Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2004 (09/07/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 9 de MORDAZA de 2004

el correcto funcionamiento de la red y la seguridad del usuario. Combustible liquido derivado de los hidrocarburos.Mezcla de hidrocarburos utilizados para generar energia por medio de combustion y que cumplen con las normas nacionales para dicho uso. Se encuentran los diversos tipos de gasolinas, queroseno, combustible para aviacion, combustible de uso MORDAZA (bunker), diesel y combustible residual. Control de mercancias restringidas.Es el control que se ejerce sobre aquellas mercancias que para su ingreso o salida del MORDAZA requieren del cumplimiento de requisitos establecidos en la legislacion pertinente, como pueden ser: autorizaciones, permisos, certificados, declaracion jurada. El ingreso o salida del MORDAZA, comprende las mercancias sometidas a cualquier regimen o destino aduanero. Convenio de Basilea.Convenio sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminacion, incorporado a nuestra legislacion mediante Resolucion Legislativa Nº 26234. Cuarentena.Confinamiento oficial de articulos reglamentados para observacion e investigacion o para inspeccion, prueba y/o tratamiento adicional. (SENASA) Cuarentena posentrada.Cuarentena aplicada a un articulo reglamentado despues de su ingreso al pais. Documento de control.Son las autorizaciones, certificados, permisos, resoluciones, declaracion jurada, constancias, licencias, u otros similares emitidos por las entidades de control, las cuales son exigibles para el ingreso o salida del MORDAZA de las mercancias restringidas. Se consignan en el anexo "B" de este procedimiento. Entidad de control.Es el ministerio, institucion, direccion, oficina o dependencia del Estado que por MORDAZA expresa recibe el encargado de controlar determinadas mercancias restringidas de acuerdo a su competencia funcional y tecnica. Se consignan en el anexo "A" de este procedimiento. Pueden existir documentos de control emitidas por entidades diferentes a las enunciadas en el parrafo anterior, consistentes en entidades oficiales o privadas, nacionales o extranjeras, habilitadas por MORDAZA nacional para pronunciarse sobre el ingreso o salida legal de las mercancias. Del mismo modo, por excepcion se considera como documento de control, las declaraciones juradas de los duenos o consignatarios de la mercancia permitida por una determinada MORDAZA nacional. Equipo repotenciado (IPEN).Equipo usado al cual se le han reemplazado partes con el proposito de extender su MORDAZA util. Fuente de radiaciones (IPEN).Cualquier fuente radiactiva, material nuclear, equipo de rayos X o equipo generador de radiaciones ionizantes. Fuente radiactiva (IPEN).Material que emite radiaciones espontaneamente. Homologacion (MTC).Es la comprobacion y verificacion de la compatibilidad del funcionamiento y operaciones de un equipo o aparato de telecomunicaciones, de acuerdo a normas tecnicas establecidas, entre las que se encuentran las Normas Tecnicas de la Union Internacional de Telecomunicaciones (UIT); con el fin de asegurar el adecuado cumplimiento a las especificaciones tecnicas a que de-

ben sujetarse para prevenir danos a las redes que se conecten, evitar interferencias a otros servicios de telecomunicaciones y garantizar las seguridades del usuario. Homologacion (MINCETUR).Es el resultado satisfactorio del examen realizado sobre las condiciones tecnicas, de seguridad, de fiscalizacion y de auditoria que deben contar los modelos de maquinas tragamonedas y las memorias de solo lectura de los programas de juego. El contenido de la resolucion que autorice la homologacion de un modelo de maquina tragamonedas debe indicar el codigo del modelo, nombre del fabricante y numero de registro de homologacion que le otorgue la DNT, y para la memoria de solo lectura debe indicar el codigo de identificacion de la memoria, el nombre y nacionalidad del fabricante y el numero del registro correspondiente. Informe de inspeccion y verificacion.Documento oficial debidamente MORDAZA y firmado por el inspector de cuarentena vegetal del SENASA, que autoriza el ingreso definitivo o bajo cuarentena posentrada o el MORDAZA internacional de plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados. Inspeccion fitosanitaria.Examen visual oficial del SENASA de plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados, para determinar si hay plagas y/o el cumplimiento de las reglamentaciones fitosanitarias. Inspector de cuarentena vegetal.Profesional designado o autorizado por el SENASA para cumplir y hacer cumplir, dentro del ambito de su competencia, las reglamentaciones fitosanitarias. Insumos, instrumental y equipo de uso medicoquirurgico u odontologico.Se clasifican de acuerdo a las siguientes especialidades: 1. Anestesiologia 2. Cardiologia y angiologia 3. Otorrinolaringologia 4. Gastroenterologia 5. Urologia 6. Cirugia general 7. Neurologia 8. Ginecologia y obstetricia 9. Oftalmologia 10. Traumatologia y Ortopedia 11. Medicina Fisica 12. Radiologia 13. Odontologia 14. Reactivo para diagnosticos clinicos El concepto insumo esta referido al material de uso medico, quirurgico, u odontologico y no a la materia prima utilizada para la elaboracion de productos medicos o cosmeticos. La relacion de insumos, instrumental y equipo de uso medico quirurgico u odontologico es aprobada por la DIGEMID, pudiendo establecerse productos de este MORDAZA que no requieren registro, los cuales estan publicados en su pagina web: www.minsa.gob.pe/infodigemid/. Ingrediente activo.La parte biologicamente activa de un medicamento o de una formulacion de plaguicida. Ingrediente activo grado tecnico.Es aquel que contiene los elementos quimicos y sus compuestos naturales o manufacturados, incluida las impurezas y compuestos relacionados que resultan inevitablemente del MORDAZA de fabricacion. Material nuclear (IPEN).Uranio natural y sus isotopos radiactivos; plutonio 239; torio natural y sus isotopos radiactivos.