas que el producto registrado y/o sea fabricado en un MORDAZA distinto y/o por empresa diferente a los autorizados en el Registro Sanitario, siempre que proceda de los Estados Unidos de MORDAZA, Canada, Japon, Reino Unido, Alemania, MORDAZA, Espana, Holanda, Suiza, Dinamarca, Suecia y

Noruega, aun cuando tenga diferente denominacion o MORDAZA, debe presentar: - Certificado de Registro Sanitario de producto importado emitido por DIGEMID. - Adicionalmente, cuando el MORDAZA de producto asi lo requiera, se presenta el certificado de analisis por cada lote de producto importado emitido por el organismo certificador del MORDAZA de origen, por el Centro Nacional de Control de Calidad o por un laboratorio acreditado en el Peru. - Certificado analitico de negatividad de los virus de inmunodeficiencia humana y de hepatitis virales B y C, por cada lote de produccion, cuando se trate de productos farmaceuticos derivados de la sangre humana. c) En caso que el producto importado proceda de MORDAZA distinto a los anteriormente mencionados, el importador debe solicitar el registro sanitario respectivo ante la DIGEMID y tramitar el despacho como titular del registro. d) La autoridad de salud de nivel nacional, puede autorizar provisionalmente el ingreso al MORDAZA de productos farmaceuticos galenicos y de recursos terapeuticos naturales no registrados; en consecuencia, se encuentra exonerada la MORDAZA del Registro Sanitario en los siguientes casos: 1. Importacion destinada al tratamiento individual de emergencia, con la sola MORDAZA por el interesado de la receta medica expedida por el medico tratante. 2. Importacion cuando fuesen indispensables para atender necesidades inmediatas de la poblacion en caso de emergencia declarada por la autoridad competente. 3. Importacion de medicamentos para fines exclusivos de investigacion, previa MORDAZA por el interesado del documento que acredite la opinion favorable emitida por el organo competente del Ministerio de Salud respecto del proyecto o protocolo de investigacion correspondiente. La lista de subpartidas nacionales referenciales de estos productos se indica en el Anexo Nº 11. 5.1.2 Productos cosmeticos y similares, insumos, instrumental y equipo de uso medico-quirurgico u odontologico, productos sanitarios y productos de higiene personal y domestico. Se debe presentar: a) Por el titular del Registro Sanitario: Declaracion Jurada consignando lo siguiente: - Numero de Registro Sanitario, o; - Fecha de MORDAZA de la solicitud de Registro Sanitario. En este caso, de acuerdo al numeral 6) del rubro VI: Normas Generales, como numero del documento de control se indica el numero del expediente de recepcion otorgado por la DIGEMID. b) Cuando el importador no es titular del Registro Sanitario: - Certificado de Registro Sanitario de producto importado emitido por la DIGEMID. La lista de subpartidas nacionales referenciales de estos productos se indica en el Anexo Nº 11. 5.1.3 Casos especiales: Ingreso al MORDAZA de determinado instrumental y equipo de uso medico, quirurgico u odontologico. a) Las Intendencias de Aduana de la Republica autorizan el ingreso al MORDAZA de instrumental y equipo de uso medico, quirurgico u odontologico que no cuente con Registro Sanitario en el Peru, siempre que MORDAZA de propiedad del profesional que retorna al MORDAZA y se trate de instrumentos de trabajo personal, debidamente acreditado.