Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2020 (04/10/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

Domingo 4 de octubre de 2020 /

El Peruano

EGRESOS SOLES Sector : 10 Educación Pliego : 549 Universidad Nacional de Barranca Unidad : 001374 Universidad Nacional de Barranca Ejecutora Fuente de Financiamiento y Rubro Fuente de Fto. : 1 Recursos Ordinarios Rubro : 00 Recursos Ordinarios Cat. : 9002 ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO Presupuestal RESULTAN EN PRODUCTO Producto : 3999999 SIN PRODUCTO : 5006269 PREVENCIÓN, CONTROL, DIAGNOSTICO Y Actividad TRATAMIENTO DEL CORONAVIRUS Categoría de : 5 Gasto de Corriente Gasto Tipo de : 2 Gastos Presupuestales Transacción Genérica de : 4 Donaciones y Transferencias 13 680.00 Gasto TOTAL EGRESOS 13 680.00

15 de noviembre del 2018, en su sede institucional, se aprobó la siguiente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y administrativa, y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales. Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, el artículo 38 de la precitada Ley, establece que "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia". Que, mediante Ordenanza Regional Nº 06-2016RMD/CR, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA-2016), de la Sede Central del Gobierno Regional de Madre de Dios. Que, estando a lo expuesto en el Informe Nº 028-2018-GOREMAD-GRPPYAT-SGDIEI/HCG, aclarado con Informe Nº 033-2018- GOREMAD-GRPPYAT-SGDIEI/HCG, de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informática es necesario hacer una nueva modificación del TUPA de la Sede Central del GOREMAD en los procedimientos administrativos signados con los números 1 al 4, 6 al 10, 16, 19 al 23, 25 al 27, 30 al 37, 39 y 40, haciendo un total de 28 procedimientos del TUPA 2016, en aplicación de lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 1246, cuyo artículo 5 establece la prohibición de exigir a los usuarios o administrados copia de su Documento Nacional de Identidad, entre otros, y del Decreto Legislativo Nº 1272, en cuanto modifica el artículo 40 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, referido a la obligación de solicitar constancia de pago efectuado ante la misma entidad, siendo suficiente señalar por escrito el día del pago y el número de la constancia de pago. Asimismo se adiciona un procedimiento administrativo, signado con el número 41, denominado: Regularización Administrativa de Escrituras Públicas o Actas Protocolares Notariales, en base a la Directiva Nº 006-2008-AGN/DNDAAI, Proceso de Regularización Administrativa de Escrituras Públicas Irregulares que se conservan en al AGN y Archivos Regionales, aprobada mediante Resolución Jefatural Nº 483-2008-AGN/J. Que, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del GOREMAD, luego de efectuar un análisis administrativo y normativo a la propuesta de modificación del TUPA de la Sede Central, mediante Informe Nº 317-2018-GOREMADGRPPYAT, concluye que se ajusta a las disposiciones sobre simplificación administrativa contenidas en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS y el Decreto Legislativo Nº 1246, y utiliza los formatos de T.U.O. normados por el Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM, el formato de "sustento legal y técnico", y un cuadro "presentando los procedimientos a modificar, adicionar y sus razones"; por lo que recomienda la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos 2018 (TUPA-2018) de la Sede Central del Gobierno Regional de Madre de Dios, que consta de cuarentiún (41) procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, mediante Ordenanza Regional y previa opinión y visado de las Oficinas Regionales de Administración y Asesoría Jurídica. Que, la propuesta cuenta con opinión favorable de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Madre de Dios, expresada mediante Informe Legal Nº 675-2018-GOREMAD/ORAJ, que reproduciendo las razones expuestas en los informes técnicos, precisa igualmente que se mantienen los costos pese a la actualización del valor de la UIT para el año 2018, inclusive los fijados por el Archivo Regional para otros trámites administrativos, apreciando también el cumplimiento de los lineamientos establecidos para la elaboración y aprobación del TUPA establecidos por el

Artículo 3.- LIMITACIÓN DEL USO DE LOS RECURSOS Los recursos de la Transferencia Financiera a que hace referencia el artículo precedente no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- TRANSFERENCIA, MONITOREO Y SEGUIMIENTO La Oficina de Administración, en el ámbito de sus competencias, es responsable de efectivizar la transferencia y realizar el monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para los cuales se realiza la presente Transferencia Financiera. Artículo 5.- PUBLICACIÓN Y DIFUSIÓN Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y disponer su publicación en la página web y el Portal de Transparencia de la Universidad Nacional de Barranca, remitiéndose copia de esta Resolución al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a la Presidencia, Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación, y dependencias correspondientes, para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y cúmplase. INÉS MIRIAM GÁRATE CAMACHO Presidenta de la Comisión Organizadora ABIDAN TIPO YANAPA Secretario General 1889889-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS
Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad por el GOREMAD (TUPA 2018) de la Sede Central del Gobierno Regional de Madre de Dios
(Se publica la presente Ordenanza Regional a solicitud del Gobierno Regional de Madre de Dios, mediante Oficio N° 476-2O2O-GOREMAD/GR, recibido el 2 de octubre de 2020) ORDENANZA REGIONAL Nº 012-2018-RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria efectuada el día jueves