Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2004 (09/07/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 9 de MORDAZA de 2004 RECTIFICACION SUMARIO DE LA EDICION DEL 1 DE MORDAZA DE 2004

Articulo 8º.- Cooperacion Internacional Autorizase a la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional, al Ministerio de Relaciones Exteriores y al Banco de Materiales S.A.C. a gestionar ante las agencias de cooperacion internacional y gobiernos u organismos cooperantes, donaciones o aportaciones no reembolsables, con la finalidad de constituir un fondo destinado a cancelar las deudas de prestatarios damnificados por desastres naturales, desplazados por terrorismo o actos vandalicos, o que se encuentren en situacion de extrema pobreza, lo que debera estar debidamente acreditado por el Banco de Materiales S.A.C. Dicho fondo sera administrado por el Banco de Materiales S.A.C., quien establecera las condiciones y requisitos para acogerse a los beneficios establecidos en el presente articulo, quedando autorizado para establecer convenios con instituciones u organizaciones para cumplir los fines de acreditacion. El Banco de Materiales S.A.C. debera considerar como uno de los requisitos mencionados en el parrafo anterior, que el prestatario habite en la vivienda que origino el credito y que, adicionalmente, esta vivienda tenga como condicion el ser la unica propiedad inmobiliaria del prestatario y de su conyuge o conviviente. Articulo 9º.- De la reestructuracion de deudas a damnificados En el caso de la reestructuracion de la deuda sobre prestamos otorgados a damnificados por desastres naturales, se respetara los beneficios otorgados en los contratos respectivos. Articulo 10º.- Plazo de acogimiento Los beneficiarios podran acogerse a los beneficios de la presente Ley dentro del plazo de ciento veinte (120) dias posteriores a la publicacion de su Reglamento. Articulo 11º.- Reglamentacion Mediante decreto supremo, refrendado por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento se reglamentara la presente Ley dentro del plazo de treinta (30) dias a partir de la vigencia de la presente Ley. Articulo 12º.- Derogatoria Deroganse o dejanse sin efecto las disposiciones legales que se opongan a la presente Ley. Articulo 13º.- Vigencia La presente Ley entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de junio de dos mil cuatro. MORDAZA PEASE MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los ocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 12855

La sumilla que aparece en el Sumario de la edicion del 1 de MORDAZA de 2004, correspondiente a la Ley Nº 28261, presenta errores tipograficos, por lo que se rectifica en los siguientes terminos: "Ley que declara de necesidad y utilidad publica la recuperacion del Complejo Arqueologico de Chan Chan" 12781

PODER EJECUTIVO PCM
Designan agente encargado de coordinar aspectos de seguridad para participacion de delegacion oficial en la XV Reunion Ordinaria del Consejo Presidencial MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 235-2004-PCM

MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Ecuador, se llevara a cabo el dia 12 de MORDAZA la XV Reunion Ordinaria del Consejo Presidencial Andino; Que es necesario el envio de una mision de avanzada con la finalidad de coordinar los aspectos de seguridad para la participacion de la Delegacion Oficial del Peru en dicho evento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28128, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo Nº 007-2002-PCM; y, SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al Cmdte. PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como agente encargado de seguridad que debera coordinar los aspectos de seguridad para la participacion de la Delegacion Oficial del Peru en la XV Reunion Ordinaria del Consejo Presidencial MORDAZA, que tendra lugar en la MORDAZA de MORDAZA, Ecuador. El mencionado Oficial debera viajar el dia 9 de MORDAZA y permanecer hasta el dia 12 de MORDAZA del presente ano. Articulo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion, por concepto de pasajes, viaticos y uso de aeropuerto, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Despacho Presidencial, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino de la referida comision, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes - Viaticos - Uso de aeropuerto US$ 272,51 US$ 200 por dia US$ 28,24

Articulo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolucion Suprema no da derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 12856